Procedimiento Probatorio

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Procedimiento Probatorio por Mind Map: Procedimiento Probatorio

1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACUTAD DE CENCIA JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Procedimiento Probatorio. Participante: Juan Duran. 20234648 Profesora: Keydis Perez Cátedra: Derecho Probatorio Sección: SAIA A Noviembre, 2024. Bibliografia Material de SAIA y CPC

2. Evacuacion de las pruebas

2.1. Devis Echandia establece el concepto de práctica de la prueba como: “Son los actos procesales para que los diversos medios concretos aducidos o decretados de oficio se ejecuten en el proceso”

2.1.1. Esta fase probatoria tienes sus requisitos los cuales son: •La licitud de la prueba •La formalidad adecuada •La posibilidad de realizar •Los relativos a su admisión •Que la prueba haya sido admitida •Los de oportunidad procesal •Que este dentro del lapso de evacuación •Competencia de la autoridad que la admite •Que satisfaga los principios del debido proceso •Legitimación de la parte que la realiza y de la parte que intervenga

2.1.1.1. El lapso de evacuación comienza a correr a partir del auto de admisión, es decir al día siguiente de su aparición en autos. En el mencionado lapso, el artículo 400 del CPC los treinta (30) días destinados a la evacuación

3. Admision de la Prueba

3.1. El Juez admite las que sean legales y procedentes y desechando las que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes

3.1.1. Se admite dentro del lapso de tres días y en caso de no ser admitidas en tal lapso se aplicará lo dispuesto en el artículo 399 del C.P.C

4. Fases

4.1. L a promoción de las pruebas es la primera fase del lapso probatorio, que se divide en dos periodos: * El de Promoción * El de Evacuación

4.1.1. La Promoción de pruebas está sujeta al cumplimiento de orden intrínseco como lo son: legitimación del peticionario, la competencia y capacidad del funcionario ante quien se hace el acto, las condiciones de orden extrínseco tales como: requisitos de modo, tiempo y lugar.

4.1.2. Tiene que ver con la proposición o presentación de pruebas

4.1.2.1. Hay proposición cuando la parte se limita a indicar un posible medio con la exigencia al juez que lo admita lo decrete y proceda a la práctica Hay presentación cuando la parte interesada aduce el medio y el Juez se limita a admitirlo en este caso hay simultaneidad entre la proposición y la presentación. Ejemplo: los documentos

5. Para empezar con el Procedimiento debemos tener en cuenta que son normas reguladoras para la actuacion ante los organos jurisdiccionales adecuadas a probar un hecho (Prueba)

5.1. Se prueba mediante los instrumentos que la ley registra como medios de probar judicialmente una alegación o para constatar su existencia o veracidad.

6. Estudia los momentos y términos preclusivos donde debe realizarse la actividad probatoria

6.1. Para que esta sea válida y pueda garantizar la eficacia del contradictorio y el derecho de defensa, que es inviolable.

7. Los Momentos de la Prueba

7.1. Lapso Probatorio

7.1.1. Su caracteristica principal son los diversos momentos en los cuales debe desarrollarse la actividad de las partes y del Juez. Art 392 CPC.

7.1.1.1. Una excepción artículo 389 CPC, no habrá lugar al lapso probatorio: •Cuando el punto sobre el cual versare la demanda, aparezca así por ésta como por la contestación, ser de mero derecho. •Cuando el demandado haya aceptado expresamente los hechos narrados en el libelo y haya contradicho solamente el derecho. •Cuando la ley establezca que solo es admisible la prueba instrumental, la cual, en tal caso, deberá presentarse hasta el acto de informes.

7.1.1.1.1. El término para las pruebas es de 15 días para promoverlas (lapso de promoción) y 30 días para evacuarlas (lapso de evacuación), computados como se indica en el artículo 197 CPC

7.1.2. Es el espacio de tiempo que va desde la apertura del lapso de promocion hasta la conclusion del lapso de evacuacion

7.1.2.1. Artículo CPC 388 y 396 Lapso de Promoción Artículo CPC 400 Lapso de Conclusión

8. Tiene por finalidad asegurar a cada una de las partes el debido control o fiscalización de la prueba de la contraparte