PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN EL SISTEMA JURIDICO COLOMBIANO

sara peñuela

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PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN EL SISTEMA JURIDICO COLOMBIANO por Mind Map: PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN EL SISTEMA JURIDICO COLOMBIANO

1. La Constitución de 1991 declara a Colombia como un Estado social de derecho, con el deber de promover el desarrollo y la justicia social.

2. Los principios del derecho laboral son esenciales para garantizar la subsistencia, el crecimiento económico, y regular relaciones sociales complejas.

3. PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD

3.1. El principio de favorabilidad en derecho laboral establece que, cuando existan normas diferentes sobre un mismo tema, se debe aplicar la más favorable al trabajador. No se puede combinar lo favorable de distintas normas; solo se aplica una norma completa.

3.2. Constitucion politica de Colombia. Art 53.

3.3. Codigo sustantivo del trabajo. Art 21.

3.4. Corte Constitucional

4. IN DUBIO PRO OPERARIO

4.1. Ante varias interpretaciones posibles de una norma, se debe aplicar la más favorable al trabajador. Este principio no se utiliza para valorar hechos o pruebas, sino solo para interpretar normas cuando hay ambigüedad.

5. DERECHOS ADQUIRRIDOS

5.1. Los derechos adquiridos son aquellos que han ingresado al patrimonio de una persona durante su vínculo laboral, y no pueden ser despojados por una ley posterior. La jurisprudencia y la doctrina coinciden en que estos derechos se consolidan bajo el marco legal vigente al momento de su creación, y una nueva ley no puede afectar situaciones ya consolidadas. Este concepto se diferencia de la "mera expectativa", que es solo una esperanza sin consolidar en el patrimonio. Los derechos adquiridos están protegidos frente a cambios legales.

6. MINIMO VITAL

6.1. El mínimo vital garantiza a los trabajadores una remuneración suficiente para cubrir sus necesidades básicas y las de su familia, como alimentación, vivienda, salud y educación. El artículo 53 de la Constitución lo establece como un derecho fundamental. El salario mínimo, que es irrenunciable e inembargable, debe asegurar una vida digna, y el Estado debe proteger este derecho en favor de los trabajadores.

7. ESTABILIDAD

7.1. En Colombia, los artículos 53 y 125 de la Constitución garantizan la estabilidad laboral para todos los trabajadores y servidores públicos. Este principio protege el empleo mientras se cumplan las obligaciones, asegurando sustento y desarrollo personal.

7.1.1. LOS PRINCIPALES EJEMPLOS DEL PRINCIPO DE ESTABILIDAD SON:

7.1.1.1. LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA

7.1.1.2. EL FUERO SINDICAL.

7.1.1.3. EL FUERO DE MATERNIDAD.

7.1.1.4. EL FUERO CIRCUNSTANCIAL.

7.1.1.5. EL FUERO POR DISCAPACIDAD.

8. IRRENUNCIABILIDAD

8.1. El principio de irrenunciabilidad establecido en el artículo 53 de la Constitución protege los beneficios mínimos de los trabajadores, impidiendo que puedan renunciar a ellos. Este principio se basa en la protección del trabajador, parte débil en la relación laboral, y asegura que los derechos laborales sean de orden público, no sujetos a acuerdos entre empleador y trabajador que los desmejoren.

9. PRIMACIA DE LA REALIDAD

9.1. Esta consagrado en el artículo 53 de la Constitución Nacional de Colombia, establece que en las relaciones laborales deben prevalecer los hechos y la realidad sobre los acuerdos o documentos formales. Este principio asegura que la verdadera naturaleza de la relación laboral se reconozca y proteja, independientemente de cómo las partes la hayan formalizado.

9.2. Art.23 Código Sustantivo ordinal 2.

9.3. Corte suprema de justicia sala laboral sentencia 8291/1996.

9.4. Corte Constitucional sentencia C555/1994

10. CONDICION MAS BENEFICIOSA

10.1. El artículo 53 de la Constitución consagra el principio de la condición más beneficiosa, que impide que una nueva norma laboral desmejore los derechos previamente adquiridos por el trabajador. Este principio protege al trabajador frente a cambios normativos que reduzcan sus beneficios, asegurando que cualquier nueva disposición sólo pueda aplicarse si es más favorable que la anterior.

11. Sara Juliana Peñuela Pinzon