1. Concepto
1.1. Son los derechos legales que protegen a las creaciones del intelecto humano; tales como, patentes, marcas registradas, indicaciones geográficas, etc. Dichos derechos le otorgan a los creadores una comercialización exclusiva para explotar, usar, beneficiarse de sus invenciones durante un período de tiempo.
2. Objetivo
2.1. Incentivar la innovación para permitir que los creadores obtengan beneficios económicos de sus trabajos.
3. Vertientes
3.1. Propiedad Industrial (marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales)
3.2. Derechos de autor (arte, pinturas, obras, programas de cómputo)
4. ADPIC
4.1. ¿Qué es?
4.1.1. Marco multilateral para facilitar el comercio de conocimientos y contenidos creativos, solucionar diferencias comerciales relacionadas con la propiedad intelectual y dar a los miembros de la OMC margen para lograr sus objetivos de políticas nacionales mediante acuerdo “piso”. Esto quiere decir que no puedes bajar el tiempo de uso de la patente del acuerdo mínimo establecido, más si puedes seguir elevándose.
4.2. Se encarga de
4.2.1. Establecer estándares mínimos de protección y cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual; que incluyen patentes, entre otros; para los países miembros de la OMC sobre cómo deben proteger dichos derechos dentro de sus legislaciones nacionales. Asimismo, de contar con un sistema de propiedad intelectual equilibrado.
4.3. Objetivos:
4.3.1. Reducir distorsiones del comercio internacional y obstáculos del comercio
4.3.2. Fomentar una protección eficaz y adecuada de los derechos de PI
4.3.3. Asegurar que la protección no se convierta en obstáculos al comercio legítimo
4.4. Esferas
4.4.1. Derecho de autor (50 años)
4.4.2. Marcas de fábrica o comercio (10 años
4.4.3. Indicaciones geográficas: champagne, pisco, etc.
4.4.4. Dibujos y modelos industriales (10 años)
4.4.5. Patentes (20 años)
4.4.6. Esquema de trazados de los circuitos integrados (10 años)
4.4.7. Proteccion de informacion NO divulgada, incluidos secretos comerciales