
1. DEFINICIÓN
1.1. Es todo ente material o inmaterial sobre el que puede recaer relaciones jurídicas.
2. COSAS O BIENES
2.1. Son aquellas entidades, materiales o inmateriales, dotadas de una existencia autónoma y unitaria, y susceptibles de ser objeto de derechos patrimoniales independientes
2.1.1. CARACTERISTICAS
2.1.1.1. Son Entidades materiales o inmateriales
2.1.1.2. Deben tener una existencia autónoma y unitaria, que les permita ser objeto de un derecho subjetivo y de un tráfico jurídico independiente
2.1.1.3. Son entidades susceptibles de derechos patrimoniales independientes
2.1.1.4. No son cosas, en sentido jurídico, las que escapan al dominio del hombre, los llamados "bienes comunes de todos"
2.1.1.5. Bienes Inmuebles- Artículo 525 CCV
2.1.1.5.1. Situación fija en el espacio y no pueden ser desplazadas sin deterioro
2.2. CLASIFICACIÓN
2.2.1. Bienes Muebles- Artículo 525 CCV
2.2.1.1. Carecen de un emplazamiento fijo y por tanto pueden ser trasladadas de un lugar a otro sin detrimento de su naturaleza
2.2.1.1.1. Rentas o pensiones, sean vitalicias o hereditarias, afectas a una persona o familia
2.2.2. Bienes de Dominio Público- Artículo 543 CCV
2.2.2.1. Los destinados al uso público o pertenecen al Estado u otras entidades públicas territoriales
2.2.2.1.1. Puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos
2.2.3. Bienes de Dominio Privado- Artículo 543 CCV
2.2.3.1. Pertenecen a los particulares o al Estado o entidades públicas sin estar destinadas al uso o al servicio público
2.2.3.1.1. Una casa, un automóvil.
2.2.4. Cosas Fungible
2.2.4.1. Por su propia naturaleza, son homogéneas o equivalentes entre sí
2.2.4.1.1. Los objetos fabricados en serie, o el dinero
2.2.5. Cosas No fungible
2.2.5.1. son las cosas que no pueden sustituirse entre sí
2.2.5.1.1. Clásico de bien no fungible es una obra de arte
2.2.6. Cosas Genéricas
2.2.6.1. son las que se determinan por su pertenencia a un género
2.2.7. Cosas Especifica
2.2.7.1. son las que aparecen determinadas en su individualidad
2.2.8. Cosas Consumibles
2.2.8.1. Las que no puede hacerse un uso adecuado a su naturaleza sin que se consuman; no son consumibles las demás
2.2.9. Cosas Corporales
2.2.9.1. Se dividen en muebles e inmuebles
2.2.10. Cosas Incorporales
2.2.10.1. Son derechos reales o personales