DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS

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DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS por Mind Map: DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS

1. Art. 141

1.1. Las personas físicas que obtengan ingresos distintos de los señalados en los capítulos anteriores, los considerarán percibidos en el monto en que al momento de obtenerlos incrementen su patrimonio.

1.1.1. salvo en los casos de los ingresos a que se refieren los artículos 143, fracción IV y 177 de esta Ley.

1.1.1.1. otros se acumularían si estuvieran sujetas al Título II de esta Ley.

2. Art. 142

2.1. establece que los ingresos sujetos a impuestos incluyen

2.1.1. entre otros, el perdón de deudas, la ganancia cambiaria y los intereses de créditos no cubiertos por otro capítulo de la ley

2.1.2. así como las prestaciones obtenidas por fianzas o avales no prestados por instituciones autorizadas y los ingresos de inversiones en sociedades extranjeras sin establecimiento permanente en el país, excluyendo los dividendos o utilidades mencionados en la fracción V del artículo.

2.1.3. Los dividendos o utilidades distribuidos por sociedades extranjeras residentes.

2.1.4. En caso de reducción de capital o liquidación de sociedades extranjeras residentes, se determina el ingreso restando al reembolso por acción el costo de adquisición actualizado de la acción.

2.1.5. Las personas físicas que reciben dividendos o utilidades deben acumularlos para el impuesto sobre la renta y pagar un impuesto adicional del 10% sobre el monto efectivamente distribuido.

2.1.6. Ingresos derivados de concesiones, permisos, autorizaciones, contratos otorgados por entidades gubernamentales, y derechos amparados por solicitudes en trámite.

2.1.7. Ingresos provenientes de la explotación del subsuelo a través de actos o contratos celebrados con el superficiario.

2.1.8. Ingresos de la participación en los productos del subsuelo obtenidos por personas distintas al concesionario, explotador o superficiario.

2.1.9. Intereses moratorios, indemnizaciones por perjuicios y otros ingresos derivados de cláusulas penales o convencionales.

2.1.10. La parte proporcional del remanente distribuible de personas morales determinado en el Título III de la Ley.

2.1.11. Ingresos por derechos de autor de personas distintas al autor.

2.1.12. Cantidades acumulables según la fracción II del Artículo 185 de la Ley.

2.1.13. Cantidades correspondientes al contribuyente como condómino o fideicomisario de un bien inmueble destinado a hospedaje otorgado en administración a un tercero.

2.1.14. Ingresos derivados de operaciones financieras derivadas y operaciones financieras según lo establecido en el artículo 146 de la Ley.

2.1.15. Ingresos estimados según la fracción III del Artículo 91 de la Ley y aquellos determinados por las autoridades fiscales en cumplimiento de las leyes fiscales.

2.1.16. Cantidades pagadas por instituciones de seguros a asegurados o beneficiarios que no se consideren intereses o indemnizaciones según lo establecido en la ley.

3. Art 143

3.1. Las percepciones del acreedor se aplican primero a los intereses vencidos, salvo en casos de adjudicación judicial de deudas.

3.2. Si el acreedor recibe bienes del deudor para pagar la deuda, se calcula el impuesto sobre los intereses vencidos, siempre que el valor cubra el capital y los intereses.

3.3. Si los bienes recibidos solo cubren el capital, no se paga impuesto sobre los intereses si el acreedor renuncia a reclamarlos.

3.4. Si la adjudicación de bienes se realiza a un tercero, los intereses vencidos se calculan restando las cantidades recibidas por el acreedor del capital adeudado, siempre que no se reserve derechos contra el deudor.

3.5. El perdón total o parcial de la deuda da lugar al pago de impuestos por parte del deudor sobre el capital y los intereses perdonados.

3.6. Los ingresos por créditos o préstamos a residentes en México son acumulables cuando se cobren en efectivo, bienes o servicios.

3.7. Los ingresos por depósitos en el extranjero, créditos o préstamos a residentes en el extranjero son acumulables cuando se devenguen.

3.8. Los intereses y ajustes al principal de créditos o deudas denominados en unidades de inversión son acumulables.

4. Art 144

4.1. establece lo siguiente

4.1.1. En resumen, el artículo establece los pagos provisionales semestrales que deben realizar los contribuyentes por los ingresos mencionados, así como las retenciones que deben efectuar las personas que realicen los pagos a estos contribuyentes.

5. Art 145

5.1. establece lo siguiente

5.1.1. En resumen, el artículo establece los pagos provisionales a cuenta del impuesto anual que deben realizar los contribuyentes que obtengan ingresos mencionados en este Capítulo. Para ingresos esporádicos, se aplica una tasa del 20% al ingreso percibido, mientras que para ingresos periódicos se realizan pagos mensuales basados en la tarifa del Artículo 96. Las personas morales que realicen pagos a estos contribuyentes deben retener el 20% del monto de los ingresos y proporcionar un comprobante fiscal.

6. Art 146

6.1. En resumen, el artículo regula la forma de calcular y retener impuestos en operaciones financieras derivadas, así como las disposiciones sobre ganancias y pérdidas en dichas operaciones.