1. DESCENTRALIZACION
1.1. TERRITORIAL
1.1.1. Sistema de organización administrativo a través del cual el poder central transfiere competencias a órganos subnacionales o entidades territoriales para que estos las gestionen con autonomía e independencia.
1.2. ADMINISTRATIVA
1.2.1. Por servicio
1.2.1.1. Otorgamiento de competencias o funciones administrativas a entidades que se crean para ejercer una actividad especializada.
1.2.2. Por Colaboracion.
1.2.2.1. Instrumento que permite asignar funciones administrativas a las Cámaras de Comercio, sin que el uso de este mecanismo pueda ser considerado contrario a lo dispuesto en la Carta Política.
2. ¿Que es?
2.1. Delegación es la traslación por un ente u órgano superior a otro de nivel inferior del ejercicio de una competencia, reteniendo el delegante la titularidad de la misma.
3. ¿Como se delega?
3.1. Por escrito. atendiendo las reglas de la ley y la de sus estatutos.
4. ¿Quien puede delegar?
4.1. Ministros, directores de departamentos, superintendentes, directivos, entre otros.
5. Se registra al interior de cada entidad.
5.1. No implica delegacion y puede ser por territorios y por funciones.
6. ¿A quien se puede delegar?
6.1. A empleados publicos.
7. DESCONCENTRACION
7.1. ¿Que es?
7.1.1. Desconcentracion es la radicacion de competencias y funciones ubicadas fueras de la sede principal o del organismo u entidad.
7.2. Caracteristicas.
7.3. Ley 489 de 1998
7.3.1. Son entidades creadas por la ley o autorizadas por ella y que cumplen funciones administrativas. Son creados por el Congreso, o por el Presidente, previa delegación del órgano legislativo.