Bases del Procedimiento Penal Acusatorio

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Bases del Procedimiento Penal Acusatorio por Mind Map: Bases del Procedimiento Penal Acusatorio

1. Principios

1.1. Se entienden como mandatos de optimización que sirven para interpretar e e integrar las normas jurídicas del nuevo sistema procesal. Algunos de éstos son normas propias de los procedimientos orales, otros constituyen derechos fundamentales consagrados en la Constitución y en Tratados Internacionales.

1.1.1. Del Sistema

1.1.1.1. se diría que sustentan las reglas concordantes para todos los intervinientes, pues enlazan el acceso a una tutela judicial efectiva, el ejercicio de derechos y la opinión de la sociedad de los procesos y las instituciones.

1.1.1.1.1. Publicidad

1.1.1.1.2. Contradicción

1.1.1.1.3. Concentración

1.1.1.1.4. Continuidad

1.1.1.1.5. Inmediación

1.1.1.1.6. Presunción de Inocencia

1.1.1.1.7. Igualdad

1.1.2. De la Acusación

1.1.2.1. Legalidad

1.1.2.1.1. "nullum crimen nulla poena sine lege"

1.1.2.2. Objetividad

1.1.2.2.1. Búsqueda de la verdad de hecho que la ley señale como delito y la responsabilidad del imputado, bajo la conducción del MP, sin importar a que parte procesal favorezca la información o evidencia encontrada; asimismo, los encargados de la investigación deben realizar sus funciones con absoluta imparcialidad y sin discriminación alguna, observando siempre la correcta aplicación de la ley, investigando con diligencia los hechos y circunstancias del caso, sin importar que sirvan de base para la acusación del imputado o que le favorezcan.

1.1.2.3. Eficiencia

1.1.2.3.1. se traduce en

1.1.2.4. Profesionalismo

1.1.2.4.1. Capacidad y preparación para el desempeño de una tarea por la que se obtiene un beneficio.

1.1.2.4.2. Para esto se debe establecer un "servicio de carrera" para el mejor desempeño en las actividades de los sujetos encargados de la acusación del Estado (MP, peritos y policías).

1.1.2.5. Honradez

1.1.2.5.1. Esto implica que deben abstenerse los peritos, MP y policías de solicitar o aceptar compensaciones, pagos, gratificaciones o cualquier tipo de dádiva que no estén previstas legalmente; deberá oponerse a cualquier acto de corrupción y, en su caso, denunciarlo de manera inmediata.

1.1.2.6. Respeto a los Derechos Humanos

1.1.2.6.1. Deber de abstención total de infligir o tolerar actos de tortura, tratos cueles, inhumanos o degradantes.

1.1.3. De la Defensa

1.1.3.1. Derecho de Defensa

1.1.3.1.1. Este se encuentra protegido por un sistema de normas dirigidas a garantizar un juicio justo, caracterizado por la igualdad de medios entre MP y la defensa.

1.1.4. Que orienta la Jurisdicción

1.1.4.1. Implica la decisión final de la diversidad de pretensiones entre la defensa y la acusación, además se rigen por sus propios principios.

1.1.4.1.1. Imparcialidad

1.1.4.1.2. Libre valoración de Pruebas

1.1.4.1.3. Motivación

1.1.4.1.4. Culpabilidad

1.1.4.1.5. Proporcionalidad

2. Sujetos Procesales

2.1. Son aquellos que tienen una participación activa en cualquier etapa del proceso, es decir, ayudan desde sus funciones a los fines del sistema.

2.1.1. En la función de Investigación y Acusación

2.1.1.1. Se encuentra en la etapa preliminar y tiene por objeto el esclarecimiento de los hechos materia de la denuncia o querella, la obtención de la información y la recolección de los elementos que permitan fundar la acusación.

2.1.1.1.1. Está a cargo del Ministerio Público (MP) como conductor jurídico, quien actuará con el auxilio de la policía como experto investigador de campo y los servicios periciales como expertos técnicos y científicos.

2.1.1.1.2. La investigación se divide en dos momentos procesales

2.1.1.2. en esta función se encuentran

2.1.1.2.1. MP

2.1.1.2.2. Policía

2.1.1.2.3. Peritos

2.1.1.2.4. Víctima

2.1.1.2.5. Asesor Jurídico de la Víctima

2.1.2. En la función de Defensa

2.1.3. En la función Jurisdiccional

2.1.4. Como Intervinientes

2.1.4.1. Aquellas personas u órganos de prueba que no necesariamente deben permanecer continuamente en las audiencias.

3. Alumna: María Fernanda Rodriguez Alcoer. Unidad de Aprendizaje: Derecho Procesal Penal. Impartida por: Luis H Lopez Lopez. Cuarto Semestre, Grupo A

4. salvo los casos excepcionales establecidos como son:

4.1. 1. Deber resolver una cuestión incidental que no pueda resolverse inmediatamente.

4.2. 2. Tener que practicar un acto fuera de la sala de audiencias.

4.3. 3. Que no comparezcan testigos, peritos o intérpretes.

4.4. 4. Por causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

4.5. 5. El defensor, MP o el acusador particular no puede ser reemplazado inmediatamente.

4.6. 6. Por estar pendiente de resolución algún juicio de amparo.