Exp. 004-2019-PI/Sentencia 556/2020

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Exp. 004-2019-PI/Sentencia 556/2020 por Mind Map: Exp. 004-2019-PI/Sentencia 556/2020

1. Informe de Francisco Eguiguren

1.1. En materia tributaria, también rige este principio de publicidad en tanto que la Norma X del Título Preliminar del TUO del Código Tributario establece que las leyes tributarias rigen desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, salvo disposición contraria de la ley que posterga su vigencia en todo o en parte.

1.2. la sentencia debería adoptar la regla general de no otorgarle a dicha decisión efectos retroactivos.

2. Informe Marcial Rubio

2.1. se manifiesta que la afirmación que realiza la parte demandante es errada al sostener que la prescripción de la acción de fiscalización y determinación, la de la acción de imposición de multa y la de la acción para cobrar ambas, empiezan simultáneamente por mandato del artículo 44 del Código Tributario, toda vez que de ser cierta, la Administración al dictar la resolución de determinación a los tres años y once meses desde que puede hacerlo, la acción de cobro solo podría efectuarse en 30 días.

3. Norma impugnada: Disposición Transitoria Única de la Ley 28647 (STC 0002-2006-PI/TC)

4. Primera Disposición Complementaria Transitoria (STC 00042019-PI/TC)

5. Se declara fundada la demanda interpuesta por el colegio de abogados de La Libertad , considerando inconstitucional el DL 1421

6. PETITORIO

6.1. El principio de irretroactividad de las normas y la seguridad jurídica

7. DEMANDA

7.1. ARGUMENTOS

7.1.1. El articulo 43 del CT distingue 3 supuestos por la prescripción de la acción tributaria

7.1.1.1. 1. Determinar la Obligación tributaria

7.1.1.2. 2. Aplicación de sanciones

7.1.1.3. 3. Exigir pago

7.1.2. El término prescriptorio se compuara al siguiente de la notificación de las Resoluciones de determinación de multa.

7.1.3. El 27/09/2012 no existian reglas particulares en el artículo 44 del CT para definir el inicio del cómputo del plazo.

7.1.4. El 28/09/2012 entraria en vigor el cómputo de prescripción

7.1.5. El demandante señala que la norma impugnada ha excedido la regulación constitucional, con respecto a la Ley 30823.

8. Informe Cesar Landa

8.1. El DL 1421 debe tener el mismo criterio utilizado por el TC , donde costituía una disposicion inconstitucional.

9. Informe Jose Palomino

9.1. El DL 1421 es inconstitucional.

10. Informe Victor Garcia

10.1. En el informe de referencia se afirma que en aplicación del principio de irretroactividad de las normas jurídicas, toda norma deberá aplicarse a eventos o sucesos que acontezcan de manera posterior a su entrada en vigor.