DEL REGISTRO DE CLASES, PUNTOS Y ASCENSOS.
por Yessica Juarez
1. Articulo 30
1.1. El cambio de nivel no implica pérdida escalafonaria simepre que el docente haya conquistado 60 puntos
2. Artículo 31
2.1. Gozaran de bonificaciones adecuadas todo aquel profesor que preste sus servicios en clima malsano o enlugares de malas condiciones.
3. Articulo 32
3.1. La dirección de estadistica escolar y escalafón con base en el infome de la junta calificadora notificara acerca de las anotaciones que se han en su hoja de servicios.
4. Articulo 33
4.1. Los docentes que esten trabajando en el nivel disitno gozarán de los porcentajes que se refiere el articulo 4
5. ARTICULO 25
5.1. La superación profesional, serán evaluados por la junta calificadora del personal y registrados detalladamente en clases y niveles educativos, por la ley escolar y escalafón.
5.1.1. Para el nivel de Educación Pre-Primaria
5.1.2. Para el nivel de educaciónPrimaria .
5.1.3. Para el nivel de educación secundaria y normal
5.1.4. Para el nivel de educación vocacional y técnica
5.1.5. Para el nivel de educación especial
6. Articulo 26
6.1. Reformado por articulo 2 decreto número 87-2000 del congreso de la república
6.1.1. A cada clase escalafonaria le corresponde un máximo de 80 puntos independientes.