Obligaciones (Sin terminar)

Este cuadro me ayudo mucho para poder recordar y aprobar la materia de la carrera abogacia: Derecho de las obligaciones Esta sin terminar, esta es la primer parte de la materia, la segunda parte tambien la voy a publicar sin terminar

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Obligaciones (Sin terminar) por Mind Map: Obligaciones (Sin terminar)

1. 3)Pago

1.1. Ejecución de la prestación por un tercero interesado

1.2. Sujetos que reciben el Pago

1.2.1. Acreedor

1.2.2. Representantes del acreedor que pueden aceptar el pago

1.2.2.1. Representantes de personas incapaces

1.2.2.2. Representante Voluntario

1.2.2.3. Representante Judicial

1.2.3. Tercero portador de un recibo del acreedor

1.2.4. Pago hecho al tercero indicado en la obligación

1.2.5. Pago hecho al poseedor del crédito

1.2.6. Pago a un tercero no autorizado

1.2.6.1. a) si se hubiera beneficiado del acreedor, en cuyo caso es válido en la medida del beneficio; de lo contrario, el acreedor vendría a enriquecerse a expensas de su deudor;

1.2.6.2. b) si el acreedor lo ratificase, pues la ratificación equivale al mandato: el pago será válido en su totalidad y en cuanto a la forma de la ratificación, esta puede ser expresa o tácita.

1.3. Pago con Subrogación(Sustitución)

1.3.1. 1)Subrogación real

1.3.2. 2)Subrogación personal

1.3.3. 1) Subrogación legal

1.3.4. 2) Subrogación convencional

1.4. MORA

1.4.1. TIPOS DE MORA

1.4.1.1. El incumplimiento puede ser absoluto si es total y definitivo

1.4.1.2. Será relativo si se cumple parcialmente, es decir, si se efectúa de forma inadecuada o defectuosa o si se cumple tardíamente.

1.4.1.3. La mora puede ser del deudor, caso más frecuente, pero también puede serlo del acreedor, e incluso, en algunos casos —en el caso de obligaciones recíprocas-, la mora puede ser de ambas partes.

1.4.2. EFECTOS DE LA MORA

1.4.2.1. 1. Demandar el resarcimiento mediante la indemnización del daño moratorio.

1.4.2.2. 2. Emplear los medios que le brinda la ley para la ejecución forzosa

1.4.2.3. 3. El acreedor podrá solicitar la resolución del contrato, ya sea expresamente establecido o tácito.

1.4.2.4. 4)pago de los haberes/salarios

1.4.3. MORA DEL ACREEDOR

1.4.3.1. Los requisitos de la mora del acreedor son:

1.5. Pago por consignación

2. El pago es una forma de extinguir la relacion obligacional, como tambien la novacion, etc

3. 4) TRANSMISIONES Y RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

3.1. Transmisión de Derechos

3.1.1. a. Por actos entre vivos:

3.1.2. b. Mortis causa:

3.1.2.1. Titulo universal

3.1.2.1.1. A título universal se da en caso de herencia

3.1.2.2. Titulo Singular

3.1.2.2.1. A título singular en caso de legado, testamento

3.1.3. c. excepciones al principio general:

3.1.4. Cesion de Credito(Acreedor)(Contrato)

3.1.4.1. El Acreedor pasa ser Cedente

3.1.4.2. El nuevo acreedor Cesionario

3.1.4.3. El deudor se vuelve Cedido

3.1.5. Transmisión de Deuda(Deudor)(Contrato)

3.1.5.1. 1) Cesión de deudas

3.1.5.1.1. Sujetos

3.1.5.1.2. Se pide:

3.1.5.2. 2) Asunción de deudas

3.1.5.3. 3) Promesa de Liberación

3.2. Reconocimiento de las Obligaciones

4. 4) Clasificación de las obligaciones

4.1. 1) Obligaciones: según el vínculo que liga a las partes

4.1.1. A) Obligaciones simplemente mancomunadas

4.1.2. B) Obligaciones solidarias.

4.1.3. C) Obligaciones concurrentes

4.2. 2) Obligaciones según el grado de determinación de la prestación

4.2.1. 1)Obligaciones de Dar

4.2.1.1. Obligaciones de dar cosas ciertas

4.2.1.1.1. EJEMPLO

4.2.1.2. Obligaciones de Genero(Cosas Inciertas)

4.2.1.2.1. EJEMPLO

4.2.1.3. Obligaciones de dar dinero

4.2.1.3.1. Clases de moneda

4.2.1.3.2. Obligaciones de valor

4.2.1.3.3. Obligaciones Dinerarias

4.2.2. 2)Obligaciones de Hacer

4.2.3. 3)Obligaciones de No hacer

4.3. Obligaciones segun el indole de la prestacion

4.3.1. Obligaciones de medios

4.3.2. Obligaciones de resultado

5. Extinción de las obligaciones

5.1. Novacion

5.1.1. Elementos

5.1.1.1. Que exista una obligiacion anterior

5.1.1.2. Cracion de una obligacion nueva

5.1.1.3. Capacidad para novar

5.1.1.4. Voluntad de efectuar la novación

5.1.2. Objetiva

5.1.2.1. Cambio en la Prestacion

5.1.2.2. Cambio en la causa fuente

5.1.2.3. Cambio en el vinculo juridico

5.1.3. Subjetiva

5.1.3.1. Novación subjetiva del deudor

5.1.3.1.1. Delegacion

5.1.3.1.2. Expromision

5.1.3.2. Novación subjetiva del acreedor

5.2. Compensación

5.2.1. 1) Compensación legal

5.3. Transaccion

5.4. Confusión

5.5. Renuncia

5.6. Remisión de deuda

5.7. Imposibilidad de pago

6. Prescripción y Caducidad

6.1. ARTÍCULO 2552 CCC.- Facultades judiciales. El juez no puede declarar de oficio la prescripción.

6.2. Prescripción Liberatoria(Extintiva)

6.3. Plazos de la Prescripción

6.3.1. Plazo Genérico

6.3.1.1. El plazo de prescripción será de cinco años salvo que esté previsto uno diferente en la legislación local.

6.3.2. Plazo Especial

6.3.2.1. Las acciones civiles derivadas de delitos de lesa humanidad son imprescriptibles.

6.3.2.2. 1) Prescripción Decenal(10 años)

6.3.2.3. 2) Prescripción Quinquenal

6.3.2.4. 3) Prescripción trienal(3 años)

6.3.2.5. 4) Prescripción Bienal(2 años)

6.3.2.5.1. a) El pedido de declaración de nulidad relativa y de revisión de actos jurídicos;

6.3.2.5.2. b) El reclamo de derecho común de daños derivados de accidentes y enfermedades del trabajo;

6.3.2.5.3. c) El reclamo de todo lo que se devenga por años o plazos periódicos más cortos, excepto que se trate del reintegro de un capital en cuotas;

6.3.2.5.4. d) el reclamo de los daños derivados del contrato de transporte de personas o cosas;

6.3.2.5.5. e) el pedido de revocación de la donación por ingratitud o del legado por indignidad;

6.3.2.5.6. f) el pedido de declaración de inoponibilidad nacido del fraude.

6.3.2.6. 5) Prescripción Anual(1 año)

6.3.2.6.1. A) el reclamo por vicios redhibitorios;

6.3.2.6.2. B) las acciones posesorias;

6.3.2.6.3. c) El reclamo contra el constructor por responsabilidad por ruina total o parcial, sea por vicio de construcción, del suelo o de mala calidad de los materiales, siempre que se trate de obras destinadas a larga duración. El plazo se cuenta desde que se produjo la ruina

6.3.2.6.4. d) los reclamos procedentes de cualquier documento endosable o al portador, cuyo plazo comienza a correr desde el día del vencimiento de la obligación;

6.3.2.6.5. e) los reclamos a los otros obligados por repetición de lo pagado en concepto de alimentos;

6.3.2.6.6. f) la acción autónoma de revisión de la cosa juzgada.

6.4. Suspension e Interrupcion de la prescripcion

6.4.1. Suspensión

6.4.1.1. a. Suspensión por interpelación fehaciente

6.4.1.1.1. Duración de 6 meses o el plazo menor que corresponda

6.4.1.2. b. Suspensión por pedido de mediación

6.4.1.3. c. Casos Especiales de la suspensión

6.4.2. Interrupción

6.4.2.1. Interrupción por reconocimiento de deuda(Voluntad del deudor)

6.4.2.2. Interrupción por petición judicial(Voluntad del acreedor)

6.4.2.3. Interrupción por solicitud de arbitraje(Voluntad de ambas partes)

7. EJEMPLO

8. 1)Elementos de la obligación

8.1. Acreedor(Sujeto activo)

8.2. Deudor (Sujeto pasivo)

8.3. Objeto(Prestación)

8.4. Vinculo Jurídico

8.5. Causa (Fuente o Fin)

8.5.1. Presunción de existencia de la Causa

8.5.1.1. Se presume la existencia de la causa aunque no este expresamente escrita.

8.5.2. Clasificación de las Fuentes

8.5.2.1. Contrato

8.5.2.1.1. Clasificacion de los Contratos

8.5.2.2. Cuasicontrato

8.5.2.2.1. Gestión de Negocios

8.5.2.2.2. Pago indebido o por error

8.5.2.3. Delito

8.5.2.4. Cuasidelito

8.5.2.4.1. Es la produccion de un daño pero sin la intencion de cometerlo, este no obra con malicia, tiene libertad.

8.5.2.4.2. Este se la tribuye el factor objetivo culposo, puede ser que obre con negligencia ejemplo.

8.5.2.5. La Ley

8.5.2.6. Voluntad Unilateral

8.5.2.6.1. Promesa de Pago

8.5.2.6.2. Reconocimiento

8.5.2.6.3. Carta Crédito

8.5.2.7. Equidad

9. 2)Efectos de las obligaciones

9.1. Efectos Principales

9.1.1. Efectos Normales

9.1.1.1. Cumplimiento Voluntario

9.1.1.2. Cumplimiento Forzado

9.1.2. Efectos Anormales

9.1.2.1. Primer Caso

9.1.2.1.1. Incumplimiento en el plazo esencial: no se cumple en tiempo y forma.

9.1.2.2. Segundo Caso

9.1.3. Indemnización de Daños

9.2. Efectos Auxiliares

9.2.1. El principio de garantía colectiva

9.2.1.1. Excepción a la regla 1

9.2.1.1.1. Bienes excluidos

9.2.1.2. Excepción a la regla 2

9.2.2. Los Privilegios

9.2.2.1. Generales

9.2.2.2. Especiales

9.2.3. El Derecho de retencion

9.2.3.1. Requisitos para la procedencia del derecho de retención

9.2.3.1.1. 1) Que el acreedor se encuentre con la tenencia de la cosa perteneciente al deudor

9.2.3.1.2. 2) El crédito debe ser cierto y debe encontrarse el deudor en mora.

9.2.3.1.3. 3) Debe existir una relación de causalidad entre el crédito y la cosa.

9.2.3.2. Extinción de la retención

9.2.3.2.1. Es válido destacar que mientras subsista la retención, no será válido el tiempo transcurrido para el cómputo de los plazos de prescripción atento a que la misma es causal de interrupción del curso de prescripción extintiva del crédito

9.2.4. Las Medidas Cautelares

9.2.4.1. a) Embargo

9.2.4.1.1. Embargo preventivo

9.2.4.1.2. Embargo ejecutivo

9.2.4.1.3. Embargo ejecutorio

9.2.4.2. b) Inhibición general de bienes

9.2.4.2.1. Mientras el embargo afecta a una cosa en particular, la inhibición perturba a la persona, que resultará impedida de enajenar sus bienes o los que adquiera.

9.2.4.3. c) Anotación de litis

9.2.5. Ejecución Colectiva del Deudor

9.2.5.1. La ejecución colectiva es el medio utilizado en el caso de quiebra y en el cual en un proceso especial se liquidan todos los bienes del deudor (fallido) y se distribuye el producido entre los acreedores. Allí es fundamental la categorización de acreedores, ya que quienes tengan privilegio tendrán prioridad en el caso de la distribución

9.2.5.1.1. Concurso y Quiebra

9.2.6. Medidas de Protección del crédito. Las acciones

9.2.6.1. a. Acción Revocatoria

9.2.6.1.1. Por medio de esta acción se procura revocar el acto fraudulento ejecutando el bien correspondiente al patrimonio del deudor. La finalidad ulterior de la acción Pauliana es revocar el acto fraudulento, haciéndolo inoponible al acreedor que lo ejercita.

9.2.6.2. b. Acción de Simulación

9.2.6.3. c. Acción Subrogatoria

9.2.6.3.1. EJEMPLO

9.2.6.4. d. Acciones Directas

9.2.6.4.1. Tiene los mismos efectos que la acción subrogatoria o indirecta, pero se distingue porque ésta puede ejercitarse cuando concurren determinados requisitos y la indirecta sólo cuando lo permite la ley expresamente.

9.2.6.5. e. Acción de Separación de Patrimonios

9.2.6.6. f. Impugnación de Cosa Juzgada Írrita o Fraudulenta

10. Responsabilidad Civil(No terminado)(parte 2 del examen)

10.1. La Respondabilidad puede ser:

10.1.1. Responsabilidad Directa (Por el hecho propio)

10.1.1.1. Recae en mi la responsabilidad

10.1.2. Responsabilidad Indirecta (Por el hecho ajeno)

10.1.2.1. Recae en mi la responsabilidad pero por un hecho de una tercera persona, que depende de mi

10.1.2.2. Ejemplo: alguien que tenga a cargo, o mis hijos, empleados, etc

10.1.2.3. Cesacion de la responsabilidad

10.1.2.3.1. Cuando la persona se desliga de su responsabilidad por que otro esta cuidando o vigilando a la persona

10.1.2.3.2. Esta se puede dar en: en institutos educativos, tutores, niñeros

10.1.3. Responsabilidad Contractual

10.1.3.1. Cuando existe un contrato formal de por medio.

10.1.4. Responsabilidad Extracontractual

10.1.4.1. Cuando no existe contrato de por medio, es de palabra, sin normativa.

10.2. Sus Funciones

10.2.1. Funcion resarcitoria

10.2.2. Funcion preventiva

10.2.2.1. En esta funcion no es necesario que se genere un daño, pero si es antijuridico omitir la prevencion.

10.2.3. Funcion punitiva

10.3. Sus requisitos o presupuestos

10.3.1. 1) Antijuricidad

10.3.1.1. Cualquier acción u omisión que causa un daño a otro es antijurídica si no está justificada(Art 1717)

10.3.1.2. La Antijuricidad es FORMAL y Material

10.3.1.2.1. Es la accion humana o hecho humano contrario a el ordenamiento juridico.

10.3.1.3. Acción

10.3.1.3.1. La accion es un requisito para que exista la responsabilidad, es una exteriorizacion de una conducta, un hecho humano esta se puede dar por accion o omision.

10.3.1.4. Omision

10.3.1.4.1. Omision Pura

10.3.1.4.2. Comision por Omision

10.3.1.5. Justificativos o Eximenes

10.3.1.5.1. 1) Estado de necesidad

10.3.1.5.2. 2) Legitima defensa propia o de terceros

10.3.1.5.3. 3) Ejercicio regular de un derecho

10.3.1.5.4. 4) Consentimiento del Damnificado

10.3.1.6. Asuncion de riesgo

10.3.1.6.1. La exposición voluntaria por parte de la víctima a una situación de peligro no justifica el hecho dañoso ni exime de responsabilidad

10.3.1.6.2. Es indemnizado es el que se expone a una situacion de peligro para salvar a otro si resultase dañado.

10.3.1.6.3. A menos que sea un hecho del damnificado, este interrumpe el nexo causal

10.3.1.6.4. Ejemplo

10.3.2. 2) Daño

10.3.2.1. Daño (Daño-Lesion)

10.3.2.1.1. Hay daño cuando se lesiona un derecho o un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico, que tenga por objeto la persona, el patrimonio,

10.3.2.1.2. o un derecho de incidencia colectiva. (Derechos del estado)

10.3.2.2. Daño Resarcible(Daño-Consecuencia)

10.3.2.2.1. Para la procedencia de la indemnización debe existir un perjuicio directo o indirecto, actual o futuro, cierto y subsistente. (Art 1739)

10.3.2.2.2. Tiene que ser

10.3.2.3. Por el tiempo:

10.3.2.3.1. Daño Actual

10.3.2.3.2. Daño Futuro

10.3.2.4. Por el sujeto:

10.3.2.4.1. Daño directo

10.3.2.4.2. Daño indirecto

10.3.2.5. Por el bien o interes

10.3.2.5.1. Daño patrimonial

10.3.2.5.2. Daño extrapatrimonial

10.3.2.6. Por la consecuencia

10.3.2.6.1. Consecuencias Inmediatas

10.3.2.6.2. Consecuencias Mediatas previsibles

10.3.2.6.3. Daño Mediatas, o Casuales

10.3.3. 3) Relacion de Causalidad

10.3.3.1. Es la conexion que tiene un antecedente con su consecuente.

10.3.3.1.1. Le decimos antecedente a el hecho dañoso.

10.3.3.1.2. y a su consecuente, la consecuencia de resarcir este hecho dañoso.

10.3.3.2. Se indemnizan las consecuencias inmediatas y las mediatas previsibles.

10.3.3.3. Existen diferentes teorias:

10.3.3.3.1. Teoria de equivalencia de condiciones

10.3.3.3.2. Teorias que individualizan

10.3.3.4. Interrupcion del Nexo Causal

10.3.3.4.1. 1) Hecho del Damnificado

10.3.3.4.2. 2) Hecho de un tercero

10.3.3.4.3. 3) Caso fortuito o fuerza mayor

10.3.3.4.4. 4) Imposibilidad de incumplimiento

10.3.4. 4) Factores de atribucion

10.3.4.1. Son atribuciones de responsabilidad a el autor de la conducta dañosa. Estos se dividen en dos:

10.3.4.2. Factor de atribucion Objetivo

10.3.4.2.1. Teoria del riesgo creado

10.3.4.2.2. Obligacion de Seguridad

10.3.4.2.3. Garantia

10.3.4.2.4. Equidad

10.3.4.2.5. Abuso del Derecho

10.3.4.3. Factor de atribucion Subjetivo

10.3.4.3.1. 1) Culpa

10.3.4.3.2. 2) Dolo

10.3.4.3.3. La prueba - la malicia

10.4. Responsabilidades Especiales

10.5. Eximenes de la responsabilidad

10.5.1. Los eximenes de la responsabildiad son

10.5.1.1. La diligencia debida

10.5.1.2. La falta de adecuada relación de causalidad

10.5.1.2.1. Una causa ajena que rompa el nexo de causalidad esta puede ser por el

10.5.1.3. el uso de la cosa contra la voluntad expresa o presunta del dueño o del guardián