1. Project Info
1.1. Project Stakeholders
1.2. Project Plan Outline
1.3. Documentation
1.4. Ganttchart
2. Conclusion
2.1. La Ley 715 de 2001 establece un marco normativo fundamental para la organización y el funcionamiento del sistema educativo en Colombia, especialmente en lo que respecta a la administración de recursos y la descentralización del servicio educativo. A través de sus distintos artículos, esta ley distribuye responsabilidades y competencias entre los departamentos, municipios certificados y municipios no certificados, buscando garantizar una educación de calidad, equidad y cobertura a nivel nacional.
3. Artículo 8°. Competencias de los Municipios No Certificados
3.1. Administración de los Recursos del SGP para la Educación
3.1.1. Administración y Distribución de los Recursos del SGP
3.2. Traslado de Docentes y Plazas
3.2.1. Traslado de Plazas y Docentes
3.2.2. Flexibilidad en la Movilidad del Personal Docente
3.3. Cofinanciación de Programas y Proyectos Educativos
3.3.1. Cofinanciación de Proyectos de Mejora Educativa
3.3.2. Inversiones en Infraestructura Educativa
3.3.3. Evitar Costos Permanentes para el SGP
3.4. Suministro de Información Educativa a las Autoridades
3.4.1. Suministro de Información a la Nación y al Departamento
3.4.2. Monitoreo de la Calidad Educativa
4. Artículo 6° - Competencias de los Departamentos
4.1. Competencias Generales
4.1.1. Las competencias generales de los departamentos en el sector de educación están orientadas a la gestión, administración y apoyo a los municipios dentro de su jurisdicción, asegurando que se cumpla con la calidad y eficiencia en los servicios educativos.
4.1.1.1. Asistencia técnica educativa, financiera y administrativa a los municipios
4.1.1.2. Administración y responsabilidad por la información educativa departamental
4.1.1.3. Apoyo para la certificación de los municipios
4.1.1.4. Certificación de municipios que cumplen los requisitos para asumir la administración autónoma del SGP
4.2. Competencias Frente a los Municipios No Certificados
4.2.1. Para los municipios no certificados, el departamento tiene un papel más activo en la gestión educativa. Los municipios no certificados no pueden administrar directamente los recursos del SGP, por lo que el departamento asume la gestión directa de la educación en esos territorios.
4.2.1.1. Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media
4.2.1.2. Administrar y distribuir los recursos del SGP para la educación
4.2.1.3. Administrar instituciones educativas y personal docente
4.2.1.4. Cofinanciación en programas educativos e infraestructura
4.2.1.5. Mantener y ampliar la cobertura educativa
4.2.1.6. Evaluación del desempeño de rectores y directivos docentes
4.2.1.7. Inspección, vigilancia y supervisión educativa
4.2.1.8. Promoción de planes de mejoramiento de la calidad educativa
5. Artículo 7° - Competencias de los Distritos y Municipios Certificados
5.1. Prestación del Servicio Educativo
5.1.1. Planificación y Ejecución del Servicio Educativo
5.1.2. Garantizar la Accesibilidad
5.2. Administración de Instituciones Educativas
5.2.1. Administración Directa de las Instituciones Educativas
5.2.2. Gestión de Personal Docente y Administrativo
5.2.3. Distribución de Recursos Humanos
5.3. Cofinanciación de Programas Educativos y Proyectos
5.3.1. Cofinanciar Programas y Proyectos Educativos
5.3.2. Inversiones en Infraestructura y Equipamiento
5.3.3. Investor
5.4. Evaluación y Supervisión Educativa
5.4.1. Evaluación del Desempeño de Rectores y Docentes
5.4.2. Inspección y Supervisión
5.5. Asistencia Técnica y Administrativa a las Instituciones Educativas
5.5.1. Asistencia Técnica y Administrativa
5.5.2. Capacitación a Personal Docente