Regímenes de Exportación

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Regímenes de Exportación por Mind Map: Regímenes de Exportación

1. Es la salida de mercancías del TAN con destino a otro país. También se considera exportación, además de las operaciones expresamente consagradas como tales en este decreto, la salida de mercancías a una Zona Franca, en los términos previstos en el presente decreto.

2. Exportación definitiva;

2.1. Salida de la mercancía nacional o nacionalizada del TAN, para uso o consumo definitivo en otro país. También se considera exportación definitiva, la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas desde el resto del territorio aduanero nacional a una zona franca en los términos previstos en este decreto.

3. Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo;

3.1. Permite exportar temporalmente mercancía de libre circulación en el TAN para ser sometidas en el extranjero o zonas francas industriales a una transformación, elaboración o reparación y reimportadas con el pago de tributos aduaneros sobre el valor agregado.

4. Exportación temporal para reimportación en el mismo estado;

4.1. La salida temporal del TAM de mercancías nacionales o nacionalizadas con el fin de reimportarlas en un plazo determinado sin haber sufrido ninguna transformación.

5. Reembarque;

5.1. Es la modalidad de exportación que regula la salida efectiva del Territorio Aduanero Nacional de mercancías procedentes del exterior, que se encuentran en lugar de arribo, en almacenamiento en un depósito habilitado, en un depósito franco o en centros de distribución logística internacional, que no han sido sometidas a una modalidad de importación, ni han quedado en abandono.

6. Exportación de muestras sin valor comercial;

6.1. Para efectos del régimen de exportación se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) mediante resolución.

7. No se considera exportación: La salida del territorio aduanero nacional de las reservas internacionales, conformadas por divisas convertibles y oro (esto es efectuado por el banco de la república)

8. Reexportación;

8.1. Es la modalidad de exportación que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional, de mercancías que estuvieron sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación y/o ensamble.

9. Exportación por tráfico postal y envíos urgentes;

9.1. Es una modalidad de exportación mediante el cual regula la salida de envíos de correspondencia, paquetes postales y envíos urgentes.

10. Exportaciones temporales realizadas por viajeros;

10.1. : Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos. No estarán comprendidos en esta modalidad y no serán objeto de declaración, los efectos personales que lleven consigo los viajeros que salgan del territorio aduanero nacional.

11. Exportación de menajes y,

11.1. Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país, que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior. Para tal efecto, deberán realizar el trámite de una solicitud de autorización de embarque y la declaración correspondiente, en la forma prevista en este Decreto para la exportación definitiva, como embarque único con datos definitivos.

12. Programas Especiales de Exportación.

12.1. Es la operación que permite que un residente del exterior compre materias primas, insumos, bienes intermedios, materiales de empaque y envase, a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el TAN. Quien se obliga a laborar y exportar el bien manufacturado a partir de dichas materias primas, insumos, bienes intermedios, materiales de empaque y envase. Según las instrucciones que recibe del comprador externo.