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LEY ORGÁNICA QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA

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LORULF por Mind Map: LORULF

1. LEY ORGÁNICA QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA

1.1. Normar el uso legítimo y excepcional de la fuerza por parte del Estado conferido a las servidoras y servidores de la Policía Nacional

2. ART 10.-PRINCIPIOS PARA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA

2.1. Legalidad

2.1.1. Uso legítimo limitado

2.1.1.1. Fundamentan su actuar en instrumentos

2.1.1.1.1. NORMATIVOS NACIONALES

2.1.1.1.2. NORMATIVOS INTERNACIONALES

2.2. Absoluta necesidad

2.2.1. Uso de fuerza estrictamente necesario

2.2.1.1. Los servidores policiales adecuarán su doctrina, formación y equipamiento a la realidad de la situación a enfrentar.

2.2.1.1.1. Necesidad

2.3. Proporcionalidad

2.3.1. Evaluar proporcionalidad del uso legítimo

2.3.1.1. FACTORES A EVALUAR

2.3.1.1.1. La intensidad y gravedad de la amenaza

2.3.1.1.2. La forma de proceder de la persona intervenida

2.3.1.1.3. Las condiciones del entorno

2.3.1.1.4. Los medios que disponga o estén al alcance de la servidora o servidor para abordar la situación específica.

2.4. Precaución

2.4.1. Minimizar y prevenir uso de fuerza

2.4.1.1. Para el empleo de la fuerza física, potencial o intencionalmente letal.

2.4.1.1.1. VALORACIÓN RAZONABLE

2.4.1.1.2. MINIMIZAR POSIBLES RIESGOS Y CONSECUENCIAS

2.4.1.1.3. SERVIDORES POLICIALES

2.4.1.1.4. PERSONA INTERVENIDA

2.4.1.1.5. TERCERAS PERSONAS

2.5. Humanidad

2.5.1. Prohibir violencia innecesaria en paz

2.5.1.1. DISTINGIR A LAS PERSONAS POR SUS ACCIONES

2.6. No discriminación

2.6.1. no usarán la fuerza de manera discriminatoria contra ninguna persona o grupos de personas

2.6.1.1. El uso legítimo de la fuerza es aplicado de manera

2.6.1.1.1. Profesional

2.6.1.1.2. legal y legítima

2.7. Rendición de Cuentas

2.7.1. están sujetos a control y rendición de cuentas y serán responsables por las disposiciones que impartan

3. Art. 8.- Uso de la fuerza potencial e intencionalmente letal en sentido restrictivo

3.1. Prohibido uso de armas letales salvo en los siguientes casos:

3.1.1. Se permite el uso de armas de fuego en defensa propia o de otras personas si existe amenaza inminente de muerte o lesiones graves.

3.1.2. El uso de armas de fuego es permitido para evitar la comisión de un delito que conlleve amenaza inminente de muerte o lesiones graves.

3.1.3. Las armas de fuego pueden usarse para detener a una persona que represente amenaza de muerte o lesiones graves y resista a la autoridad.

3.1.4. Es permitido usar armas de fuego para impedir la fuga de una persona que represente amenaza de muerte o lesiones graves si otras medidas son insuficientes.

4. Art 13. NIVELES DE USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA.

4.1. Fuerza intencionalmente letal Fuerza potencialmente letal

4.2. Técnicas defensivas menos letales.

4.3. Control físico

4.4. Verbalización

4.5. Presencia

5. Art15. NIVELES DE AMENAZA, RESISTENCIA Y AGRESIÓN DE LA PERSONA INTERVENIDA

5.1. Amenaza o agresión letal inminente.

5.2. Agresión no letal.

5.3. Resistencia defensiva o física.

5.4. Resistencia pasiva.

5.5. Amenaza o peligro latente