1. Se divide en
1.1. Artículo 11. El derecho a la vida
1.1.1. Articulo 12. Derecho a una vida pacifica
1.1.1.1. Articulo 13. Derecho a la libertad
1.1.1.1.1. Articulo 14. Derecho al reconocimiento de su personalidad
1.2. Articulo 21. Derecho a la honra
1.2.1. Articulo 22. Derecho a la paz
1.2.1.1. Articulo 23. Derecho a hacer peticiones a las autoridades
1.2.1.1.1. Articulo 24. Todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional
1.3. Derechos económicos
1.3.1. Derecho a la alimentación. Es el derecho que tiene cada uno a alimentarse con dignidad, tener acceso continuo a los recursos que le permitirán producir, ganar o poder comprar suficientes alimentos, y no solamente para prevenir el hambre sino también para asegurar la salud y el bienestar
1.3.1.1. Derecho a una vivienda adecuada. Es un derecho de carácter asistencial que requiere de un desarrollo legal previo y que debe ser prestado directamente por la administración o por las entidades asociativas que sean creadas para tal fin.
1.3.1.1.1. Derecho a la salud. Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad
1.4. Derechos Culturales
1.4.1. Toda persona tiene derechos culturales, el derecho a la ciencia y el derecho a la protección de los intereses de autoría. Estos garantizan el derecho a participar y disfrutar de los beneficios de la cultura y la ciencia, y se refieren a la búsqueda del conocimiento, la comprensión y la creatividad humana
1.4.1.1. Derecho participación en la vida cultural. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
1.5. Derechos sociales
1.5.1. Derecho al trabajo. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
1.5.1.1. Riegos laborales. El estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna.
1.5.1.1.1. Pensiones y beneficiarios. Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliara progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley.