1. Extradición
1.1. Concepto
1.1.1. Considerado como acto de cooperación internacional
1.1.2. Consiste en la entrega de una persona
1.1.2.1. a la que se le sigue un proceso penal
1.1.2.2. o que tiene una sentencia pendiente
1.1.2.2.1. en un Estado requirente
1.1.2.2.2. al Estado requerido
1.2. Formas
1.2.1. puede ser
1.2.1.1. Extradición Activa
1.2.1.1.1. Cuando el Estado solicita de otro Estado la entrega de un procesado o condenado que se encuentra en dicho territorio
1.2.1.2. Extradición Pasiva
1.2.1.2.1. Cuando el Estado recibe la petición de otro Estado para que se le entregue a un fugitivo que se encuentra en el territorio del Estado en cuestión
1.2.1.3. Reextradición
1.2.1.3.1. Tercer Estado que exige la entrega del extraditado
1.2.1.4. Extradición en tránsito
1.2.1.4.1. Cuando el extraditado debe pasar al Estado que lo solicita por medio de otro Estado.
1.2.1.5. Concurso de solicitudes
1.2.1.5.1. Varios Estados solicitan al Estado donde se encuentra el sujeto a extraditar
1.3. Fuentes
1.3.1. Art. 382 COPP (2012)
1.3.1.1. “La extradición se rige por las normas de este Título, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República”.
1.3.1.1.1. Legislación interna
1.3.1.1.2. Tratados
1.3.1.1.3. Principios que rigen la extradición
2. Principios básicos
2.1. ¿Qué son?
2.1.1. Caracterizan las acciones realizadas en el ámbito penal
2.2. Incluyen las fases:
2.2.1. Fase de aplicación temporal
2.2.1.1. Conocida como Fase de Validez Temporal de la Ley Penal Esta ley debe hablar de la Ley Penal más favorable y de la Cosa Juzgada (art. 2 CPv)
2.2.1.2. Vigencia de la Ley Penal
2.2.1.2.1. Proporciona la entrada en vigencia de la Ley Penal
2.2.1.2.2. Establece que la ley penal es obligatoria desde su publicación en Gaceta Oficial (art. 1 CCv)
2.2.1.2.3. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla la entrada en vigencia de las leyes (art. 215 y 216 CRBV)
2.2.1.2.4. La ley es obligatoria desde el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República o desde fecha posterior indicada por ella (vacatio legis)
2.2.1.2.5. Entrada en vigencia de los tratados, acuerdos o convenios internacionales establecida en art. 217 CRBV
2.2.1.3. Derogación de la Ley Penal
2.2.1.3.1. Es ineludible o irrefragable
2.2.1.3.2. Sucesión de leyes penales
2.2.2. Fase de aplicación espacial
2.2.2.1. Referida a la aplicación de la ley penal en el espacio
2.2.2.2. La ley penal tiene eficacia limitada en el tiempo y en el espacio
2.2.2.3. Contiene principios que determinan
2.2.2.3.1. Ámbito espacial de la ley venezolana aplicado a delitos cometidos
2.2.2.4. Principios aplicables
2.2.2.4.1. Principio de la Territorialidad
2.2.2.4.2. Principio de la Nacionalidad o Personalidad
2.2.2.4.3. Principio real de defensa de
2.2.2.4.4. Principio de la universalidad o de la justicia mundial
2.2.3. Fase de aplicación personal
2.2.3.1. Se relaciona con la ley espacial
2.2.3.2. Se acoge a la aplicación de las leyes penales dentro del territorio (art. 3 CP)
2.2.3.3. Tiene que ver con el principio de la igualdad ante la ley
2.2.3.4. Excepciones
2.2.3.4.1. Personas exentas en razón de
2.2.3.4.2. Privilegio establecido en ordenamiento jurídico