1. DECRETO SUPREMO Nº 4453 DE 14 DE ENERO DE 2021
1.1. Objeto
1.2. En el marco de la transparencia y la lucha contra la corrupción en las contrataciones estatales, el Decreto Supremo tiene por objeto a. Establecer la Subasta Electrónica y el Mercado Virtual Estatal; b. Realizar modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios - NB-SABS.
1.3. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Viceministerio de Presupuesto y Contabilidad Fiscal por la Dirección General de Normas de Gestión Pública, plantea la elaboración de Reglamento de Contrataciones con Apoyo de Medios Electrónicos, cuyo modelo fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 088 de 29 de enero de 2021
2. CATÁLOGO DE BIENES Y/O SERVICIO
2.1. MUENLES
2.2. INMUEBLES
2.3. TANGIBLES Y INTANGOBLES
3. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
3.1. VALIDACIÓN DE FIRMA DIGITAL Y EVALUACION ECONOMICA
3.2. ALARACION DE PROPUESTA Y CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES
4. DECRETO SUPREMO N° 3548, DE 2 DE MAYO DE 2018
4.1. Objeto
4.1.1. El Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
4.1.2. El inciso a) del Artículo 9 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas como Órgano Rector tiene, entre otras.
4.2. ASPECTOS GENERALES
4.2.1. Las Contrataciones con Apoyo de Medios Electrónicos a través de su reglamento, tiene por regular el uso de medios electrónicos en las contrataciones públicas, en el marco del Decreto Supremo N° 3548, de 2 de mayo de 2018 y el Decreto Supremo Nº 4453 de 14 de enero de 2021 de Subasta Electrónica y Mercado Virtual Estatal.
4.2.2. El uso de medios electrónicos, para las modalidades de contratación con convocatoria pública, alcanzará a las siguientes actividades del proceso de contratación: a) Actividades Previas a la Presentación de Propuestas: i. Consultas Escritas; ii. Reunión de Aclaración y; iii. Reunión Informativa de Aclaración. b) Presentación y Apertura de Propuestas; c) Evaluación de Propuestas; d) Reunión de Aclaración de propuestas; e) Concertación de Mejores Condiciones; f) Subasta Electrónica
4.3. ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO RECTOR
4.3.1. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas como Órgano Rector del Sistema de Administración de Bienes y Servicios tiene, además de las establecidas en normativa vigente, las siguientes atribuciones:
4.3.2. a) Administrar la plataforma informática del Sistema de Contrataciones Estatales - SICOES. b) Garantizar la seguridad de la plataforma informática del SICOES; c) Prestar asistencia técnica operativa a entidades públicas y potenciales proveedores del Estado; d) Capacitar a entidades públicas y proveedores sobre el uso de la plataforma informática; e) Administrar el Catálogo de Bienes y Servicios; f) Evaluar las solicitudes de incorporación de atributos/características, sinónimos, asociación de objetos del gasto y otros para la actualización constante del Catálogo de Bienes y Servicios; g) Evaluar las denuncias de hallazgos de bienes publicados en el Mercado Virtual Estatal con información que carezca del Criterio de Seriedad, a efectos de aplicar la suspensión señalada en el Articulo 37 del presente reglamento; h) Suspender publicaciones de los bienes ofertados en el Mercado Virtual Estatal, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Artículo 37 del presente reglamento.
5. USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN CON CONVOCATORIA PÚBLICA
5.1. ACTIVIDADES PREVIAS Las actividades previas a la presentación de propuestas, con excepción de la Inspección Previa, se efectuarán con el uso de medios electrónicos, debiendo para tal efecto publicarse la fecha y hora de su realización. Las actividades previas serán de acceso público para todos los interesados en participar en los procesos de contratación.
5.2. CONSULTAS ESCRITAS Las consultas escritas se remitirán, conforme la fecha establecida en el cronograma de plazos del Documento Base de Contratación – DBC, al correo electrónico institucional que la entidad pública disponga en la convocatoria
6. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN Y ANULACIÓN
6.1. La Suspensión, Cancelación y Anulación de los procesos de contratación con uso de medios electrónicos considera lo dispuesto en el Artículo 28 de las NB-SABS
6.1.1. La cancelación procederá: a) Cuando exista un hecho de fuerza mayor y/o caso fortuito irreversible que no permita la continuidad del proceso; b) Se hubiera extinguido la necesidad de contratación;
6.1.2. La suspensión procederá cuando a pesar de existir la necesidad de la contratación, se presente un hecho de fuerza mayor y/o caso fortuito que no permita la continuidad del proceso. El proceso de contratación podrá ¿ reanudarse únicamente en la gestión fiscal