Marco legal de las áreas protegidas

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Marco legal de las áreas protegidas por Mind Map: Marco legal de las áreas protegidas

1. Marco legal de las áreas protegidas

1.1. Conceptos que facilitan su comprención

1.1.1. Derecho ambiental

1.1.1.1. ¿Cómo se origina?

1.1.1.1.1. Se origina de la información científica generada sobre los daños causados al ambiente, debido a estilo de explotación de los recursos naturales del planeta.

1.1.1.2. ¿Cuales son sus corrientes?

1.1.1.2.1. Derecho romano

1.1.1.2.2. Derecho anglosajón

1.1.1.3. Regido por las siguinetes normas:

1.1.1.3.1. De acuerdo al sistema al cual pertenecen, desde el punto de vista de la fuente legal y por su ámbito de validez: Derecho espacial y temporal

1.1.2. Norma

1.1.2.1. ¿Qué es?

1.1.2.1.1. Documento aprobado por una institución reconocida que prevé para uso común y repetido, reglas, directrices o características para procesos y métodos de operación conexos, cuya observancia (salvo bajo contrato) no es obligatoria

1.1.2.2. ¿Por quienes son formadas?

1.1.2.2.1. Administradores de APs

1.1.2.2.2. Empresas consultoras

1.1.2.3. ¿Qué aporta?

1.1.2.3.1. Implementa una gestión rigurosa, politicas ambientales definidas, motivacion y desarrollo personal, garantia y negociación con los interesados y sistema de mejora establecido.

1.1.3. Constitución de la República de Honduras

1.1.3.1. ¿Qué establece?

1.1.3.1.1. En su capítulo III, la importancia de los tratados y convenios internacionales que Honduras signe.

1.1.3.2. Tomar en cuenta...

1.1.3.2.1. Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República. Quien lo haga será juzgado por el delito de traición a la Patria. La responsabilidad en este caso es imprescriptible.

1.1.3.3. Artículos a tomar en cuenta

1.1.3.3.1. Artículo 145, protección a la salud, Artículo 172, Toda riqueza antropológica, arqueológica, histórica y artística de Honduras forma parte del patrimonio cultural de la Nación, Artículo 340: Se declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación y Artículo 354: El Estado se reserva la potestad de establecer o modificar la demarcación de las zonas de control y protección de los recursos naturales en el territorio nacional.

1.1.4. Convenio de Diversidad Biológica

1.1.4.1. A raíz ¿de que surge?

1.1.4.1.1. De conservar la biodiversidad, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia adecuada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y esas tecnologías.

1.1.4.2. ¿Cuales son sus componentes?

1.1.4.2.1. Mantenimiento de los recursos genéticos como materia prima

1.1.4.2.2. Protección de especies como recurso natural aprovechable

1.1.4.2.3. Conservación de los ecosistemas para la regulación hídrica, del clima, de la sedimentación y otros servicios ecosistémicos.

1.2. Gerardo Moises Pineda Cortes 20191004828