1. ELEMENTO COMANDO
1.1. Comandante
1.1.1. * Impartir la O.A.T./O.O.P. a ejecutar el Control Militar. * Responsable de realizar ensayos previos a la ejecución del Control Militar. * Organizar los elementos que conforman el control, designando personal para cada función. * Seleccionar el lugar donde se va a realizar el control, de acuerdo al sector asignado por el escalón superior en la Orden de Operaciones. * Supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad a ser empleadas antes, durante y después, el retiro y entrega del armamento, material y equipo necesario para la ejecución del Control Militar, el funcionamiento correcto y las condiciones de los vehículos, equipos de comunicación asignados para la ejecución del Control Militar. * Mantener el control de todos los miembros del Equipo de Control Militar. * Las novedades al escalón superior, para la evaluación y toma de acciones correctivas. * Previo al cumplimiento de la operación militar, tomará contacto y realizará coordinaciones con los responsables del Centro o Sub centro del Control de Armas de la jurisdicción. * Elaborar el respectivo Informe de Cumplimiento de la Operación
1.2. Radio operador
1.2.1. * Materializar el enlace con el escalón superior y demás elementos del control militar. * Preparar todo el material de comunicaciones necesario. * Proporcionar la seguridad inmediata al comandante. * Establecer comunicación con el Centro o Sub-centro de Control de Armas para verificar la legalidad del armamento, munición, explosivos y/o accesorios encontrados durante los controles.
2. CAMARÓGRAFO
2.1. * Generar un archivo fotográfico y video de todas las actividades que se desarrollan en el Control Militar. * Realizar tomas de video especialmente en caso de presentarse un delito flagrante, de tal manera que puedan servir de prueba para la judicialización de los casos. * Prever el funcionamiento constante de la cámara (portar baterías extras y cargadas). * Colaborar con el Comandante / Jefe del Control Militar en la elaboración del informe al final de la operación.
3. RECOPILADOR DE DATOS
3.1. * Disponer de la documentación (recibos de decomiso) legal emitida por el Departamento de Control de Armas para las acciones pertinentes. * Cotejar los datos de personas, vehículos y armamento que sean necesarias con el Centro o subcentro de Control de Armas de la jurisdicción. * Elaborar la documentación respectiva en el caso de que se produzcan decomisos (armas, municiones, explosivos o accesorios) o aprehensiones (personas sospechosas o en delito flagrante). * Encargado de mantener actualizado y al alcance los números de contacto de las instituciones del Estado, a fin de solicitar la presencia de las autoridades competentes según sea el caso. * Colaborar con el Comandante / Jefe del Control Militar en la elaboración del informe de la operación.
4. LA FUERZA DE REACCIÓN
4.1. La Fuerza de Reacción deberá estar prevista y reforzará al Equipo de Control Militar en caso de ser necesario.
5. CONTENCIÓN
5.1. Contención 1
5.1.1. Colocar el obstáculo de contención (pincha-llantas o “miguelitos”) debajo de las llantas delanteras de cada vehículo que ingrese al control.
5.2. Contención 2
5.2.1. Activar el obstáculo de contención (pincha-llantas o “miguelitos”) a la salida del punto de control, para efectos de no permitir la evasión del vehículo.
6. ELEMENTO DE REGULACIÓN DE TRÁFICO
6.1. Regulador de tráfico n° 1. Regulador de tráfico n° 2. (opcional
6.1.1. • Regulador de Tráfico * Instalar y retirar la señalética de tránsito (preventiva) a ser empleada en el control. * Regular y dirigir el tránsito vehicular o peatonal al punto de registro.
6.2. Puntillero n° 1. Puntillero n° 2
6.2.1. • Puntillero n° 1. * Instalar y retirar la señalética de información al acceso del control. * Previa coordinación con el Comandante / Jefe del Control Militar, selecciona los vehículos a ser registrados. * Advierte a los vehículos próximos al control militar, con señales de transito observando las medidas de seguridad y se disminuya la velocidad ante la presencia del personal militar a fin de evitar accidentes. • Puntillero n° 2. * Regular el tránsito peatonal o vehicular de la salida del punto de registro. * Retirar la señalética de tránsito (preventiva). * En un control vehicular será el responsable de integrar el vehículo registrado al flujo normal.
7. ELEMENTO DE REGISTRO Y CACHEO
7.1. Registro n° 1.
7.1.1. Retirar el equipo especial a ser empleado en el control (mascarilla, guantes de látex, esposas, cámara de casco, linternas, espejos cóncavos pequeños, entre otros).)
7.2. Registro n° 2.
7.2.1. Retirar el equipo especial a ser empleado en el control (mascarilla, guantes de látex, esposas, cámara de casco, linternas, espejos cóncavos pequeños, entre otros).
7.3. Registro n° 3 personal femenino (obligatorio personal profesional).
7.3.1. Será realizado por personal profesional militar femenino.
7.4. Registro n° 4 carga y/o equipaje.
7.4.1. A más del equipo que lleva el personal de Registro n° 1 y n° 2 llevará el siguiente material: * Varilla metálica de 2 metros para la verificación de carga en vehículos de transporte pesado. * Fundas plásticas industriales. * Cinta adhesiva
7.5. Apoyo técnico (espejo cóncavo – detector de metales) (opcional).
7.5.1. * Portar el equipo especial a ser empleado en el control (espejo cóncavo). * Realizará la inspección en la parte inferior y superior del vehículo empleando el espejo cóncavo.
7.6. Guía canino (opcional)
7.6.1. * Portar el equipo especial a ser empleado en el control. * Verificar el buen estado de salud del can. * Será el encargado del registro de lugares de difícil acceso para detectar explosivos. * Será el responsable de preveer los alimentos, bebidas y cuidados adecuados para el can.
8. SEGURIDAD
8.1. Seguridad 1
8.1.1. Proporcionar seguridad inmediata al Registro n° 1 cuando se encuentre cumpliendo las tareas asignadas. Proporcionar seguridad inmediata a las personas aprehendidas en el control.
8.2. Seguridad 2
8.2.1. Proporcionar seguridad inmediata al Registro n° 2 en el cumplimiento de las tareas asignadas. Proporcionar seguridad inmediata al Registro n° 1 cuando el Seguridad No.1 se encuentre custodiando a las personas aprehendidas en el control.
8.3. Seguridad 3
8.3.1. Proporcionar seguridad inmediata al Registro n° 3 del personal femenino cuando se encuentre cumplimiento las tareas asignadas.
8.4. Seguridad 4
8.4.1. Proporcionar seguridad inmediata al Registro de la carga y/o equipaje cuando se encuentre cumplimiento las tareas asignadas. Custodiar la carga y/o equipaje que sea clasificado como sospechosa y proporcionar seguridad inmediata a la cadena de custodia.
8.5. Seguridad Perimetral
8.5.1. Los miembros del elemento de Seguridad Perimetral serán los primeros en desembarcar del vehículo asegurar el área y adoptar el dispositivo. Ocuparán lugares dominantes y serán los responsables de proporcionar la seguridad externa a los miembros del Control Militar. Son los primeros en adoptar el dispositivo y los últimos en salir del mismo. Deberán permanecer en contacto permanente con el Comandante del Control.