Técnicas de interpretación jurídica

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Técnicas de interpretación jurídica por Mind Map: Técnicas de interpretación jurídica

1. Analogía

1.1. Qué es

1.1.1. Técnica que se utiliza cuando hay una laguna jurídica por no existir una norma específica para un caso en particular

1.2. Cómo se resuelve

1.2.1. Aplicación de normas similares

1.2.1.1. Se aplica una norma que regule una situación similar

1.3. Ejemplo

1.3.1. Caso

1.3.1.1. Contradicción de criterios 48/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en Guadalajara, Jalisco

1.3.2. Problemática

1.3.2.1. Se presenta la cuestión de si es necesario llamar como terceros al juicio oral mercantil a los destinatarios de transferencias electrónicas en casos de acción de nulidad. Hay dos posturas confrontadas: una que sostiene que sí deben ser llamados si pueden ser identificados, y otra que argumenta que no, porque el beneficiario de la transferencia no tiene interés legal en el asunto

1.3.3. Solución

1.3.3.1. Se aplicó la analogía como técnica de interpretación legal. Se utiliza el artículo 1390 bis 13 del Código de Comercio por analogía. Esto significa que se toma una disposición legal que originalmente no está diseñada para el caso específico que se está tratando, pero que se considera similar o compatible, y se aplica a la situación en cuestión. En este caso, se utiliza esa disposición del Código de Comercio para establecer los requisitos para llamar como terceros a los destinatarios de transferencias electrónicas en un juicio oral mercantil, aunque el Código de Comercio no trate específicamente ese tema

1.3.4. Datos del caso

1.3.4.1. Registro digital: 2028405 Instancia: Plenos Regionales Undécima Época Materia(s): Civil Tesis: PR.C.CS. J/23 C (11a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 35, Marzo de 2024, Tomo V, página 4469 Tipo: Jurisprudencia

2. Antinomia

2.1. Qué es

2.1.1. Dos normas de un mismo sistema jurídico entran en conflicto

2.2. Cómo se resuelve

2.2.1. Pincipio o criterio cronológico

2.2.1.1. La norma posterior prevalece sobre la norma anterior

2.2.2. Principio o criterio por especialidad

2.2.2.1. Una norma especial se aplica sobre una norma general

2.2.3. Principio o criterio jerárquico

2.2.3.1. Tiene preferencia la norma de mayor jerarquía

2.3. Ejemplo

2.3.1. Caso

2.3.1.1. Caso sobre las notificaciones por boletín jurisdiccional en juicios administrativos federales (artículos 65 y 70 de la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo)

2.3.2. Problemática

2.3.2.1. Este caso trata sobre cómo se deben realizar las notificaciones en los juicios administrativos federales. Hay dos artículos en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo que parecen entrar en conflicto (artículos 65 y 70). Uno dice que las notificaciones por boletín jurisdiccional surten efecto tres días hábiles después de su publicación, mientras que otro dice que surten efecto al día hábil siguiente a su realización

2.3.3. Solución

2.3.3.1. La antinomia se resolvió utilizando el criterio de especialidad. En este caso, se favoreció la norma más específica sobre la más general. La norma específica es aquella que regula las notificaciones por boletín jurisdiccional en los juicios administrativos federales, mientras que la norma general trata sobre las notificaciones en general. Al aplicar el principio pro persona, se optó por darle prioridad a la norma especial, ya que esta otorga más tiempo para impugnar una resolución, lo cual beneficia más a las personas involucradas en el juicio. Esta decisión se basa en el derecho humano al acceso a la justicia y en el principio pro persona, que está en la Constitución. Por lo tanto, se establece que las notificaciones por boletín jurisdiccional surten efecto tres días hábiles después de su publicación, para dar más tiempo a las personas para actuar en su defensa.

2.3.4. Datos del caso

2.3.4.1. Registro digital: 2021895 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Décima Época Materia(s): Administrativa Tesis: XIII.2o.C.A.2 A (10a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 77, Agosto de 2020, Tomo VI, página 6113 Tipo: Aislada