REVISORIA FISCAL

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REVISORIA FISCAL por Mind Map: REVISORIA FISCAL

1. Condiciones para Sociedades contratar un revisor fiscal

1.1. Ejecución de los trabajos: La importancia de tener definidos los programas de trabajo y la evidencia de las actividades ejecutadas.

1.2. Recursos humanos: Personal calificado que pueda desarrollar las actividades delegadas dentro de los encargos de auditoria.

1.3. Monitoreo: Seguimiento a las actividades que realizan los consultores en la firma

1.4. Liderazgo y responsabilidad por la calidad dentro de la firma: Hace referencia al sistema establecido para controlar procesos eficaces y de mejora continua.

1.5. Debe demostrar la preparación y experiencia adecuada

1.6. El revisor fiscal puede ser contratado por contrato de trabajo o por prestación de servicios siempre teniendo en cuenta que no puede aplicar subordinación sobre su labor.

1.7. Requisitos éticos: Las firmas deben diseñar un código de ética aplicable a todo el equipo de trabajo

1.8. Verificar que no tenga ninguna inhabilidad o incompatibilidad.

2. Obligatoriedad de la revisoría fiscal según el ente económico.

2.1. Las entidades del sector real sometidas a la acción de la Superintendencia de la Economía Solidaria estarán obligadas a tener revisor fiscal cuando el total de sus activos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente a quinientos (500) SMMLV

2.2. Sociedades contratar un revisor fiscal Comerciales

2.2.1. Las sociedades por acciones

2.2.2. Las sucursales de compañias extranjeras

2.2.3. Las sociedades en las que, por ley o por estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga el número de socios excluidos de la administración que representen no menos del 20% del capital.

2.2.4. Las sociedades que lo determinen y así lo dispongan en los estatutos.

2.3. Entidades que pertenezcan al sector financiero sometidas al control y vigilancia de la superintendencia financiera

2.3.1. Bancos

2.3.2. Corporaciones Financieras, de Ahorro y vivienda.

2.3.3. Compañías de financiamiento (Leasing, Factoring, renting etc.).

2.3.4. Sociedades Fiduciarias.

2.3.5. Las cooperativas especializadas de ahorro y crédito.

2.3.6. Las cooperativas integrales con sección de ahorro y crédito, entre otras.

2.4. Entidades Sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud.

2.4.1. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS).

2.4.2. IPS. Las instituciones Prestadoras de Salud. (Siempre y cuando cumpla los requisitos del articulo 203 del Código de comercio y Ley 43 de 1990 Art. 13 Parágrafo 2) Circular Externa 034 de 2006 Súper Salud.

2.4.3. ESS. Las Empresas solidarias de Salud.

2.4.4. En general todas aquellas que pertenezcan al sistema de seguridad social en salud.

2.5. Otras Entidades

2.5.1. Sociedades de economía mixta.

2.5.2. Asociaciones, fundaciones e instituciones de utilidad común.

2.5.3. Empresas de servicios públicos domiciliarios.

2.5.4. Empresas comunitarias.

2.5.5. Fondos ganaderos.

2.5.6. Corporaciones autónomas regionales.

2.5.7. Asociaciones, fundaciones e instituciones de utilidad común.

2.5.8. Cajas de compensación familiar.

2.5.9. Las cámaras de comercio.

2.5.10. Propiedades horizontales mixtas o comerciales.

3. Órgano de fiscalización de las empresas, que tiene como finalidad verificar el cumplimiento de normas internas y externas, y dictaminar los estados financieros, entre otras responsabilidades.

4. Inhabilidades para ejercer como revisor fiscal

4.1. Situación o hechos que impide que este pueda actuar como tal, estas tienen su origen en la prevención de conflicto de intereses que pueden surgir entre el revisor fiscal y las situaciones que la ley ha considerado.

4.2. Quienes sean asociados de la misma compañía o de alguna de sus subordinadas, ni en éstas, quienes sean asociados o empleados de la sociedad matriz;

4.3. el artículo 51 de la Ley 43 de 1990 establece que si el Contador actuó como tal para una sociedad, debe rehusar el cargo o funciones de Auditor Externo o Revisor Fiscal de la misma empresa o de su subsidiaria y/o filiales por lo menos durante los (6) seis meses después de haber dejado sus funciones.

4.4. Quienes desempeñen en la misma compañía o en sus subordinadas cualquier otro cargo. Quien haya sido elegido como revisor fiscal, no podrá desempeñar en la misma sociedad, ni en sus subordinadas ningún otro cargo durante el período respectivo