1. Circular Única 047-056/2010
1.1. PROTECCION AL USUARIO
1.1.1. Contempla accesibilidad en condiciones de igualdad y respeto a las especialidades de los diversos grupos así como no discriminación y acceso a la información
1.1.1.1. ENFOQUE CENTRADO EN EL USUARIO CON ACCESO A LA INFORMACION CON CALIDAD
1.1.1.1.1. Ssitemas de Comunicacion
1.1.1.1.2. Carta de Derecho y Deberes
1.1.1.1.3. TRATO DIGNO
1.1.1.1.4. Atención Integral a los Usuarios
1.1.1.1.5. Oficinas de Atencion al Usuario con condiciones adecuadas
1.1.1.1.6. Lineas de Atención Telefonica
1.1.1.1.7. PQR
1.1.1.1.8. Asociacion de Usuario
1.1.1.1.9. Rendición de cuentas
2. Resolución 1757/1994
2.1. Modalidades y formas de participación social.
2.1.1. Participación social, ciudadana y comunitaria.
2.1.1.1. Donde se encuentra la forma para participar individualmente o colectivo, para velar por los derechos y haciendo ejercicio de sus deberes.
2.1.1.1.1. Esta participación de los ciudadanos aporta a la planeación, gestión, evaluación y veeduría en los servicios de salud.
3. Ley 1438/2011
3.1. Reforma el sistema general de seguridad social en salud y otras disposiciones.
3.1.1. Reformar y fortalecer el Sistema General de Seguridad Social en Salud a través del modelo de atención primaria en salud(APS). El usuario es el ejecentral y núcleo articuladode las políticas en salud.
3.1.1.1. Adopta la Estrategia de Atención Primaria en Salud que estará constituida por tres componentes integrados e interdependientes: • los servicios de salud, • la acción intersectorial/transectorial por la salud y • la participación social, comunitaria y ciudadana
3.1.2. Amplió las competencias de la Superintendencia Nacional de Salud incluyendo entre sus sujetos vigilados: Entidades que administren planes adicionales de salud Entidades obligadas a compensar Entidades adaptadas de salud Administradoras de riesgos laborales en sus actividades de salud Las pertenecientes al régimen de excepción de salud Las universidades en sus actividades de salud Las entidades territoriales
3.1.2.1. Modifica el art. 153 de la Ley 100 Son principios del Sistema General de Seguridad Social en Salud : Solidaridad, igualdad, equidad, obligatoriedad, universalidad, calidad, participación, social, enfoque de prevención, progresividad, libre escogencia, eficiencia, sostenibilidad, transparencia, continuidad, descentralizacion administrativa.
3.1.3. Prevalencia de derechos. Es obligación de la familia, el Estado y la sociedad en materia de salud, cuidar, proteger y asistir a las mujeres en estado de embarazo y en edad reproductiva, a los niños, las niñas y adolescentes, para garantizar su vida, su salud, su integridad física y moral y su desarrollo armónico e integral. La prestación de estos servicios corresponderá con los ciclos vitales formulados en esta ley, dentro del Plan de Beneficios. Enfoque diferencial. El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, raza, etnia, condición de discapacidad y víctimas de la violencia para las cuales el Sistema General de Seguridad Social en Salud ofrecerá especiales garantías y esfuerzos encaminados a la eliminación de las situaciones de discriminación y marginación.
3.1.3.1. Atención preferente
3.1.4. Calidad. Los servicios de salud deberán atender las condiciones del paciente de acuerdo con la evidencia científica, provistos de forma integral, segura y oportuna, mediante una atención humanizada. Participación social. Es la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en conjunto.
3.1.4.1. OBLIGACIONES: Entidades promotoras de salud y empresas sociales del estado tiene la obligación de realizar audiencias públicas, por al menos una vez al año
3.1.5. Política nacional de participación social. Objetivos: • Fortalecer la capacidad ciudadana para intervenir en el ciclo de las políticas públicas de salud: diseño, ejecución, evaluación y ajuste. • Promover la cultura de la salud y el autocuidado, modificar los factores de riesgo y estimular los factores protectores de la salud. • Incentivar la veeduría de recursos del sector salud y el cumplimiento de los planes de beneficios. • Participar activamente en los ejercicios de definición de política. • Participar activamente en los ejercicios de presupuestación • participativa en salud. • Defender el derecho de la salud de los ciudadanos y detectar temas cruciales para mejorar los niveles de satisfacción del usuario
3.1.6. Portabilidad nacional
4. Resolución 2063 de 2017
4.1. POLITICA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN SALUD (PPSS)
4.1.1. Politica para dar cumplimiento al mandato legal de direccionar y garantizar la participación social en el sector salud en el marco de la Ley 1438 de 2011
4.1.2. Busca desarrollar las directrices que le permitan al Estado garantizar y fortalecer el derecho a la participación en salud de los habitantes del pais.
4.1.3. Asi mismo se reglamenta un proceso que ayude a la retroalimentación dinámica y constante, con el fin de mejorar su desempeño de los resultados en salud
4.1.4. La participacion y acompañamiento estaran acargo de la oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres del Ministerio de Salud, las entidades territoriales