NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013; PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL D...

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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013; PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD por Mind Map: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013; PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

1. cuidado: Acción encaminada a hacer por alguien lo que no puede hacer el por si mismo

1.1. TIPOS DE CUIDADOS

2. INTERVENCIONES Y FUNCIONES

3. FUNCIÓN ADMINISTRATIVA: Actividad para gestionar los recursos materiales científicos y técnicos de equipo o recursos humanos necesarios

4. FUNCIÓN DE DOCENTE:Actividades que realiza el profesional de enfermería relacionada con la educación para la salud , educación continua y para ña formación de recursos humanos

5. DEPENDIENTES: Actividades que realiza el personal de enfermería por descripción de otro profesional de la salud en el tratamiento de los pacientes

6. INDEPENDIENTES: Es llevado acabo jun to a otros miembros del equipo de salud, se le conoce como MULTIDISCIPLINARIAS

7. Personal de enfermeria

8. Cumplir con las normas institucionales y de orden técnico en materia laboral.

9. FUNCION DE INVESTIGACION; Actividades para apklicar el metodo cientifico en sus vertientes cuantitativas o cualitativas para la produccion, reafirmacion y validación del conocimiento cientifico

10. FUNCIÓN ASISTENCIAL: Actividades que realiza el personal de enfermeria a cuidado disponibles o posibles, relacionados con los cuidados directos o indirectos de las personas, familiares o comunidades / segun sea el caso)

11. PRESTACIÓN DEL SERVICIO, ASPECTOS GENERALES

11.1. PRESTACION DEL SERVICIO, ASPECTOS PARTICULARES

12. En los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, así como, para los que prestan sus serviciosde forma independiente, sólo se reconocerán los estudios de formación y capacitación en enfermería de las instituciones pertenecientes al Sistema Educativo Nacional y los documentos expedidos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

13. Procurar que el personal de enfermería cuente con la certificación personal vigente expedida por los organismos colegiados que han obtenido

14. Evitar emplear al personal de enfermería en funciones fuera de sus competencias y funciones, salvo en casos de urgencia

15. Dar la introducion al puesto a todo el personal de nuevo ingreso a una institución o sujeto a movimiento

16. Verificara oportunamente la existencia y funcionamiento apto del equipo que se utiliza para proporcionar el cuidado de enfermeria.

17. Las actividades en apoyo a la atención de las necesidades básicas de comodidad e higiene del paciente o actividades relacionadas con la preparación de equipo y material, corresponden preferentemente al personal no profesional

18. La prestación de servicios de enfermería que corresponden a los profesionales técnicos de enfermería en el ámbito hospitalario y comunitario

19. La prestación de servicios de enfermería de naturaleza independiente o interdependiente en un campo específico de la enfermería, corresponde a los técnicos especializados en enfermería

20. La prestación de los servicios de enfermería con predominio de acciones independientes derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería en los ámbitos hospitalario o comunitario, corresponde al licenciado en enfermería

21. La prestación de servicios de enfermería con predominio de acciones independientes derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería en los servicios especializados de la atención a la salud, corresponde al personal de enfermería con estudios de posgrado en un área específica de la práctica profesiona

22. La prestación de servicios de enfermería, relacionada con los roles de educador, investigador, consultor o asesor en los temas clínicos, de la salud pública, implícitos en la atención del personal de la salud con un nivel de participación y liderazgo, le corresponden al personal de enfermería con maestría

23. Conocer y aplicar, cuando corresponda, las Normas Oficiales Mexicanas.

23.1. Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos, éticos y humanísticos.

24. CUIDADOS DE ENFERMERIA DE ALTA COMPLEJIDAD: se proporcionan al paciente que requiere de atención especializada(cuidados individualizados)

25. CUIDADOS DE ENFERMERIA DE BAJA COMPLEJIDAD: Las que se proporcionan al paciente que se encuentra en estado de alerta y hemodinamicamente estable(con minimo riesgo vital o en recuperacion)

26. CUIDADOS DE ENFERMERIA DE MEDIANA COMPLEJIDAD:Se proporcionan al paciente que se encuentra en un proceso movido(no requiere de lata tecnoclogia)

27. TIPOS

28. Personal de Enfermeria:

28.1. Persona capacitada para proporcionar cuidados de enfermeria , puede realizar actividades auxiliares,profesionales o especializada.

29. Personal profesional de enfermería:

29.1. A la persona que ha concluido sus estudios de nivel superior en el área de la enfermería, y se le ha sido expedida una cédula de ejercicio profesional.

30. Enfermera(o) general:

30.1. A la persona que obtuvo título de licenciatura en enfermería expedido por alguna institución de educación del tipo superior, perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sido expedida por la autoridad educativa competente la cédula profesional correspondiente

31. Enfermera(o) especialista

31.1. A la persona que, concluyó con sus requisitos de licenciado en enfermería, obtuvo el diploma de especialización.

32. Enfermera(o) con maestría:

32.1. A la persona que, además de reunir los requisitos de licenciatura en enfermería, acredite el grado de maestría, y le haya sido expedida por la autoridad educativa competente la cédula profesional de maestría correspondiente.

33. Profesional técnico de enfermería:

33.1. A la persona que obtuvo el título o un diploma de capacitación expedidos por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional.

34. Técnico especializado en enfermería

34.1. A la persona que, además de reunir los requisitos de estudios de nivel medio superior, obtuvo un diploma que señala el área específica de competencia expedido por alguna institución de educación, perteneciente al Sistema Educativo Nacional.

35. Auxiliar de enfermería

35.1. A la persona que obtuvo constancia que acredite la conclusión del curso de auxiliar de enfermería, de una duración mínima de un año expedido por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional

36. Pasante de enfermería

36.1. Al estudiante de enfermería de una institución educativa que ha cumplido los créditos académicos exigidos en el plan y programas de estudio, que para realizar el servicio social debe contar con la constancia de adscripción y aceptación expedida por la Secretaría de Salud.

37. Enfermera(o) con doctorado

37.1. A la persona que, además de reunir los requisitos del grado de maestría, acredita el grado de doctorado, y se le ha otorgado la cédula profesional correspondiente.

38. GENERAL

38.1. Obtuvo un titulotitulo de licenciatura en enfermería expedido por una educacion tipo superior

39. Prestación de servicios de enfermería

39.1. Al acto de brindar cuidados de enfermería en un establecimiento para la atención médica en los sectores público, social y privado, así como, los que prestan sus servicios de forma independiente

40. Proceso de atención de enfermería

40.1. A la herramienta metodológica, que permite otorgar cuidados a las personas sanas o enfermas a través de una atención sistematizada e integral, cuyo objetivo principal es atender las respuestas humanas individuales o grupales, reales o potenciales; está compuesto de cinco etapas interrelacionadas: valoración, diagnóstico de enfermería, planeación, ejecución y evaluación

41. Prestación de servicios de enfermería

41.1. Al acto de brindar cuidados de enfermería en un establecimiento para la atención médica en los sectores público, social y privado, así como, los que prestan sus servicios de forma independiente.

42. Profesionales de la salud

42.1. Al personal que labora en las instituciones de salud como: médicos, odontólogos, biólogos, bacteriólogos, enfermeras, trabajadoras sociales, químicos, psicólogos, ingenieros sanitarios, nutriólogos, dietólogos, patólogos y sus ramas, que cuenten con título profesional o certificado de especialización que hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.

43. PERSONAL NO PROFESIONAL DE ENFERMERÍA

43.1. Persona que no ha concluido su preparación académica en el área de enfermería

44. La prestación de servicios de enfermería, relacionada a las acciones para generar conocimiento en las diferentes áreas de la salud, corresponde al personal de enfermería con doctorado

45. DOCTORADO

45.1. Además de reunir los requisitos de licenciatura, maestría, acredita el grado de doctorado en disposiciones jurídicas

46. Para la prestación de servicios de enfermería en los establecimientos para la atención médica y la prestación de servicios en forma independiente, se requiere que las constancias, certificados, títulos profesionales o diplomas hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes

47. Revalidación y equivalencia de estudios

47.1. Al acto administrativo a través del cual la autoridad educativa competente otorga validez oficial a aquellos estudios realizados dentro o fuera del Sistema Educativo Nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema.