Tipos de Sociedades Mercantiles en Honduras

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Tipos de Sociedades Mercantiles en Honduras por Mind Map: Tipos de Sociedades Mercantiles en Honduras

1. Comerciante Individual

1.1. Persona natural dedicada al comercio.

1.2. Responde personal e ilimitadamente con su patrimonio.

2. Sociedad Colectiva

2.1. Todos los socios responden de manera ilimitada y solidaria.

2.2. Gestión y administración a cargo de todos los socios.

2.3. La razón social se formará con el nombre de uno o más socios

2.3.1. Cuando en ella no figuren los de todos, se le añadirán las palabras "y compañía"u otras equivalentes, por ejemplo: "y asociados", "y hermanos", "y, socios".

3. Sociedad en Comandita Simple

3.1. Dos tipos de socios: comanditados (responsabilidad ilimitada) y comanditarios (responsabilidad limitada)

3.2. Gestión a cargo de los socios comanditados.

3.3. La razón social se formará con el nombre de uno o más comanditados.

3.3.1. De no ser asi, se le añadirán las palabras "y compañía" u otras equivalentes. A la razón social se le agregarán siempre las palabras "Sociedad en Comandita" o su abreviatura "S. en C".

4. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.)

4.1. Capital dividido en participaciones sociales.

4.2. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportaciones.

4.3. Adecuada para pequeñas y medianas empresas.

4.4. No mayor de veinticinco socios, el capital social no será inferior a cinco mil lempiras.

4.5. Se formará con el nombre de uno o más socios. Una u otra irán inmediatamente seguidas de las palabras "Sociedad de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S. De R. L."

5. Sociedad Anónima (S.A.)

5.1. Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación; y tiene un capital fundacional dividido en acciones.

5.2. Responsabilidad limitada al capital aportado.

5.3. Requiere un capital no menor de veinticinco mil lempiras mínimo para constituirse y cinco socios como mínimo.

5.4. Gestión a cargo de un consejo de administración.

5.5. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal; deberá ser distinta de la cualquiera otra sociedad e irá inmediatamente seguida de las palabras "Sociedad Anónima" o de su abreviatura "S. A.".

6. Sociedad en Comandita por Acciones

6.1. Las acciones representarán partes iguales del capital social y serán de un valor nominal de L 100.00 o de sus múltiplos

6.2. Socios comanditados con responsabilidad ilimitada y comanditarios con responsabilidad limitada.

7. Sociedad Cooperativa

7.1. Formada por personas que se asocian para satisfacer necesidades comunes.

7.2. Actuará bajo una denominación social y su capital, que será variable, estará dividido en participaciones iguales, los socios limitarán su responsabilidad por las operaciones sociales al importe de las participaciones que tuvieren a su nombre.

7.3. El número de sus socios será superior a veinte

7.4. Las cooperativas formarán su denominación de acuerdo con las normas dadas para la sociedad anónima. La denominación social irá siempre seguida de las palabras sociedad cooperativa limitada, o sociedad cooperativa suple mentada o de sus respectivas siglas "S. C. L. y S. C. S.".