
1. Circular 047-056/2010
1.1. Esta circular menciona lo referente a la participación ciudadana y protección del usuario Contempla
1.1.1. Carta de derechos y deberes
1.1.1.1. Documento en el cual se informa la red de prestación de servicios para cada usuario. Atención oportuna eficiente y ágil de acuerdo con la necesidad del usuario
1.1.2. Sistemas de información
1.1.2.1. Son definidos como el mecanismo que tiene el usuario para conocer toda la información relacionada con la atención en salud que involucran todo el tema de pagos y diferentes estrategias de promoción y fortalecimiento de la participación ciudadana.
1.1.3. Atención integral al usuario de la salud.
1.1.3.1. Definir los mecanismos procedimientos, canales para que esa atención cumpla con los principios de objetividad, y buen trato.
1.1.4. Oficina de atención al usuario.
1.1.4.1. Que se cuenten con oficinas donde puedan los usuarios acercarse a recibir atención personalizada, que cumpla con un sitio de fácil acceso al público, infraestructura adecuada, condiciones adecuadas para la prestación del servicio a personas en condiciones discapacidad, publicaciones para que los usuarios conozcan derechos deberes y canales de atención)
1.1.5. Multicanales
1.1.5.1. Deben disponer de diferentes medios de comuniaciòn y acceso en lo relacionado a peticiones quejas o reclamos
1.1.6. Alianza o asociación de usuarios
1.1.6.1. Adelantar acciones para promover la participación social de acuerdo con la normatividad vigente.
1.1.6.1.1. Dicha convocatoria debe ser realizada por todos los canales de atención de la entidad, que contenga datos como (nombre de los representantes, orientación sobre el proceso de afiliación de la asociación) que busquen velar y por la calidad del servicio y defensa del usuario
1.1.7. Rendición de cuentas.
1.1.7.1. Es una herramienta de control social que implica la información relacionada con la gestión y sus respectivos resultados a la comunidad buscando trasparencia y retroalimentación respectiva, debe existir un micro sitio web donde se encuentre permanentemente disponibles
1.1.7.1.1. conformado por
2. RESOLUCION 2063 DE 2017
2.1. Participación Social en Salud
2.2. Participación Comunitaria: Derecho de las organizaciones comunitarias en la plantación, gestión, evaluación y veeduría en salud.
2.3. Participación Ciudadana: Ejercicio de deberes y derechos de la persona propende por la salud individual, familiar y comunitaria, y aparte a la gestión y veeduría en los servicios de salud.
2.4. Participación en las Instituciones del SGSS
2.5. Interacción de los usuarios con el servicio de salud en la gestión, evaluación y mejoramiento en la prestación del servicio.
3. LEY1438 DE 2011
3.1. Plan decenal: Busca la equidad y el desarrollo humano para el autocuidado
3.2. Salud pública: Se crea un plan estratégico APS para mejorar el estado de salud para la población. Para hacer protección, promoción y restauración sanitaria.
3.3. Su principal característica es fortalecer el sistema de salud, basado en la atención primaria, para la creación de un servicio de calidad, equitativo y saludable
3.4. Principios: Universalidad, solidaridad, igualdad, obligatoria, equidad, calidad, eficiencia, participación en salud, sostenible y transparente.
3.5. División del sistema en dos regímenes (contributivo y subsidiado)
4. RESOLUCIÓN 1757 DE 1994
4.1. Organiza y establece las modalidades y formas de participación social en la prestación de servicios de salud
4.2. Se deberá convocar comités de participación comunitaria en salud en cada municipio, los cuales tendrán la función de:
4.2.1. - Intervenir en las actividades financieras de planeación, vigilancia y control del SGSSS
4.2.2. - Participar en el proceso de diagnóstico, control y evaluación de los servicios de salud.
4.2.3. - Proponer planes, programas en salud a la junta directiva del organismo o entidad de salud.
4.2.4. - Impulsar el proceso de descentralización y la autonomía local y departamental y en especial a través de su participación en las juntas directivas.
4.3. La Alianza o asociación de usuarios:
4.3.1. Es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del SGSS, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.
4.3.2. Toda organización de servicios de salud deberá garantizar la participación cuidadana, comunitaria y social
4.4. Funciones de la asociación de usuarios
4.4.1. - Asesorar a sus asociados en la libre elección de la entidad promotora de salud
4.4.2. - Participar en las Juntas Directivas de las empresas promotoras de salud e instituciones prestatarias de servicios de salud
4.4.3. - Mantener canales de comunicación con los afiliados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas de mejora.