El Código Internacional de Ética para Profesionales de la Salud Ocupacional

Medicina Laboral Código ético

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
El Código Internacional de Ética para Profesionales de la Salud Ocupacional por Mind Map: El Código Internacional de Ética para Profesionales de la Salud Ocupacional

1. Condiciones para el desempeño de las funciones

1.1. Competencia, integridad e imparcialdiad

1.1.1. Los profesionales de la salud ocupacional deben actuar siempre en defensa de la salud y seguridad de los trabajadores, deben basar sus juicios en los concomimientos científicos y solicitar asesorías a expertos cuando sea necesario.

1.1.1.1. Pienso que tomar en cuenta la asesoría de personas más experimentadas es un gran punto, por que a pesar de la experiencia muchas veces nos topamos con cosas nuevas y al no estar actualizados no se brindan las medidas necesarias para la prevención de posibles accidentes.

1.2. Independencia profesional

1.2.1. Los profesionales de la salud ocupacional deben tener plena independencia profesional, no deben permitir que sus juicios y declaraciones se vean influenciadas por conflictos de intereses.

1.2.1.1. El no ser influenciable es una cualidad muy importante para los profesionales de la salud ocupacional ya que pueden llegar a poner en riesgo las vidas de los trabajadores o empleadores. Por lo que es indispensable siempre basarse en los hechos y su independencia profesional.

1.3. Registros

1.3.1. Los profesionales de la salud ocupacional deben mantener buenos registros con el nivel adecuado de confidencialidad, deben contener información sobre la vigilancia del ambiente, datos personales, información sobre la salud ocupacional del trabajador, los trabajadores pueden tener acceso a la vigilancia del ambiente y sus propios registros de salud.

1.3.1.1. Al tener registros del ambiente, datos personales o información de la salud ocupacional de un empleado, podemos verificar a lo largo del tiempo como ha estado la salud de la persona y si es el ambiente laboral que le pudo ocasionar algún perjuicio a su salud.

1.3.1.2. Además de esto, la confidencialidad con cada expediente es necesaria, y es de gran ayuda que los empleados tengan acceso a los registros de vigilancia del ambiente por que ayuda a hacer a la empresa más transparente.

1.4. Clausula ética en los contratos de empleo

1.4.1. Los profesionales de la salud ocupacional deben solicitar la inclusión de una clausula ética en sus contratos de trabajado. Esta debe contemplar el derecho de los especialistas de la salud ocupacional a pilcar espantares, guías y códigos éticos.

1.4.1.1. Esto es muy importante ya que al limitar la ética profesional se puede perjudicial a los trabajadores de la empresa y al mismo tiempo tener conflicto con los patronos.

1.5. Equidad, no discriminación y comunicación

1.5.1. Los profesionales de la salud ocupacional deben establecer una ralación de confianza, credibilidad y equidad con las personas, todos los trabajadores deben ser tratados con equidad, sin discriminación.

1.5.1.1. Si un trabajador no se siente seguro con un medico ocupacional esto limita la comunicación y puede perjudicar la salud del mismo, por esta razón es importante brindar un ambiente seguro sin ningún tipo de discriminación y estar dispuesto a tener una conversación abierta sin prejuicio hacia la persona.

2. Lisbeth Karina Bautista C

3. Principios básicos

3.1. La salud ocupacional tiene como proposito servir a la salud y el bienestar social de los trabajadores en forma tanto individual como colectiva.

3.2. Los profesionales de la salud ocupacional tienen como deberes la protección de la vida y la salud de los trabajadores, respeto a la dignidad humana y la promoción de los mas elevados principios éticos en las políticas y programas de salud ocupacional.

3.2.1. Obligaciones - integridad en la conducta profesional, imparcialidad y protección de datos de salud y privacidad de los trabajadores.

3.3. Los profesionales de salud ocupacional deben gozar de plena independencia profesional en el ejercicio de sus funciones, es necesario que adquieran y mantengan las competencias necesarias para ejercer sus obligaciones y exigir las condiciones que les permitan llevar a cabo sus tareas, de acuerdo a la buena practica y ética profesional

4. Deberes y obligaciones

4.1. Contribución al conocimiento científico

4.1.1. Me llamo la atención por que este deber dicta que que aquellos profesionales de la salud ocupacional que se dediquen a la investigación deben tener en cuenta que todas sus investigaciones deben tener una base científica solida, siguiendo los principios éticos.

4.1.1.1. Me resulta interesante que en la medicina ocupacional se realicen investigaciones.

4.2. Conocimiento y experiencia

4.2.1. Este deber se basa en que los profesionales de la salud ocupacional deben de permanecer familiarizados con el trabajo y el ambiente del mismo, mantenerse informado de los peligros, ocupaciones y formas eficaces de eliminar o reducir los riesgos.

4.2.1.1. Esto es importante ya que dependiendo el área de trabajo que se este manejando abran diferentes riesgos para los trabajadores, al estar familiarizado con el ambiente de trabajo un medico puede tomar mejores decisiones y establecer medidas y tomar acción para la reducción de los mismos.

4.3. Desarrollo de una política y un programa

4.3.1. La evaluación de los riesgos ocupacionales debe conducir, al establecimiento de una política de salud y seguridad en el trabajo y a un programa de prevención adaptado a las necesidades de la empresa. Este debe ser construido con base a conocimiento científico y técnico actualizado, y con su propia experiencia y conocimiento.

4.3.1.1. Una buena valoracion de los riesgos que pueden haber en una empresa pueden llegar a reducir ampliamente los axidentes, al desarrollar politicas y programas con el objetivo de educar al personal y a los patrones sobre como reducir aquellos factores que pueden afectar su salud, se puede hacer una gran diferencia.

4.4. Secretos de fabrica

4.4.1. Los profesionales de la salud ocupacional están obligados a no revelar los secretos industriales o comerciales que hayan conocido en el ejercicio de su profesión, sin embargo no pueden ocultar la información que sea necesario revelar a fin de proteger la salud y seguridad de los trabajadores y comunidad.

4.4.1.1. Me llamo la atención saber que aunque los profesionales están obligados a guardar los secretos industriales y comerciales, no lo están con los secretos que involucren la salud ya que es un tema muy delicado, y siempre se puede consultar con las autoridades encargadas de la aplicación de la legislación

4.5. Informar sobre seguridad y salud

4.5.1. Los profesionales de la salud ocupacional deben informar a los trabajadores sobre los riesgos ocupacionales a los que están expuesto de manera objetiva y comprensible, sin ocultar ningún hecho y destacar las medidas de prevención.

4.5.1.1. Es de suma importancia que las empresas sean honestas con los riesgos de salud que pueden tener las personas al laborar en ella, no es ético que se mantengan en secreto situaciones así y también es indispensable que pueda brindárseles educación y programas para reducir esos riesgos al mínimo.