BIENES Y SU CLASIFICACIÓN

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BIENES Y SU CLASIFICACIÓN por Mind Map: BIENES Y SU CLASIFICACIÓN

1. Bienes Incorporables

1.1. Son aquellos que no tienen una existencia física, es decir, no son tangibles, pero pueden ser objeto de derechos.

1.1.1. Derechos de autor, acciones de una empresa, patentes, marcas, etc.

2. Bienes Corporales:

2.1. Son aquellos que tienen una existencia física, es decir, pueden percibirse por los sentidos. Estos bienes son tangibles

2.1.1. Ejemplos: Muebles, inmuebles, productos, alimentos, etc.

3. Bienes Inmuebles:

3.1. Son aquellos que no pueden trasladarse de un lugar a otro sin que se destruya o altere su naturaleza o esencia.

3.1.1. Ejemplos: Suelo y subsuelo (finca, parcela), Construcciones en el suelo (casa, edificio), Bienes utilizados para el beneficio del inmueble (naves, embarcaciones, diques, muelles), Propiedades residenciales (casas, apartamentos), Edificios comerciales (locales, oficinas, restaurantes, hoteles).

3.1.2. Subclasificación:

3.1.3. 1.Por su Naturaleza: Bienes que son inmuebles por estar físicamente adheridos al suelo, como una casa, un terreno, un edificio, etc. 2.Por su Destino: Bienes que, aunque son muebles, se consideran inmuebles porque están destinados de manera permanente a un inmueble principal. Por ejemplo, maquinaria instalada en una fábrica que se destina permanentemente al servicio de esa fábrica. 3.Por el Objeto al cual se Aplican: Se refiere a los derechos que recaen sobre bienes inmuebles, como una hipoteca, servidumbres, usufructo de un terreno, etc. Estos derechos se consideran inmuebles porque están vinculados a un bien inmueble.

4. Bienes Muebles:

4.1. Son aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya sea por sí mismos o por una fuerza externa, sin que se altere su naturaleza o su esencia.

4.1.1. Ejemplos: Sillas, Televisores, Computadores, Animales semovientes como las vacas y los caballos, Refrigeradores.

4.1.2. Subclasificación:

4.1.3. 1. Por su Naturaleza: Bienes que son muebles por su esencia, como una silla, un libro, un vehículo, etc. Estos bienes pueden ser trasladados de un lugar a otro. 2. Por Determinación de la Ley: Son aquellos que, aunque no son físicamente móviles, son considerados muebles por disposición legal. Por ejemplo, los derechos de autor, acciones de una empresa, o ciertos derechos que se pueden transferir.

5. Bienes Monstrencos:

5.1. Se refieren a bienes muebles (objetos, animales, etc.) que han sido abandonados o perdidos y no tienen un dueño aparente. Estos bienes también pueden ser reclamados por el Estado si no se encuentra al propietario.

5.1.1. Ejemplo: Un coche es abandonado en la vía pública durante mucho tiempo sin que nadie lo reclame. Después de los procedimientos legales pertinentes, si no se encuentra al dueño, este bien puede considerarse un bien monstrenco y el Estado podría disponer de él.

6. Bienes Vacantes:

6.1. Los bienes vacantes son aquellos bienes inmuebles (como tierras, casas, etc.) que no tienen dueño conocido o cuyos dueños han fallecido sin dejar herederos ni haber dispuesto de ellos en un testamento. Cuando no hay herederos, estos bienes se consideran vacantes y pasan a ser propiedad del Estado.

6.1.1. Ejemplo: Una persona fallece sin dejar testamento ni herederos conocidos. Si esta persona era dueña de una casa, esta propiedad se considera vacante y, según las leyes aplicables, podría pasar a manos del Estado.

7. Uso Común:

7.1. Se refiere a la utilización libre que puede hacerse de ciertos bienes del dominio público sin necesidad de un permiso especial, siempre y cuando se respete la normativa establecida para su uso.

7.1.1. Ejemplo:Caminar por una calle o disfrutar de un parque.

8. Bienes Destinados a un Servicio Público:

8.1. Estos son bienes del dominio público que el Estado utiliza específicamente para la prestación de un servicio público. A diferencia de los bienes de uso común, estos están directamente vinculados a una función pública y su uso está reservado para ese fin.

8.1.1. Ejemplos: Un hospital público, una escuela pública o un edificio gubernamental.

9. Bienes Propios:

9.1. Los bienes propios son aquellos que pertenecen al Estado o a las entidades públicas, pero que no están destinados al dominio público ni al servicio público. Pueden ser gestionados de manera similar a los bienes de dominio privado y, en algunos casos, pueden ser enajenados o utilizados para generar ingresos para el Estado.

9.1.1. Ejemplos: Un edificio de oficinas que pertenece a una entidad gubernamental y que se arrienda a empresas privadas.

10. Dominio Público:

10.1. los bienes que pertenecen al Estado y están destinados al uso y aprovechamiento de todos los habitantes. Estos bienes son inalienables, imprescriptibles e inembargables, lo que significa que no pueden ser vendidos ni adquiridos por prescripción y no pueden ser objeto de embargo.

10.1.1. Ejemplo: Las playas, los ríos, las carreteras y las plazas públicas.

11. Bienes Privados

11.1. Se refiere a aquellos bienes que pertenecen a particulares o al Estado, pero que no están destinados al uso público ni al servicio de la comunidad. Estos bienes pueden ser vendidos, arrendados o enajenados libremente por sus propietarios.

11.1.1. Ejemplo: Una casa o un terreno de propiedad de un individuo.

12. Sentido Económico

12.1. En este sentido, un "bien" es cualquier cosa que satisface una necesidad humana y tiene un valor económico.

12.1.1. Como un coche o una casa, o intangibles, como una patente o derechos de autor.

13. Diferencias entre Fungibilidad y Consumibilidad:

13.1. 1. Fungibilidad: Se refiere a la capacidad de un bien para ser intercambiado por otro de la misma especie y características. Un billete de 100 pesos es fungible porque puede ser sustituido por otro billete de 100 pesos. 2. Consumibilidad: Se refiere a si un bien se agota o desaparece con su uso. Un billete de 100 pesos no es consumible en el primer uso porque no se destruye al utilizarlo para una transacción, pero un alimento sí es consumible porque se consume al ser comido

14. Bienes No Consumibles:

14.1. Son aquellos que pueden ser utilizados en múltiples ocasiones sin que se agoten o desaparezcan. Estos bienes tienen una vida útil prolongada.

14.1.1. Ejemplos: Ropa, muebles, electrodomésticos, libros, vehículos, etc.

15. Bienes Consumibles por el Primer Uso:

15.1. Son aquellos que pueden ser utilizados en múltiples ocasiones sin que se agoten o desaparezcan. Estos bienes tienen una vida útil prolongada.

15.1.1. Ejemplos:: Alimentos, combustibles, bebidas, billetes de lotería, etc.

16. Bienes Fungibles:

16.1. Son aquellos que pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad, y cantidad. Estos bienes son intercambiables entre sí sin que el objeto en sí tenga una importancia individual.

16.1.1. Ejemplos: Dinero, granos de café, barriles de petróleo, etc.

17. Sentido Jurídico

17.1. Un “bien” se refiere a todo aquello que puede ser objeto de apropiación, es decir, algo que puede ser poseído y que tiene un valor o utilidad.

17.1.1. La vida de las personas, la libertad individual.

18. Bienes No Fungibles:

18.1. Son aquellos que no pueden ser sustituidos por otros de la misma especie, calidad, y cantidad. Estos bienes son únicos y tienen un valor particular.

18.1.1. Ejemplos: Una obra de arte, un anillo de compromiso, un terreno, un coche clásico, etc.

19. Diferencia con Consumibilidad:

19.1. La fungibilidad se refiere a la capacidad de un bien para ser sustituido por otro de igual especie, mientras que la consumibilidad se refiere a si un bien se agota o consume con su uso. Un bien fungible puede o no ser consumible.