
1. Estructura funcional del servicio farmacéutico.
1.1. Objetivos.
1.1.1. Proporcional una gestión clínica de la farmacoterapia de buena calidad y óptima en conjunto con el servicio médico y trabajo en equipo entre los servicios farmacéuticos y el servicio hospitalario, garantizando un tratamiento eficaz, seguro y a un bajo costo para el bienestar de los pacientes o grupos de pacientes allí tratados.
1.2. Funciones.
1.2.1. Los procesos corresponden a la elaboración de preparaciones magistrales, adecuaciones y ajuste de concentraciones de dosis de los medicamentos para cumplir con las dosis prescriptas.
1.2.1.1. Reempaque y reenvasé de medicamentos para la distribución de medicamentos de dosis unitarias para los pacientes hospitalizados o ambulatorios
1.2.2. Comité de Farmacia y terapéutica
1.2.2.1. Donde todas las instituciones prestadoras de servicios de salud la deberán poner en funcionamiento que brinda asesorías en el ámbito de sus funciones.
1.2.2.1.1. Integración.
1.2.2.1.2. Invitación a reuniones.
1.2.2.1.3. Periodicidad de reuniones.
1.2.2.1.4. Funciones del comité de Farmacia y Terapéutica.
1.2.2.1.5. Naturaleza del comité de Farmacia y Terapéutica.
1.2.2.1.6. Horarios de atención del Servicio Farmacéutico Hospitalario.
1.3. Requisitos.
1.3.1. Infraestructura.
1.3.1.1. Condiciones locativas.
1.3.1.1.1. Estos establecimientos deben contar con un área física exclusiva, independiente, circulación restringida, segura, limpia y ordenada.
1.3.2. Dotación.
1.3.2.1. Dependiendo su complejidad, estará dotado de equipos, instrumentos, materiales, literatura científica disponible y aceptada internacionalmente, soporte bibliográfico actualizado sobre estabilidad y compatibilidad, farmacopea oficialmente adoptada en Colombia, los cuales son de suma importancia para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y procesos a realizar.
1.3.3. Recursos humanos.
1.3.3.1. Calidad del recurso humano
1.3.3.1.1. Esta contará solo con el personal que cuente con los requisitos señalados en la normatividad vigente y la cantidad suficiente para garantizar el correcto cumplimiento de los procesos y actividades del servicio farmacéutico hospitalario.
1.3.3.2. Dirección
1.3.3.2.1. Esta se elaborará de la siguiente manera.
1.3.3.3. Dirección excepcional
1.3.3.3.1. La dirección de baja complejidad podrá ser dirigido por un auxiliar en servicio farmacéutico de fácil aseso a los recursos en conformidad con los artículos 446 de la ley 09 de 1979.
1.3.3.3.2. Las áreas especiales son consideradas como carentes de facilidad de acceso a los recursos ordinarios de salud, no solo geográficamente, sino también carentes de un químico farmacéutico o tecnólogo de recia de farmacia.
1.3.3.4. Prohibición de designación
1.3.3.4.1. Donde no se permite designar a un auxiliar en servicios farmacéutico a la dirección del servicio farmacéutico hospitalario de baja complejidad, cuan exista la disponibilidad de un tecnólogo en regencia de farmacia o un químico farmacéutico.
1.4. Formas de prestación de servicios.
1.4.1. Las entidades de saluda ofrecen a los pacientes hospitalizados los medicamentos y dispositivos médicos que requieran para su tratamiento.
1.4.2. En casos especiales dan servicios a pacientes no internos conocidos como servicio farmacéutico ambulatorio y estos servicios pueden ser propios o contratada.
1.5. Procesos.
1.5.1. Las instituciones de salud que contraten procesos relacionados con medicamentos y dispositivos médicos deberán declararlos y el contratista deberá prestar su servicio dentro de dicha institución de salud.
1.5.1.1. Las entidades encargadas de validar la legalidad de la documentación y el cumplimiento de los procedimientos deben hacer visitas de inspección.
1.5.2. Las autoridades territoriales prestadora de servicios de salud autoriza los procesos del servicio farmacéutico donde se ve la atención farmacéutica a los pacientes que la necesiten.
1.5.3. El INVIMA da los certificados de cumplimiento de buenas prácticas de elaboración, para las preparaciones magistrales y demás actividades donde hay intervención física en los medicamentos.
1.6. Grado de complejidad.
1.6.1. Servicios farmacéuticos hospitalarios de baja complejidad.
1.6.1.1. Este servicio debe contar con áreas:
1.6.1.1.1. 1. Administrativas delimitadas 2. Recepción de medicamentos y dispositivos médicos 3. Cuarentena de medicamentos 4. Almacenamiento tomando en cuenta el tipo de productos 5. Almacenamiento de medicamentos de control especial 6. Dispensación y entrega de medicamentos y dispositivos médicos 7. Almacenamiento para medicamentos que deben ser desnaturalizados o destruidos por vencimiento o deterioro. 8. Almacenamiento de productos devueltos y retirados del mercado 9. Manejo y disposición de residuos
1.6.2. Servicios farmacéuticos hospitalarios de mediana y alta complejidad.
1.6.2.1. Este servicio, además de contar con las áreas ya mencionadas, contará con las siguientes áreas adicionales:
1.6.2.1.1. 1. Independiente para la elaboración de preparaciones magistrales como: mezcla de nutrición parenteral, adecuaciones y ajuste de concentraciones de medicamentos oncológicos, preparaciones estarles, adecuaciones y ajuste de concentraciones de otro medicamento para el cumplimiento de la dosis prescrita y radio fármacos. 2. Reempaque y reenvasé 3. Segregación, disposición y distribución de medicamentos en dosis unitarias. 4. Asesoría de los usuarios, programas de farmacovigilancia, PRM, PRUM y atención farmacéutica a paciente o grupo de pacientes que lo requieran.