1. Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social y Secretaría De Economía
1.1. Constituirán al Comité Nacional De Productividad junto a los patrones, sindicatos, trabajadores e instituciones académicas
1.1.1. Realizar diagnósticos para promover competitividad y productictividad
1.1.2. Colaborar en la creación y actualización del Catálogo Nacional De Ocupaciones
1.1.3. Sugerir alternativas para promover la competividad
1.1.4. Búsqueda de mecanismos y nuevas formas de remuneración
1.1.5. Proponer expedición de normas técnicas de competencia laboral
1.1.6. Participar en la creación del Plan Nacional De Desarrollo
1.2. Regulado por el titular del Ejecutivo Federal
2. En caso de incumplimiento habrá sanciones
3. Derechos de los trabajadores
3.1. En caso de aprobar, tendrán derecho de poseer constancias de su capacitación
4. Oblicaciones de empresas con menos de cincuenta integrantes (MiPyMes)
4.1. Incentivar productividad
4.1.1. Optimizar factores humanos, financieros, tecnológicos y organizacionales
4.1.2. Mejorar su competitividad, sustentabilidad
4.1.3. Incrementar sus ingresos
4.1.4. Hacer diagnósticos objetivos
5. Obligación de empresas con más de cincuenta integrantes
5.1. Se constituirán Comisiones Mixtas De Capacitación, Adiestramiento Y Productividad
5.1.1. Vigilar la capacitación
5.1.2. Mejora continua de la capacitación
5.1.3. Proponer cambios en equipo y maquinaria, para mejorar la productividad
5.1.4. Garantizar reparto equitativo de beneficios
5.1.5. Vigilar que se cumpla la productividad esperada
5.1.6. Resolver conflictos con los trabajadores respecto al reparto de beneficios
6. Objetivo de la capacitación
6.1. Desarrollar al colaborador
6.1.1. Puede incluír el apoyo a iniciar, continuar o completar los niveles educativos
6.2. Actualizar y perfeccionar conocimientos
6.3. Dar a conocer riesgos de la operación
6.4. Dar a conocer NOM que influyan en el trabajo
6.5. Mejorar competencias
7. Obligaciones del patrón
7.1. Proporcionar capacitación u adiestramiento a sus colaboradores|
7.1.1. Interno
7.1.1.1. Empresa
7.1.2. Externo
7.1.2.1. Organismos especializados que estén autorizados por la Secretaría De Trabajo Y Previsión Social
7.1.2.1.1. Comprobar especialización en la rama industrial
7.1.2.1.2. Acreditar ante la secretaría estar actualizados en cuestión tecnológica
7.1.2.1.3. Ser laicas
7.2. Capacitar dentro de horas laborales
7.3. Conservar los planes y programas de capacitación y adiestramiento a disposición de la Secretaría De Trabajo Y Previsión Social
7.3.1. Elaborados dentro de los primeros sesenta días de operación
7.3.2. Con antiguedad máxima de dos años
7.3.3. Comprender todos los puestos y niveles
7.3.4. Especificar etapas donde se llevará a cabo la capacitación o adiestración
7.3.5. Señalar el proceso de selección a fin de establecer el órden de capacitación