
1. Objetivo
1.1. PROSEC
1.1.1. Les permite importar con arancel ad-valorem preferencial (Impuesto General de Importación) diversos bienes para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, independientemente de que las mercancías a producir sean destinadas a la exportación o al mercado nacional.
2. Tramites
2.1. PROSEC
2.1.1. Deberán ser presentados en la ventanilla de atención al publico de la delegación o subdelegación, en caso que de la empresa cuente con varias plantas, la presentará en la oficina de su elección
3. Costos
3.1. PROSEC
3.1.1. El trámite es gratuito
4. Beneficiarios
4.1. PROSEC
4.1.1. Son las personas morales que fabriquen las mercancías a que se refiere el artículo 4 del Decreto Prosec, empleando los bienes mencionados en el artículo 5 del propio Decreto.
5. criterios
5.1. PROSEC
5.1.1. se autorizará, siempre y cuando:
5.1.1.1. La persona moral se dedique a producir las mercancías a que se refiere el artículo 4 del Decreto por el que se establecen diversos programas de Promoción Sectorial, a partir de los bienes mencionados en el artículo 5 del mismo, según corresponda al sector;
5.1.1.2. Se cuente con la Opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la empresa.
5.1.1.3. El productor no sea parte relacionada de otro productor que con anterioridad hubiera obtenido la autorización de un programa del mismo sector y que le hubiera sido cancelado.
6. Compromisos
6.1. IMMEX
6.2. PROSEC
6.2.1. Para gozar de los beneficios de un Programa PROSEC se deberá dar cumplimiento a los términos establecidos en el Decreto en la materia y en el oficio de autorización del programa.