Reglas complementarias de la LIGIE

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Reglas complementarias de la LIGIE por Mind Map: Reglas complementarias de la LIGIE

1. Son disposiciones publicadas por la SHyCP y la SE en conjunto, con la finalidad de clarificar algunos puntos en materia de clasificación arancelaria, así como otorgar ciertos beneficios en la materia.

1.1. La LIGIE esta compuesta por dos articulos

1.1.1. Articulo 1ero. Contiene la Tarifa, esta nomenclatura es la clasificación de todas las mercancías según su composición o función, dentro de ella se deberá clasificar en el lugar correspondiente a la mercancía, así como sustentarse legalmente.

1.1.1.1. La TIGIE está compuesta por los seis niveles de desagregación utilizados en el sistema armonizado: sección, capítulo, partida, subpartida, fracción arancelaria y NICO, que es una implementacion de un quinto par de dígitos adicionado a los ocho dígitos que componen actualmente una fracción arancelaria en la LIGIE.

1.1.2. Articulo 2do. Contiene las reglas generales y las complementarias para una mayor interpretación de la tarifa

1.1.2.1. Reglas generales

1.1.2.1.1. Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes

1.1.2.1.2. Regla 4. Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.

1.1.2.2. Reglas complementarias

1.1.2.2.1. Regla 1ª – Indica que las reglas generales son válidas para determinar la fracción y conformar la clasificación a 8 dígitos, excepto para la Sección 22 que sólo existe en la LIGIE.

1.1.2.2.2. Regla 5ª – Da a conocer las abreviaturas utilizadas en la LIGIE, las cuales corresponden a unidades de medida y siglas diversas.

1.1.2.2.3. Regla 9ª – Establece que en caso de duda la SHyCP puede solicitar al interesado se aclare la clasificación arancelaria de un producto, otorgándole al mismo 15 días naturales para defender la clasificación que presentó.