DECRETO 780 DE 2016 SISTEMA OBLIGATORIO DE LA GARANTÍA DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN EN SALUD (SOGCS)

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
DECRETO 780 DE 2016 SISTEMA OBLIGATORIO DE LA GARANTÍA DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN EN SALUD (SOGCS) por Mind Map: DECRETO 780 DE 2016 SISTEMA OBLIGATORIO DE LA GARANTÍA DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN EN SALUD (SOGCS)

1. DANIELA BLANDON GARCIA

2. Manual de prestadores y habilitación de servicios de salud

3. ACCESIBILIDAD OPORTUNIDAD SEGURIDAD PERTINENCIA CONTINUIDAD

4. Define: 1. Los servicios de salud que se pueden prestar 2. Condiciones para verificar la habilitación 3. Estándares y criterios para la habilitación

5. ENTIDADES RESPONSABLES DEL FUNCIONAMIENTO DEL SOGCS: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL, SUPER SALUD, ENTIDADES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES DE SALUD.

6. EL SISTEMA UNICO DE HABILITACION (SUH) RESOLUCION 3100 DE 2019

6.1. ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE SALUD

6.1.1. Grupo

6.1.1.1. Conjunto de servicios de salud

6.1.2. Servicio de salud

6.1.2.1. Unidad básica habilitable

6.1.3. Modalidad

6.1.3.1. Intramural

6.1.3.2. Extramural

6.1.3.2.1. Unidad movil Domiciliaria Jornada de salud

6.1.3.3. Telemedicina

6.1.3.3.1. Telemedicina interactiva Telemedicina no interactiva Telexperticia Telemonitoreo

6.1.4. Complejidad

6.1.4.1. Baja Mediana Alta

6.2. ESTANDARES DE HABILTACION

6.2.1. Talento humano

6.2.1.1. Formación continua por parte del prestador

6.2.1.1.1. 1. Análisis de necesidades de formación 2. Planificación de acciones de formación 3. Definición de los contenidos 4. Duración de las acciones 5. Determinación de formadores 6. Ejecución y seguimiento

6.2.1.2. Perfil o perfiles mínimos

6.2.2. Infraestructura y su mantenimiento

6.2.2.1. Garantizar privacidad y la seguridad de los pacientes

6.2.2.2. Áreas y ambientes mínimos e indispensables

6.2.3. Dotación y su mantenimiento

6.2.3.1. Equipos biomédicos para la atención de los pacientes

6.2.3.2. Tecnovigilancia

6.2.3.2.1. Sistema de vigilancia postmercado de dispositivos médicos que identifica, gestiona y divulga los eventos adversos que presentan los dispositivos médicos durante su uso.

6.2.4. Medicamentos, insumos, dispositivos médicos y su gestión

6.2.4.1. Farmacovigilancia

6.2.4.1.1. Actividades relacionadas con la detección y prevención de los eventos adversos relacionados con medicamentos.

6.2.5. Procesos prioritarios asistenciales

6.2.5.1. Coordinar y organizar remisión de pacientes, garantizando la integralidad de la atención

6.2.6. Historia clínica y sus registros

6.2.6.1. Condiciones mínimas e indispensables

6.2.7. Interdependencia de servicios

6.2.7.1. Servicios de salud y apoyo indispensables

6.2.8. Otras consultas a nivel laboral

6.2.8.1. Prestación de servicios de salud con organismos de cooperación

6.2.8.2. Prestación de servicios de salud en situaciones de emergencia

6.3. PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD

6.3.1. Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)

6.3.2. Profesionales independientes de salud

6.3.3. Entidades con objeto social diferente

6.3.4. Transporte especial de pacientes

6.4. CONDICIONES DE HABILITACION

6.4.1. Condiciones de capacidad tecnico-administrativa

6.4.1.1. Clasificación de las empresas según su naturaleza jurídica

6.4.1.1.1. Derecho privado

6.4.1.1.2. Derecho publico

6.4.1.2. Existencia y representación legal

6.4.1.2.1. De acuerdo con su naturaleza jurídica para la inscripción en el REPS se deben de adjuntar diferentes documentos

6.4.1.3. Sistema contable

6.4.1.3.1. Documentos obligatorios para todas las IPS

6.4.2. Condiciones de suficiencia patrimonial y financiera

6.4.2.1. Condiciones para la estabilidad financiera de la IPS y su competitividad dentro del área

6.4.2.1.1. Patrimonio

6.4.2.1.2. Obligaciones mercantiles

6.4.2.1.3. Obligaciones laborales

6.4.3. Condiciones de capacidad tecnológica y científica

6.4.3.1. Protegen y dan seguridad a los usuarios

6.4.3.1.1. Estándares de habilitación

6.4.3.2. Fiabilidad Esencialidad Sencillez

6.5. PASOS PARA LA INSCRIPCION DE PRESTADORES Y HABILITACION DE LOS SERVICIOS

6.5.1. Inscripción del prestador

6.5.1.1. Inscripción en el REPS

6.5.1.1.1. Autoevaluación

6.5.1.1.2. Formulario de inscripción

6.5.1.1.3. Radicar el formulario de inscripción

6.5.2. Vigencia de la inscripción

6.5.2.1. Los incluidos en el REPS

6.5.3. Habilitación de servicios de salud

6.5.3.1. Autorización para prestar y ofertar servicios incluidos en SGSSS

6.5.3.1.1. Distintivos de habilitación

6.5.3.1.2. Generalidades de visitas

6.5.3.2. Verificación previa Oncologos, Atencion de parto, Transporte asistencial, Alta complejidad, Nueva institución, Cambio de complejidad

7. APLICA PARA: IPS, EPS, EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGADA Y EBTIDADES DEPARTAMENTALES, DISTRITAES Y MUNICIPALES DE SALUD

8. OBLIGATORIOS PARA ENTIDADES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES, IPS Y EAPB

9. AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA GARANTIA DE LA GARANTIA DE LA CALIDAD EN SALUD (PAMEC)

9.1. Realización de actividades de evaluación, seguimiento y mejoramiento de procesos. Comparación entre calidad esperada y calidad observada. Corregir desviaciones detectadas.

9.2. NIVELES DE OPERACION

9.2.1. Autocontrol

9.2.1.1. Cada miembro de la entidad planea, verifica, ejecuta y ajusta

9.2.2. Auditoria interna

9.2.2.1. Evaluación por parte de la misma institución

9.2.3. Auditoria externa

9.2.3.1. Ente externo a la institución evaluada

9.3. TIPOS DE ACCIONES

9.3.1. Acciones preventivas

9.3.2. Acciones de seguimiento

9.3.3. Acciones coyunturales

9.4. AUDITORIA SEGUN TIPO DE ENTIDAD

9.4.1. EAPB

9.4.1.1. Evaluación continua y sistemática para logro de resultados, adoptan criterios, estándares e indicadores para alcanzar calidad esperada

9.4.1.1.1. Autoevaluación de la red de prestadores

9.4.1.1.2. Atencion al usuario

9.4.2. IPS

9.4.2.1. Evaluación continua y sistemática para logro de resultados, adoptan criterios, estándares e indicadores para alcanzar calidad esperada

9.4.2.1.1. Autoevaluación del proceso de atención en salud

9.4.2.1.2. Atencion al usuario

9.4.3. Secretarias de salud

9.4.3.1. Compra de servicios para población pobre, asesorar a las EAPB e IPS

10. MONITOREAR ORIENTAR REFERENCIAR ESTIMULAR

11. SISTEMA DE INFORMACION PARA LA CALIDAD (SIC)

11.1. Las EAPB, IPS y Direcciones departamentales y distritales están obligados a generar y suministrar datos para el funcionamiento del SOGC

11.2. CONJUNTO DE INDICADORES PARA MEJORAR LA CALIDAD EN SALUD

11.2.1. INCAS 2017

11.2.1.1. Resultados por temáticas

11.2.1.1.1. Temática de atención materno infantil, atención del VIH, seguridad del paciente, etc

11.2.1.2. Indicadores de efectividad

11.2.1.2.1. Tasa de mortalidad perinatal, pacientes con DM estudiados para ERC, recién nacidos con tamizaje para HPT.

11.2.1.3. Indicadores de seguridad

11.2.1.3.1. Tasa de caídas de pacientes por servicio, infecciones asociadas a el uso del catéter, etc.

11.2.1.4. Indicadores de experiencia de la atención

11.2.1.4.1. Tiempo de espera para asignación de citas y realización de cirugías, etc.

12. ESTIMULAR LA COMPETENCIA POR CALIDAD ENTRE LOS AGENTES DEL SECTOR Y DE IGUAL FORMA ORIENTAR A LOS USUARIOS.

13. SISTEMA UNICO DE ACREDITACION (SUA)

13.1. Conjunto de procesos de implementación voluntaria por parte de las entidades para el cumplimiento de niveles de calidad superiores

13.2. ENTIDADES ACREDITADORAS

13.2.1. Entidades nacionales

13.2.1.1. Acreditada por a International Society for Quality in Healthcare (Isqua)

13.2.1.2. Contar con experiencia de mínimo 5 años

13.3. CICLO DE ACREDITACION

13.3.1. Selección de la entidad que acreditará

13.3.2. Autoevaluación por parte de la entidad

13.3.3. Planes de mejoramiento continuo

13.3.4. Evaluación externa confidencial

13.3.5. Otorgamiento de la acreditación

13.3.6. Seguimientos posteriores

13.4. MANUAL DE ESTANDARES

13.4.1. El Min Salud adoptara el uso de manuales de acreditación para las entidades registradas en el REPS

14. GRADUALIDAD MANEJO DE INFORMACION INTEGRALIDAD