1. RESPONSABILIDADES
1.1. 6.1 Del MINEDU a través de la DIGEBR:
1.1.1. Brinda orientación y apoyo técnico.
1.2. 6.2 De la DRE
1.2.1. Desarrolla acciones para la creación e implementación del SAEE dentro de su jurisdicción, asegurándose de que esté integrado en el proyecto educativo y plan de desarrollo regional. También supervisa el funcionamiento del SAEE en la UGEL.
1.3. 6.3 De la UGEL
1.3.1. Promueve el desarrollo de acciones formativas y estrategias para los agentes educativos, asegurando el fortalecimiento de sus competencias en educación inclusiva. También garantiza espacios de trabajo colegiado entre los especialistas de los diferentes niveles de EBR (Educación Básica Regular) y el SARR (Servicio de Apoyo a la Rehabilitación y Readaptación).
1.4. 6.4 De las IIEE
1.4.1. Desempeñan un papel crucial en la implementación exitosa de la educación inclusiva. Esto requiere una planificación estratégica, la participación activa de todos los miembros de la comunidad educativa, un sistema de apoyo sólido y un compromiso constante con la inclusión de todos los estudiantes.
2. SERVICIO DE APOYO EDUCATIVO EXTERNO
2.1. Es una forma de organización flexible y multidisciplinaria que se constituye en la UGEL. Su propósito es fortalecer la educación inclusiva en su ámbito territorial considerando las diversas formas de atención, las características de las II. EE. y su contexto.
2.1.1. 5.2.2.1 Creación del SAEE
2.1.1.1. - El Director de la UGEL crea el SAEE mediante una resolución formal.
2.1.1.2. - Esta resolución debe ser comunicada a la DRE.
2.1.2. 5.2.2.2 Público Objetivo del SAEE
2.1.2.1. Equipos SAEI, especialistas UGEL, agentes educativos de los programas educativos de su jurisdicción
2.1.3. 5.2.2.3 Organización del SAEE
2.1.3.1. a. CONFORMACIÓN
2.1.3.1.1. El SAEE es administrado por el Área de Gestión Pedagógica o su equivalente. Su equipo está formado por un Coordinador UGEL, un especialista en educación inclusiva, un psicólogo y un especialista en apoyo educativo con experiencia en trabajar con poblaciones vulnerables, incluyendo personas con discapacidad y trastornos del neurodesarrollo. El equipo debe tener al menos dos miembros, uno de los cuales es el Coordinador UGEL. La UGEL puede designar especialistas adicionales según sea necesario.
2.1.3.2. B. JORNADA LABORAL
2.1.3.2.1. - Los miembros del equipo del SAEE trabajan de acuerdo con sus horarios y regulaciones laborales establecidas
2.1.4. 5.2.2.4 Funciones del tema
2.1.4.1. Se adecuan a las características y/o contexto geográfico.
2.1.4.1.1. a. Funciones del coordinador UGEL de SAEE
2.1.4.1.2. b. Funciones del especialista en educación inclusiva y atención a la diversidad
2.1.4.1.3. c. Funciones del psicólogo SAEE
2.1.4.1.4. d. Funciones del especialista en apoyo educativo del SAEE
2.1.5. 5.2.2.5 IMPLEMENTACION DEL SAEE
2.1.5.1. Las UGEL son responsables de la implementación de los SAEE. El SAEE no realiza diagnósticos ni intervenciones medicas ni terapéuticos
2.1.5.1.1. a) Análisis de información
2.1.5.1.2. b) Elaboración del plan de trabajo
2.1.5.1.3. c) Actitudes de sensibilización
2.1.5.1.4. d. Fortalecimiento de Competencias
2.1.5.1.5. e. Gestión de apoyos educativos
2.1.5.1.6. f. Articulación interna y externa
2.1.5.1.7. g. Seguimiento y monitoreo
3. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
3.1. 7,1 La implementación progresiva:
3.1.1. Se llevará a cabo de forma gradual, siguiendo las directrices del Ministerio de Educación (Minedu) y dentro del presupuesto anual asignado, sin necesidad de solicitar fondos adicionales al tesoro público.
3.2. 7.2 Financiamiento 2024:
3.2.1. La implementación del SAEE en 2024 estará financiada de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público para ese año. La Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR) ofrecerá las orientaciones necesarias, asegurando un marco financiero bien definido para llevar a cabo la implementación.
3.3. 7.3 Resolución de aspectos no previstos
3.3.1. La DIGEBR, junto con las direcciones competentes, resolverá cualquier asunto relacionado con la implementación del SAE no cubierto en la Norma Técnica, lo que permite flexibilidad y respuesta rápida a situaciones imprevistas.
3.4. 7.4 Absorción del asaanee
3.4.1. La integración de los SAANEE será gradual. Las UGEL deben ajustar sus estructuras según las normas vigentes y los planes del Minedu. Durante esta transición, los SAANEE seguirán operando como hasta ahora, garantizando una continuidad ordenada de los servicios.
3.5. 7.5 Orientaciones DIGEBR para 2024
3.5.1. La Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR) proporcionará las directrices necesarias para implementar el SAEE en 2024, asegurando que las instituciones educativas cuenten con orientaciones claras para una implementación efectiva.