Teorías Clásicas del Derecho Naturalpor Gaby Lopez
1. HUGO GROCIO
1.1. La base del derecho natural es la razón humana y la necesidad de mantener una sociedad ordenada. Los principios son dictados por la “recta razón”, es decir, por la lógica y la moralidad inherentes a la naturaleza humana. el derecho natural es independiente de la religión y se basa en la razón y la moralidad humanas, siendo esencial para la conservación de una sociedad justa y ordenada.
2. CHRISTIAN WOLF
2.1. El derecho es la faculta moral de ejecutar determinadas acciones. El hombre refleja su verdadera naturaleza humana, signfica que las acciones dirigidas hacia uno mismo revelan la verdadera naturaleza de una persona. Las obligaciones que evitamos, son más representativas de nuestra naturaleza humana que las acciones que realizamos.
3. JEAN-JACQUES ROUSSEAU
3.1. Los seres humanos somos naturalmente buenos y libres, pero la sociedad los corrompe. Se formó un contrato social para preservar la libertad y la igualidad, es necesario formar ese contrato basado en la volutnad general, donde las leyes reflejen los intereses colectivos y promuevan la moralidad.
4. FRIEDRICH CARL VON SAVIGNY
4.1. Establece que el derecho tiene su origen en las costumbres y las tradiciones. La única fuente del dercho, es la creencia unviersal del pueblo. Es decir que el derecho se desarrolla orgánicamente a partir de la cultura y la historia de las comunidades.
5. GIORGIO DEL VECCHIO
5.1. Todo derecho tiene un mismo orgien: la conciencia y el espíritu del hombre. Realiza un estudio tripartito del derecho; el lógico, fenomenológico y deontológico. La realización del derecho naitural se busca en la etapa final de la evolcuión histórica del derecho, la cual conduce a un reconocimiento de la autonomía del ser humano. Un principio fundamental que todos compartimos es el respeto a la dignidad y la libertad de cada persona. Sin este respeto, no puede existir justicia.
6. THOMAS HOBBES
6.1. El derecho natural es la libertad que cada persona tiene para usar su poder como mejor le parezca para preservar su vida. La descripción de Hobbes sobre el estado de naturaleza y las causas de discordia entre los hombres se relaciona directamente con su concepto de contrato social. En el estado de naturaleza, la vida es caótica y peligrosa debido a la competencia, la desconfianza y la búsqueda de gloria. Este estado de guerra constante hace que la vida sea insegura y que no haya progreso ni industria.
7. SAMUEL VON PUFENDORF
7.1. El hombre es un ser social inherentemente, pese a que se ama a sí mismo, necesita de la compañía de los demás, aun en el estado de naturaleza, a causa de su debilidad y desamparo, no puede estar solo. De modo que la base del derecho natural es el principio de la sociedad que ordena a los hombres buscar la realización de sus propios intereses, sin causar daño a la vida social. La norma suprema del derecho natural, según él, es que cada persona debe mantener y cuidar las relaciones sociales. Esto implica fortalecer y estimular la vida social y evitar cualquier daño a ella.
8. NICOLAUS BENEDICTUS DE SPINOZA
8.1. El derecho natural no es un conjunto de normas morales, sino el poder o la capacidad que cada ser tiene para actuar según su propia naturaleza. Se basa en la capacidad de cada persona para tomar lo que necesita de la naturaleza, utilizando la fuerza o la astucia, sin restricciones. Incluso bajo un gobierno, se debe respetar lo que el más fuerte ha conseguido. En resumen, el derecho natural se entiende aquí como la aplicación de la fuerza en la naturaleza humana.
9. JOHN LOCKE
9.1. Se basa en la idea de que los seres humanos nacen con ciertos derechos inalienables que no pueden ser legítimamente quitados por ningún gobierno. Estos derechos incluyen el derecho a la vida, la libertad y la propiedad
10. CHRISTIAN THOMASIUS
10.1. El derecho natural está integrado únicamente por lo justo. Se centra en la idea de que las leyes naturales son principios universales que guían el comportamiento humano hacia la felicidad y el bienestar común, y que estas leyes deben ser vistas más como consejos que como mandatos coactivos. Enseña a vivir de manera honesta, decorosa y justa. El derecho se ocupa de la exterioridad de las acciones y busca prevenir conflictos en la convivencia.
11. RUDOLF STAMMLER
11.1. El derecho es inviolable y no debe ser aplicado arbitrariamente. Afirma que una institución jurídica debe ser un medio justo para un fin justo en la sociedad, y este fin justo debe ser una noción formal que legitime todas las acciones posibles de manera objetiva.