1. Normas Generales
1.1. Definición:
1.1.1. Conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público deben realizar con el objetivo de gestionar de forma correcta los ingresos, gastos con sujecion al Plan Nacional de Desarrollo
1.2. Órgano Rector:
1.2.1. El ente rector de las finanzas públicas dicta las normar, manuales, instructivos, directrices, catalogos y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector público para el funcionamiento del SINFIP.
1.3. Componentes:
1.3.1. -La Política y Programación Fiscal, -Ingresos, -Presupuesto, -Endeudamiento Público, -Contabilidad Gubernamental y -Tesorería. Sus responsables actuarán de manera coordinada y articulada a fin de propiciar el funcionamiento integrado del Sistema.
1.4. Obligatoriedad y Observancia:
1.4.1. Las instituciones y organismos que conforman el sector público en los terminos establecidos en la Constitución de la Republica y en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Se aplicaran de manera obligatoria las normas, politicas procesos y lineamentos que emita el ente rector de las finanzas públicas.
1.5. Principios del SINFIP:
1.5.1. la legalidad, universalidad, unidad, plurianualidad, integralidad, oportunidad, efectividad, sostenibilidad, centralización normativa, desconcentración y descentralización operativas, participación, flexibilidad y transparencia.
1.6. Entes Financieros
1.6.1. Son los organismos, entidades, fondos o proyectos creados por ley, decreto u ordenanza, con existencia propia e independiente, que administren recursos y obligaciones del Estado.
1.7. Estructura del Sector Publico para el SINFIP.
1.7.1. 1. Sector Público Financiero
1.7.1.1. Comprende todas las entidades cuya actividad principal es monetaria, intermediación financiera, bancaria de inversión o de naturaleza similar.
1.7.2. 2. Sector Público no Finaciero
1.7.2.1. Entidades cuya actividad primaria sea desempeñar las funciones de gobierno.
1.7.2.1.1. Gobierno Central: Entidades que pertenecen a la Funcion Ejecutiva
1.7.2.1.2. Otras funciones del estado: Legislativa, Judical, Electoral, Transparencia y Control Social
1.7.2.1.3. Gobiernos Autonomos Desentralizados: Gobiernos Regionales, Provinciales, Municipales o distritos metropolitados.
1.7.2.1.4. Entidades que realicen funciones del Estado que no se encuentren comprendidas en las categorias establecidas.
1.7.2.2. Empresas públicas de economía mixta creadas para la gestión de sectores establecidos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas en todos los niveles del gobierno.
1.7.3. 3. Entidades de la Seguridad Social
1.7.3.1. Son entidades autónomas con parimonio propio, cuyos fondos son propios y distintos a los del fisco y no forman parte del Presupuesto genral del Estado, creadas con cobertura de contingencias.
2. Ambito del Presupuesto General del estado
2.1. Se conforma con los presupuestos de las entidades sector financiero, sector publico no financiero de la clasificación contenida en la norma precedente, Gobiernos Autónomo Descentralizados.
2.1.1. Utilización de la Plataforma Informatica del SINFIP
2.1.1.1. Las entidades del Presupuesto General del Estado registrarán obligatoriamente las transacciones y operaciones financieras en la plataforma informática del SINFIP
2.1.2. Modelo de Gestión Financiera
2.1.2.1. Niveles y Unidades Organizativas
2.1.2.1.1. Nivel 1: Unidad de administración financiera institucional.
2.1.2.1.2. Nivel 2: Unidad Operativa Desconcentrada
2.1.3. Vinculaciones Funciones
2.1.3.1. El modelo de gestión financiera del SINFIP integra tres componentes principales: Presupuesto Público gestiona el ciclo presupuestario y las relaciones entre unidades. Contabilidad Gubernamental registra operaciones financieras y controla recursos y bienes. Contabilidad Analítica calcula costos de proyectos o programas específicos. Estas estructuras están conectadas: el Presupuesto se relaciona con Contabilidad Gubernamental y Analítica, y Contabilidad Gubernamental se vincula con Analítica. El ente rector supervisa estas interacciones en la plataforma del SINFIP.
3. Normativa del componente de presupuesto
3.1. Normas generales
3.1.1. Objetivo
3.1.1.1. Facilitar el cumplimiento del Componente de Presupuesto del SINFIP según el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (COPLAFIP) reformado y su Reglamento General, así como las disposiciones relacionadas con otros componentes del SINFIP y del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
3.1.2. Ámbito de Aplicación
3.1.2.1. La Normativa de Presupuesto es obligatoria para las entidades del Presupuesto General del Estado y se aplica también al resto del sector público, siempre que no contradiga las leyes y reglamentos vigentes. La norma técnica definirá lo que corresponde específicamente al Presupuesto General del Estado.
3.1.3. Principios Presupuestarios
3.1.3.1. -Universalidad, -Unidad, -Programación, -Equilibrio y Estabilidad, -Plurianualidad, -Eficiencia, -Eficacia, -Tranparencia, -Flexibilidad, -Especificación, -Legalidad, -Integridad, -Sostenibilidad.
3.1.4. Presupuesto como instrumento de Política
3.1.4.1. Las fases del ciclo presupuestario deben alinearse con la planificación del desarrollo para implementar planes y políticas públicas. Además, el presupuesto será clave para la política fiscal de ingresos, gastos y financiamiento, buscando fortalecer y asegurar la sostenibilidad fiscal.
3.1.5. Vinvulo con el Sistema Nacional
3.1.5.1. Los entes rectores conectarán el Plan Nacional de Desarrollo con el Presupuesto General del Estado. Las unidades de planificación gestionarán la planificación y evaluación del presupuesto, mientras que las unidades de administración financiera se encargarán de las fases del ciclo presupuestario.
4. 2.2 Presupuestos por resultados
4.1. Los presupuestos públicos se programarán y ejecutarán siguiendo la metodología de presupuestación por resultados, basada en programas alineados con los objetivos de planificación y con un horizonte plurianual, para mejorar la eficiencia del gasto público y alcanzar los resultados esperados.
4.1.1. Definición
4.1.1.1. La presupuestación por resultados (PPR) se define como el conjunto de mecanismos y procesos que vinculan la asignación de recursos con los productos y resultados, evaluando sus efectos o impactos en la sociedad.
5. Elementos y definiciones
5.1. INSUMOS
5.1.1. Recursos que utiliza como los recursos humanos, materiales, físicos y financieros necesarios para la producción de un bien o servicio.
5.2. ACTIVIDADES
5.2.1. Tareas que asumen las entidades públicas para la elaboracion de un bien o servicio.
5.3. PRODUCTOS
5.3.1. - Bien o servicio de ente público proporciona a terceros externos con relación al mismo. - Si estos se entregan a otros entes públicos no se consideran como producto sujeto a medición de resultados. - Cuando se habla de un producto final es el bien o servicio no se le puede hacer ninguna modificación.
5.4. RESULTADOS
5.4.1. Es previsto por provisiones de productos finales y estos pueden causar uno o mas resultados.
5.4.1.1. Resultados proximos
5.4.1.1.1. Son efectos más directos del producto.
5.4.1.2. Efecto
5.4.1.2.1. Proposito final del productos que se determinara a largo plazo.
6. Rol de la planificacion y su vínculo con el presupuesto.
6.1. El presupuesto al estar vínculada con la planificacion, esta es quien define los objetivos para los programas presupuestarios, que parte de lo nacional a lo institucional tomando en referencia los objetivos del PND.
7. NORMAS TÉCNICAS DE PRESUPUESTO
7.1. Es un conjunto de normativa, procedimientos entre otros necesarios para la gestion pública de acuerdo el marco del componente presupuestario del SINFIP.
7.1.1. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA
7.1.1.1. Fase del ciclo presupuestario que se basa en los objetivos determinados por la planificación y el presupuesto, por otra parte se definen los programas, proyectos y actividades con los plazo para su ejecución a incorporar en el presupuesto.
8. NTP 1. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA GLOBAL
8.1. Relación con el Componente de la Política y Programación Fiscal
8.1.1. Programación Fiscal Anual y Plurianual
8.1.1.1. Marco obligatorio para la programación, formulación y ejecución de la proforma del Presupuesto General del Estado y la programación presupuestaria cuatrienal
8.1.1.1.1. Debe ser presentada hasta el 30 de abril de cada periodo fiscal y ser actualizada antes de presentar la proforma de Presupuesto General del Estado
8.1.2. Marco Fiscal Sectorial Plurianual
8.1.2.1. Instrumento de mediano plazo que constituye el marco presupuestario sectorial para la programación presupuestaria anual y la programación del plan anual de inversión pública
8.1.2.1.1. Esto será elaborado por el responsabe del ente rector de finanzas públicas, esto se mantendra actualzando conforme a la programación presupuestaria cuatrienal y formara parte de los instrumentos para el establecimiento de los techos presupuestarios sobre los cuales se emitara certificados.
8.1.3. Plan de Fortalecimiento y Sostenibilidad Fiscal
8.1.3.1. Es un instrumento que existe por parte del ente rectos cuando hay un riesgo de incumplimiento de reglas o metas fiscales incluso cuando este en fase de planificación o fomulación presupuestaria.
8.1.4. Programación Presupuestaria Cuatrienal
8.1.4.1. Es un instrumento don de podemos observar la evolucion, perpectiva y metas en horizonte plurianual bajo el esquema de la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento.
8.1.5. Ámbitos y Responsabilidad
8.1.5.1. Será gestionada por la Unidad Responsable de la política y fiscal, que proporcionará la información necesaria para esta programación, la cual se elaborará junto con la proforma y se enviará a la Asamblea Nacional para su aprobación.
8.1.6. Sustento Técnico
8.1.6.1. La programación presupuestaria se basará en la programación fiscal anual y el marco fiscal sectorial y el plan de fortalecimiento y sostenibilidad fiscal, si este último se ha implementado.
8.1.7. Actualización Periódica
8.1.7.1. Debe ser monitoreada, evaluada y actualizada regularmente para abordar riesgos de incumplimiento de las reglas fiscales y la implementación de medidas correctivas.
8.1.8. Articulación a la Proforma Anual del Presupuesto General del Estado
8.1.8.1. Las entidades del Presupuesto General del Estado utilizarán los techos presupuestarios proporcionados para formular sus proformas anuales y proyectar los montos de los próximos tres años, siguiendo las Directrices Presupuestarias. Se evaluarán riesgos de incumplimiento fiscal durante la formulación cuatrienal, y la versión final de la programación se ajustará para alinearse con la proforma del Presupuesto General del Estado.
8.1.9. Elaboración y Difusión de las Directrices Presupuestarias
8.1.9.1. La unidad responsable del presupuesto,basándose en la fiscal anual y las proyecciones macroeconómicas y el techo presupuestario global, generará un escenario con proyecciones para los próximos tres años.
8.1.9.1.1. La unidad responsable del elaborará el documento de directrices para la del Presupuesto General del Estado y la programación cuatrienal, y lo presentará para su aprobación por la máxima autoridad del ente rector de finanzas públicas antes del 31 de mayo de cada año. Este documento se basará en ciertos aspectos clave:
8.2. Techos Presupuestarios en el Ámbito del Presupuesto General del Estado
8.2.1. Escenario Presupuestario para la Determinación de Techos
8.2.1.1. El ente rector de las finanzas públicas establecerá el techo global de la proforma del Presupuesto General del Estado, basándose en la programación macroeconómica y fiscal plurianual y anual, los objetivos y límites de las reglas fiscales, y la programación cuatrienal actualizada.
8.2.2. Determinación de Techos
8.2.2.1. La unidad responsable del siguiendo los procedimientos y metodología establecidos, determinará los techos presupuestarios institucionales y de gasto, conforme al techo global. Estas directrices guiarán a las entidades del Presupuesto General del Estado, incluidas las empresas públicas de la función ejecutiva, en la elaboración de sus proformas presupuestarias.
9. NTP 2. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA DE LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
9.1. Atribuciones y Responsabilidades
9.1.1. 1. Las entidades programarán sus proformas presupuestarias alineadas con el PND, las directrices presupuestarias y la planificación institucional.
9.1.1.1. 2. El ente rector de planificación nacional establecerá los instrumentos y normas técnicas para asegurar que las propuestas de acciones y proyectos se ajusten a las competencias y objetivos del PND.
9.1.1.1.1. 3. Las entidades públicas tendrán unidades responsables de la planificación y administración financiera.
9.2. Base Metodológica
9.2.1. La planificación nacional e institucional se integrará con los presupuestos mediante la articulación de categorías de planificación con categorías programáticas presupuestarias bajo el enfoque de presupuestación por resultados.
9.3. Categorías Programáticas Presupuestarias
9.3.1. Definición
9.3.1.1. Organizan las acciones presupuestarias según procesos de producción institucionales y se jerarquizan según su relevancia. Deben ser agregables en términos físicos y monetarios.
9.3.2. Vinculación con la Cadena de Producción y Resultados
9.3.2.1. La organización se basa en la cadena de valor, donde los recursos se transforman en bienes y servicios que generan resultados. El presupuesto refleja los insumos necesarios para lograr estos resultados.
9.3.3. Productos Terminales y Productos Intermedios
9.3.3.1. Productos Terminales
9.3.3.1.1. Entregables a terceros sin necesidad de transformación adicional, satisfacen demandas sociales.
9.3.3.2. Productos Intermedios
9.3.3.2.1. Bienes y servicios que contribuyen a la producción de productos terminales; pueden ser directos, es decir, productos terminales o indirectos.
10. Categorias programáticas
10.1. Programa
10.1.1. Definición: Conjunto de acciones presupuestarias cuyo producto final no requiere transformación previo a la provisión a un tercero.
10.1.2. Características: Están vinculados a la planificación estratégica: misión, razón de ser y objetivos expresados en metas que les permita de ser evidenciables en el presupuesto.
10.2. Subprograma
10.2.1. Definiciones: Son acciones presupuestarias dentro de un proceso productivo que da como resultado productos terminados que contribuyen de manera parcial a la producción total.
10.2.2. Características: Expresa desagregación producción terminal por lo que los insumos y productos de los procesos de producción involucrados deben ser agregables en términos físicos y financieros, de forma que sea factible determinar los agregables en términos físicos y financieros, de forma que sea factible determinar los insumos utilizados y su valor monetario al nivel de la producción terminal del Programa.
10.3. Actividad
10.3.1. Definición: Se refiere a acciones de que generan productos intermedios que se integran en la producción final. Es la fase por medio de la cual se entregan insumos a los procesos de programas y subprogramas.
10.3.2. Características: En el caso de la actividad específica, estos insumos son empleados en produccion de productos finales, estos deben ser medibles de manera financiera y fisica dentro del proceso, mientras en el caso de la actividad central influyen de forma indirecta y no son medibles de manera financiera ni física ya que no son parte de ella.
10.4. Proyecto
10.4.1. Definición: Específica en procesos de producción relativa a la inversión pública
10.4.1.1. Tipos de proyectos: Pueden ser específicos si van vinculados a un solo programa o centrales si se condionan con todos los programas.
10.4.2. Componentes de los proyectos de inversión:Incluyen varios componentes que determinan monto y recursos separados para su ejecución.
11. Rol de la Planificación en la Programación Presupuestaria
11.1. Planificación estratégica: Las unidades de planificación son las responsables de formular y ejecutar planes vinculados al Plan Operativo Anual establecido de acuerdo al COPLAFIP, estos deben seguir algunos elementos claves e instrumentos metodológicos.
11.1.1. Elementos claves de la Planificación
11.1.1.1. -Planificación estratégica vigente para el periodo que incluya al año que corresponda la planificación anual a los que se expondrán la misión, visión y objetivos. -Objetivos estratégicos: Vinculado a los objetivos, políticas, metas del Plan Nacional de Desarrollo según la metodología aplicada. -Para cada objetivo estratégico se definirán indicadores que permitan evaluar los resultados obtenidos.
11.2. Determinación de la Estructura de Programas y Subprogramas
11.2.1. Se desprenden de la visión y responden a la misión y la razón de ser. En el caso de la misión, ambas categorías deben asignarse de los sectores competentes.
11.3. Aprobación y Validación
11.3.1. La estructura de los programas y bsub programas será planteado por la entidad que integre el Presupuesto General del Estado, dicha estructura deberá permanecer durante el tiempo para que puedan ser revisados y aprobados.
11.4. La Actividad Central como Programa
11.4.1. Cuando de los procesos de producción institucional se generan productos intermedios que contribuyen a todos los procesos de producción terminal pero no son directamente integrantes de los mismos
11.5. Planificación Anual u Operativa
11.5.1. Está regido por lineamientos, normas, procedimientos emitidos por el ente rector, es por ello que deben explicitar objetivos estratégicos, acciones, insumos y la identificación de la naturaleza correspondiente.
11.6. De las Inversiones
11.6.1. La unidad de planificación procederá conforme a los lineamientos, directrices y programas, estos forman parte de la proforma presupuestaria.
11.7. Coordinación en los Plazos
11.7.1. Se considera los plazos y cronogramas establecidos para la presentación del PGE con la información requerida
12. Actualización de la Programación Presupuestaria Plurianual de la Entidad
12.1. La proforma se debe mantener actualizada de manera permanente cuando haya cambios que influyan de manera significativa a las previsiones futuras del presupuesto.
13. Ajuste de los Techos Presupuestarios a la Planificación Operativa
13.1. El ente rector de finanzas fija límites máximos para gastos que no incluyan inversión, sobre la base de esta distribución se ajusta a los requerimientos monetarios
14. Programación de la Inversión Pública
14.1. La formulación y actualización de los planes cuatrienales y anuales de inversión pública es responsabilidad del ente rector de la planificación nacional. Estos planes deben alinearse con los calendarios fiscales, la programación presupuestaria cuatrienal, los techos presupuestarios institucionales y de gasto.
15. Programación de los Gastos en Personal
15.1. Los gastos en personal incluidos en las proformas presupuestarias deben basarse en las proyecciones del distributivo de remuneraciones actualizado y en las políticas establecidas en las Directrices Presupuestarias.Se debe evitar asignar el gasto en personal para todos los servidores de una entidad bajo la Actividad Central identificada como Programa Institucional, reservándola solo para los servidores que forman parte de los procesos no sustantivos de la estructura organizacional de la institución.
16. Programación de la Deuda Pública
16.1. La Unidad Responsable del Financiamiento Público del ente rector de las finanzas públicas es la encargada de programar los requerimientos anuales y plurianuales para amortizaciones e intereses del servicio de la deuda pública. Esta unidad también gestiona y analiza la deuda pública.
17. Programación de los Ingresos y Gastos del Tesoro Nacional
17.1. Esta unidad se encarga de programar los ingresos y transferencias que se consideran como recursos fiscales. También debe gestionar las transferencias corrientes y de capital que deben hacerse conforme a las disposiciones legales.
18. Programación de los Ingresos y Gastos Preasignados y de Fondos Especiales
18.1. La Unidad Responsable del Presupuesto debe programar los montos de las preasignaciones y los fondos especiales que están establecidos por ley. La información sobre estas preasignaciones y fondos especiales debe ser incorporada en la proforma del Presupuesto General del Estado.
19. NTP 3. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA EN EL RESTO DE ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
19.1. Las entidades que no forman parte del Presupuesto General del Estado deben programar sus presupuestos de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo, las directrices presupuestarias y la planificación institucional. Deben considerar los techos anuales y plurianuales establecidos, También deben cumplir con las reglas fiscales, objetivos, límites y metas aplicables según la clasificación del sector público en la que se encuentren. Las empresas públicas, entidades de la seguridad social y gobiernos autónomos descentralizados, como parte del sector público no financiero, deben mantener una programación presupuestaria cuatrienal actualizada de manera permanente.
19.1.1. FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA
19.1.1.1. Facilitar la exposición y el entendimiento del presupuesto. Hacer que el presupuesto sea manejable y comprensible. Permitir la agregación y consolidación de los datos presupuestarios.
20. NTP 4. RESPONSABILIDAD Y ESTRUCTURA DE LA FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA GLOBAL
20.1. RESPONSABILIDAD FORMULACIÓN EN PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA: La máxima autoridad ejecutiva y el director de la unidad financiera de cada entidad del sector público son responsables de formular las proformas presupuestarias institucionales.
20.1.1. ESTRUCTURA DE PRESUPUESTOS: Deben alinearse con los diferentes ámbitos y categorías del sector público, que pueden incluir el Presupuesto General del Estado, empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados, banca pública y seguridad social.
20.1.1.1. Obligatoriedad de Observancia de Normas Técnicas e Instrumentos Presupuestarios: Esto asegura que todas las entidades bajo este presupuesto mantengan una uniformidad y conformidad con las políticas nacionales.