Resolución 02903 del 23 de junio del 2017“Reglamento para el uso de la fuerza y empleo de armas, municiones, elementos y dispositivo menos letales por la Policía Nacional".por Juan Montoya
1. Uso de la fuerza
1.1. Es el medio material,legal,necesario,proporcional y racional,empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad de conformidad con la ley y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza.
2. Uso de la fuerza Reactiva
2.1. Fuerza física, tácticas defensivas armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales y armas de fuego.
3. Niveles de Resistencia
3.1. Resistencia Pasiva
3.2. Resistencia Activa
4. Principios Para el Uso de la Fuerza
4.1. Principio de Necesidad
4.2. Principio de Legalidad
4.3. Principio de Proporcionalidad
4.4. Principio de Racionalidad
5. Finalidad
5.1. Determinar los criterios y las normas que orientan el uso de la fuerza y el empleo de armas,municiones,elementos y dispositivos menos letales,por parte de la Policía Nacional, en la prestación del servicio de policía.
6. Armas,municiones,elementos y dispositivos menos letales
6.1. Son medios de apoyo de carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia, con el objetivo de hacer un uso diferenciado de la fuerza, neutralizando o disuadiendo la amenaza, y de esta manera evitando desplegar fuerza letal.
7. Uso de la fuerza preventiva
7.1. Presencia Policial
7.2. Comunicación y Disuasión
8. Clasificación de las armas, municiones, dispositivos y armas menos letales.
8.1. Mecánicas y Cinéticas
8.2. Acústicas y Lumínicas
8.3. Dispositivos de control eléctrico y auxiliares