Clasificación por tipo de gasto
por Mizra Estrada
1. Primero
1.1. Transacciones publicas
1.2. generan gastos de la clasificación económica
2. Categorías
2.1. Gasto corriente
2.1.1. Gastos de consumo o operación
2.1.1.1. Arrendamiento de la propiedad
2.1.1.2. transferencias otorgadas para financiar gastos
2.2. Gasto de capital
2.2.1. gastos destinados a la inversión de capital
2.2.2. financiar gastos de éstos con tal propósito.
2.3. Amortización de deuda y disminución de pasivos
2.3.1. amortización de la deuda adquirida
2.3.2. disminución de pasivos sector privado, público y externo.
2.4. Pensiones y jubilaciones
2.4.1. gastos destinados para el pago a pensionistas y jubilados o a sus familiares
2.4.2. cubren los gobiernos Federal, Estatal y Municipal, o el Instituto de Seguridad Social
2.5. Participaciones
2.5.1. gastos destinados a cubrir las participaciones para las entidades federativas y/o los municipios
3. Segundo
3.1. los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y entidades federativas; las entidades y los órganos autónomos
3.2. adoptar e implementar obligatoriamente el Acuerdo que se emite el Clasificador por Tipo de Gasto a más tardar, el 31 de diciembre de 2010
4. Tercero
4.1. Autoridades y la forma en que las entidades paraestatales y paramunicipales atendiendo a su naturaleza se ajustarán al mismo.
5. Decimo
5.1. artículo 7, segundo párrafo de la Ley de Contabilidad
5.2. Clasificador por Tipo de Gasto publicado en el Diario Oficial de la Federación
5.3. medios oficiales de difusión escritos y electrónicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
6. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del inicio del ejercicio fiscal de 2016.
7. Cuarto
7.1. cumplimiento con los artículos 7 y quinto transitorio de la Ley de Contabilidad
7.2. ayuntamientos de los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal
7.3. adoptar e implementar obligatoriamente el Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Tipo de Gasto a más tardar, el 31 de diciembre de 2010.
8. Quinto
8.1. Presupuesto de Egresos de los Entes Públicos, Que se apruebe para el ejercicio de 2011
9. Sexto
9.1. conformidad con los artículos 1 y 7 de la Ley de Contabilidad
9.2. gobiernos de las entidades federativas deberán adoptar e implementar las decisiones del CONAC.
9.3. eventual modificación o formulación de leyes o disposiciones administrativas de carácter local, según sea el caso.
10. Séptimo
10.1. artículo 1 de la Ley de Contabilidad
10.2. coordinarse con los gobiernos municipales para que logren contar con un marco contable armonizado
10.3. a través del intercambio de información y experiencias entre ambos órdenes de gobierno.
11. Octavo
11.1. artículos 7 y 15 de la Ley de Contabilidad, el Secretario Técnico
11.2. registro público en una página de Internet de los actos que Los gobiernos de las entidades federativas
11.3. realicen para la adopción e implementación del presente acuerdo.
12. Noveno
12.1. términos del artículo 15 de la Ley de Contabilidad
12.2. entidades federativas y municipios sólo podrán inscribir sus obligaciones en el Registro de Obligaciones y Empréstitos