Sistema general de Pensiones
por Andrea De Los Angeles Ríos Beltrán
1. Conjunto de organismos y procedimientos, organizados por el Estado, que protegen a sus afiliados contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte.
2. Características
2.1. 1.La afiliación es obligatoria para los trabajadores dependientes e independientes.
2.1.1. Milestones
2.2. 2.La selección de cualquiera de los regímenes es libre y voluntaria por parte del afiliado
2.3. 3.Los afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones y de las pensiones de invalidez, vejez y sobrevivientes.
2.4. 4.Los afiliados deben hacer sus aportes mensuales.
2.5. 5.El traslado de Régimen se puede realizar cada 5 años, pero no podrá trasladarse de Régimen cuando le falten 10 años o menos para cumplir la edad para la pensión de vejez.
3. Tipo de Pensiones
3.1. 1.Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida:
3.1.1. Todos los aportes van a un fondo común administrado por el Instituto de Seguro Social (ISS)
3.1.1.1. En este régimen la persona se afilia al ISS o a cajas y fondos del sector público
3.1.1.1.1. El régimen se financia con los aportes de los afiliados y empleadores y con sus rendimientos, cotizaciones que son obligatorias.
3.2. 2. Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS):
3.2.1. Los afiliados tienen una cuenta individual de ahorro, por lo cual cada trabajador es propietario de su cuenta de ahorro con sus rendimientos respectivos
3.2.1.1. Las personas pueden hacer aportes adicionales que se catalogan como ahorros voluntarios, con el fin de incrementar el dinero que determinará el monto de la pensión.