NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

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NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera por Mind Map: NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

1. Apéndice E Exenciones a corto plazo de las NIIF

1.1. Exención del requerimiento de reexpresar información comparativa para la NIIF 9

1.2. La Incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias

2. Apéndice D Exenciones procedentes de otras NIIF

2.1. Una entidad puede optar por utilizar una o más de las exenciones siguientes:

2.1.1. (a) transacciones con pagos basados en acciones

2.1.2. (b) [eliminado]

2.1.3. (c) costo atribuido

2.1.4. (d) arrendamientos

2.1.5. (e) [eliminado]

2.1.6. (f) diferencias de conversión acumuladas

2.1.7. (g) inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas

2.1.8. (h) activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos

2.1.9. (i) instrumentos financieros compuestos

2.1.10. (j) designación de instrumentos financieros reconocidos previamente

2.1.11. (k) la medición a valor razonable de activos financieros o pasivos financieros en el reconocimiento

2.1.12. (l) pasivos por desmantelamiento incluidos en el costo de propiedades, planta y equipo (párrafos

2.1.13. (m) activos financieros o activos intangibles contabilizados de acuerdo con la CINIIF 12 Acuerdos de concesión de servicios

2.1.14. (n) costos por préstamos

2.1.15. (o) [eliminado]

2.1.16. (p) cancelación de pasivos financieros con instrumentos de patrimonio

2.1.17. (q) hiperinflación grave

2.1.18. (r) acuerdos conjuntos

2.1.19. (s) costos de desmonte en la fase de producción de una mina a cielo abierto

2.1.20. (t) designación de contratos para comprar o vender una partida no financiera

2.1.21. (u) ingresos de actividades ordinarias y

2.1.22. (v) transacciones en moneda extranjera y contraprestación anticipada La entidad no aplicará estas exenciones por analogía a otras partidas

3. Apéndice C Exenciones para las combinaciones de negocios

3.1. Una entidad aplicará los siguientes requerimientos a las combinaciones de negocios que haya reconocido antes de la fecha de transición a las NIIF

4. Apéndice B Excepciones a la aplicación retroactiva de otras NIIF

4.1. Aplicación de las 9 excepciones que aplicara una entidad al aceptar las NIIF por primera vez

4.1.1. Contabilidad de coberturas

4.1.2. Baja en cuentas de activos financieros y pasivos financieros

4.1.3. Participaciones no controladoras

4.1.4. clasificación y medición de activos financieros

4.1.5. deterioro de activos financieros

4.1.6. derivados implícitos

4.1.7. préstamos del gobierno

4.1.8. contratos de seguro

4.1.9. impuestos diferidos relacionados con arrendamientos y pasivos por retiro del servicio, restauración y similares

5. Apéndice A Definiciones de términos

5.1. Pagina 12 de la NIIF 1

6. Derogación de la NIC 1 (emitida en 2003)

6.1. Esta NIIF reemplaza a la NIIF 1 (emitida en 2003 y modificada en mayo de 2008).

7. Fecha de vigencia

7.1. paginas 9-11 de la NIIF 1

8. Objetivos

8.1. ser trasparente y comparable

8.2. suministrar un punto de partida adecuado para la contabilización

8.3. ser obtenida a un costo que no exceda a sus beneficios.

9. Alcance

9.1. Una entidad aplicará esta NIIF en

9.1.1. sus primeros estados financieros

9.1.2. cada informe financiero intermedio

9.2. adopción mediante una declaración, explícita y sin reservas si;

9.2.1. No son coherentes en todos los aspectos con las NIIF

9.2.2. no hayan contenido una declaración, explícita y sin reservas

9.2.3. se cumple con algunas NIIF, pero no con todas.

9.2.4. no exite normativa nacional

9.2.5. se preparó los estados financieros únicamente para uso interno

9.2.6. solo se prepara un paquete de información

9.2.7. no se presentó estados financieros en periodos anteriores

9.3. NO se aplicará las NIIF si una entidad

9.3.1. abandona la presentación de los estados financieros

9.3.2. presentó en el año precedente estados financieros

9.3.3. presentó estados finacieros incluso si los auditores expresaron su opinión con salvedades

10. Reconocimiento y medición

10.1. Estado de situación financiera de apertura conforme a las NIIF

10.1.1. Se elaborará en la fecha de transición a las NIIF

10.1.2. se empleará las politicas contables en todos los periodos

10.1.3. no se aplicará versiones diferentes de las NIIF

10.1.4. Las disposiciones en otras NIIF se aplicarán a los cambios en las P.C.

10.1.5. El E.S.F. debe incluir todos los activos y pasivos

10.1.6. no reconocer partidas como activos o pasivos si las NIIF no lo permiten

10.1.7. reclasificar partidas reconocidas según los PCGA tales como activos, pasivos o componentes del patrimonio

10.1.8. aplicar las NIIF al medir todos los activos y pasivos reconocidos

10.2. Excepciones a la aplicación retroactiva de otras NIIF

10.2.1. Esta NIIF prohíbe la aplicación retroactiva de algunos aspectos de otras NIIF

10.2.2. Contenidas en los párrafos 14 a 17 y en el Apéndice B.

10.3. Estimaciones

10.3.1. coherentes a la fecha con las stimaciones según los PCGA anteriores

10.3.2. recibir información relativa a estimaciones después de la fecha de transición a las NIIF

10.3.3. realizar estimaciones conforme a las NIIF, en la fecha de transición que no fueran requeridas en los PCG

11. Presentación e información a revelar

11.1. Información compartida

11.2. Información comparativa no preparada conforme a las NIIF

11.3. Explicación de la transición a las NIIF

11.3.1. la razón por la que dejó de aplicar las NIIF

11.3.2. la razón por la que reanuda su aplicación

11.4. Conciliaciones

11.5. Designación de activos o pasivos financieros

11.6. Uso del valor razonable como costo atribuido

11.7. Uso del costo atribuido para inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas

11.8. Uso del costo atribuido para activos de petróleo y gas

11.9. Uso del costo atribuido para operaciones sujetas a regulación de tarifas

11.10. Utilización del costo atribuido después de una hiperinflación grave

11.11. Información financiera intermedia