
1. PRINCIPIOS GENERALES PARA TRABAJAR CON PERSONAS CON TRASTORNO ANTISOCIAL DE PERSONALIDAD
1.1. Acceso y evaluación
1.1.1. - Las personas con trastorno de personalidad antisocial no deben ser excluidas de ningún servicio de atención social o de salud - Garantizar que en la planificación inicial y la prestación del tratamiento, las transferencias de entornos institucionales a comunitarios tengan en cuenta la necesidad de continuar con el tratamiento y o evitar la transferencia innecesaria de atención entre instituciones siempre que sea posible durante una intervención, para evitar la interrupción del plan de tratamiento acordado. - Asegurar que las personas con trastorno de personalidad antisocial de grupos étnicos minoritarios y negros tengan igual acceso a servicios culturalmente apropiados según la necesidad clínica. - Cuando el idioma o la alfabetización sean una barrera para acceder o comprometerse con los servicios para personas con trastorno de personalidad antisocial, proporcionar información en su idioma preferido - Cuando se haga un diagnóstico de trastorno de personalidad antisocial, discutir las implicaciones del mismo con la persona, la familia o los cuidadores cuando corresponda, y el personal pertinente, - Al trabajar con mujeres con trastorno de personalidad antisocial, tener en cuenta las incidencias más altas de problemas de salud mental comórbidos comunes. - El personal, en particular los trabajadores clave, que trabajen con personas con trastorno de personalidad antisocial deben establecer reuniones individuales periódicas para revisar el progreso, incluso cuando el modo principal de tratamiento sea grupal.
1.2. Personas con discapacidad y deterioro cognitivo adquirido
1.2.1. - Cuando una persona con discapacidades físicas o de aprendizaje o deficiencias cognitivas adquiridas presenta síntomas y comportamiento que sugieren un trastorno de personalidad antisocial, el personal involucrado en la evaluación y el diagnóstico debe considerar consultar con un especialista relevante. - El personal que proporciona intervenciones para personas con trastorno de personalidad antisocial con discapacidades físicas o de aprendizaje o deficiencias cognitivas adquiridas debe, cuando sea posible, proporcionar las mismas intervenciones que para otras personas con trastorno de personalidad antisocial. Es posible que el personal necesite ajustar el método de entrega o duración de la intervención para tener en cuenta la discapacidad o deficiencia.
1.3. Autonomía y elección
1.3.1. - Trabajar en colaboración con personas con trastorno de personalidad antisocial para desarrollar su autonomía y promover la elección mediante: garantizar que sigan participando activamente en la búsqueda de soluciones a sus problemas, incluso durante las crisis animándolos a considerar las diferentes opciones de tratamiento y opciones de vida disponibles para ellos, y las consecuencias de las elecciones que hacen.
1.4. Desarrollar una relación optimista y de confianza
1.4.1. - El personal que trabaja con personas con trastorno de personalidad antisocial debe reconocer que un enfoque positivo y gratificante tiene más probabilidades de éxito que un enfoque punitivo para involucrar y retener a las personas en el tratamiento. - El personal debe explorar opciones de tratamiento en una atmósfera de esperanza y optimismo, explicando que la recuperación es posible y alcanzable - Construya una relación de confianza, trabaje de manera abierta, atractiva y sin prejuicios, y sea consistente y confiable.
1.5. Compromiso y motivación
1.5.1. - Al proporcionar intervenciones para personas con trastorno de personalidad antisocial, particularmente en entornos residenciales e institucionales, preste atención a motivarlos para asistir y participar en el tratamiento. Esto debería ocurrir en la evaluación inicial y ser una parte integral y continua de cualquier intervención, ya que las personas con trastorno de personalidad antisocial son vulnerables a la retirada prematura del tratamiento y las intervenciones de apoyo.
1.6. Involucrar a las familias y cuidadores
1.6.1. - Preguntar directamente si la persona con trastorno de personalidad antisocial quiere que su familia o cuidadores se involucren en su cuidado y, sujeto al consentimiento de la persona y sus derechos a la confidencialidad: animar a las familias o cuidadores a participar garantizar que la participación de las familias o los cuidadores no dé lugar a la retirada de los servicios o a la falta de acceso a ellos informar a las familias o cuidadores sobre los grupos de apoyo locales para familias o cuidadores. - Considerar las necesidades de las familias y cuidadores de personas con trastorno de personalidad antisocial y prestar especial atención a: impacto de los comportamientos antisociales y ofensivos en la familia y consecuencias del abuso significativo de drogas o alcohol y necesidades y riesgos de los niños de la familia y la protección de sus intereses.
2. EVALUACIÓN Y GESTIÓN DEL RIESGO DEL TRASTORNO ANTISOCIAL DE LA PERSONALIDAD
2.1. Evaluación
2.1.1. - Al evaluar a una persona con un posible trastorno de personalidad antisocial, los profesionales de la salud en los servicios de salud mental forenses y secundarios deben realizar una evaluación completa de: comportamientos antisociales funcionamiento de la personalidad, estrategias de afrontamiento, fortalezas y vulnerabilidades trastornos mentales comórbidos que incluyen depresión y ansiedad, abuso de drogas o alcohol, trastorno de estrés postraumático y otros trastornos de la personalidad) la necesidad de tratamiento psicológico, atención y apoyo social, y rehabilitación o desarrollo ocupacional violencia doméstica y abuso. - El personal involucrado en la evaluación del trastorno antisocial de la personalidad en los servicios secundarios y especializados debe utilizar métodos de evaluación estructurada siempre que sea posible para aumentar la validez de la evaluación. Para los servicios forenses, el uso de medidas como PCL-R o PCL-SV para evaluar la gravedad del trastorno de personalidad antisocial debe ser parte del proceso de evaluación de rutina. - El personal que trabaja en servicios de atención primaria y secundaria (por ejemplo, servicios de drogas y alcohol) y servicios comunitarios (por ejemplo, el servicio de libertad condicional) que incluyen una alta proporción de personas con trastorno de personalidad antisocial debe estar alerta ante la posibilidad de comportamiento antisocial.
2.2. Evaluación y gestión de riesgos
2.2.1. - La evaluación del riesgo de violencia no es una rutina en la atención primaria, pero si se requiere tal evaluación, considere: violencia actual o anterior, incluida la gravedad, las circunstancias, los desencadenantes y las víctimas la presencia de trastornos mentales comórbidos y/o abuso de sustancias Factores estresantes de la vida actual, relaciones y eventos de la vida. - Información adicional de registros escritos o familiares y cuidadores (sujeto al consentimiento de la persona y al derecho a la confidencialidad), porque la persona con trastorno de personalidad antisocial puede no ser siempre una fuente confiable de información. - Los profesionales de atención médica en atención primaria deben considerar el contacto y/o la remisión a servicios forenses o secundarios cuando exista violencia actual o amenazas que sugieran un riesgo significativo y antecedentes de violencia grave, incluidos delitos depredadores o ataques contra niños u otros. Gente vulnerable.
3. TRATAMIENTO Y MANEJO DEL TRASTORNO ANTISOCIAL DE LA PERSONALIDAD Y TRASTORNOS RELACIONADOS Y COMÓRBIDOS
3.1. Principios generales
3.2. El papel de las intervenciones psicológicas
3.2.1. - Para las personas con trastorno de personalidad antisocial, incluidas aquellas con problemas de abuso de sustancias, en los servicios omunitarios y de salud mental, considere ofrecer intervenciones cognitivas y conductuales grupales para abordar problemas como la impulsividad, las dificultades interpersonales y el comportamiento antisocial. - Para las personas con trastorno de personalidad antisocial con antecedentes de conducta delictiva que se encuentran en atención comunitaria e institucional, considere ofrecer intervenciones cognitivas y conductuales basadas en grupos (por ejemplo, programas como 'Razonamiento y rehabilitación') centrados en reducir la delincuencia y la otra conducta antisocial. - Para los delincuentes juveniles de 17 años o menos con antecedentes de conducta delictiva que se encuentran en cuidado institucional, ofrecer intervenciones cognitivas y conductuales grupales dirigidas a los delincuentes juveniles y que se centren en reducir la delincuencia y otras conductas antisociales. - Al proporcionar intervenciones cognitivas y conductuales: evaluar el nivel de riesgo y ajustar la duración e intensidad del programa en consecuencia (los participantes en todos los niveles de riesgo pueden beneficiarse de estas intervenciones) Brindar apoyo y aliento para ayudar a los participantes a asistir y completar los programas, incluidas las personas que tienen la obligación legal de hacerlo.
3.2.1.1. - A las personas con trastorno de personalidad antisocial se les debe ofrecer tratamiento para cualquier trastorno comórbido de acuerdo con las recomendaciones de la guía clínica NICE pertinente, cuando esté disponible. Esto debería suceder independientemente de si la persona está recibiendo tratamiento para el trastorno de personalidad antisocial. - Al proporcionar intervenciones psicológicas o farmacológicas para el trastorno de personalidad antisocial, conducta delictiva o trastornos comórbidos a personas con trastorno de personalidad antisocial, tenga en cuenta el potencial y el posible impacto de: mala concordancia, alta deserción, mal uso de la medicación prescrita, interacciones de drogas (incluso con alcohol y drogas ilícitas). - Al proporcionar intervenciones psicológicas para trastornos comórbidos a personas con trastorno de personalidad antisocial considere prolongar su duración o aumentar su intensidad.
3.3. El papel de las intervenciones farmacológicas
3.3.1. - Las intervenciones farmacológicas no deben usarse de forma rutinaria para el tratamiento del trastorno de personalidad antisocial o comportamientos asociados de agresión, ira e impulsividad. - Las intervenciones farmacológicas para los trastornos mentales comórbidos, en particular la depresión y la ansiedad, deben estar en consonancia con las recomendaciones de la guía clínica NICE pertinente. Al comenzar y revisar la medicación para trastornos mentales comórbidos, preste especial atención a los problemas de adherencia y los riesgos de uso indebido o sobredosis.
3.4. Abuso de drogas y alcohol
3.4.1. - Ofrecer intervenciones psicológicas (en particular, programas de gestión de contingencias) a las personas con trastorno de personalidad antisocial que abusan de las drogas, en particular opioides o estimulantes, de acuerdo con las recomendaciones de la guía clínica NICE correspondiente. - Para las personas con trastorno de personalidad antisocial que abusan del alcohol o son dependientes del mismo, ofrecer intervenciones psicológicas y farmacológicas de acuerdo con las guías nacionales existentes para el tratamiento y manejo de los trastornos relacionados con el alcohol. - Para las personas con trastorno de personalidad antisocial que se encuentran en cuidado institucional y que abusan o son dependientes de drogas o alcohol, considerar la derivación a una comunidad terapéutica especializada enfocada en el tratamiento de problemas de drogas y alcohol.