MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANApor Lina Esquivia
1. Son las herramientas que permiten e incentivan la participación de los colombianos en las decisiones colectivas de la nación.
2. Estos mecanismos fueron establecidos en la Constitución de 1991, para incentivar la movilización de la población colombiana.
3. La constitución establece desde el Art. 1 que Colombia es una República Democrática y Participativa, por lo cual, está asumido el reto y el compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios de la vida social.
4. El objetivo de estos mecanismos es el de brindar garantías y beneficios para que la ciudadanía pueda incidir en cambios en las ramas del poder público (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)
5. La Ley 134 de 1994, reglamenta los mecanismos de participación ciudadana.
6. Los mecanismos de participación ciudadana son los siguientes:
7. El Voto
7.1. Herramienta mediante la cual los ciudadanos eligen a las personas que los representarán en las instituciones del gobierno.
8. El Plebiscito
8.1. Herramienta utilizada por el Presidente de la República para refrendar una opinión la opinión del pueblo.
9. El Referendo
9.1. Herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la aprobación o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurídica vigente.
10. La Consulta Popular
10.1. Herramienta en la cual se plantea una pregunta general sobre un asunto del gobierno, para que los ciudadanos se pronuncien al respecto.
11. La Revocatoria del Mandato
11.1. Es un derecho político mediante el cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
12. El legislador debe buscar los principios de las leyes en el conocimiento de las necesidades y de las relaciones naturales de los hombres en sociedad porque en el estudio de la naturaleza política es donde existen. La administración pública debe ser aquel gobierno de la comunidad tan favorable para el ciudadano y para la libertad.
13. Se establecerán como principios fundamentales de la Administración Pública: 1. Que la administración nació con la asociación o comunidad. 2. Que la conservación de esta es el principio de la Administración. 3. Que la administración es el gobierno de la comunidad. 4. Que la acción social es su carácter, y su atribución la ejecución de las leyes de interés general.
14. El Cabildo Abierto
14.1. Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las JAL, con el objetivo de que los habitantes puedan participar directamente en la discusión de asuntos de interés para las comunidades.
15. La Iniciativa Popular
15.1. Es el derecho político de grupos ciudadanos de presentar proyectos de ley y actos legislativos ante el Congreso de la República.
16. La Tutela
16.1. Mecanismo creado en el Art. 86 de la Constitución Política de 1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales.
17. De acuerdo a Bonnin en su Artículo "Principios de la Administración se hace referencia a la importancia de las dependencias sociales como un principio fundamental para los gobiernos, exponiendo la siguiente idea: