1. Evaluación individual de las víctimas
1.1. En casos de violencia doméstica, delitos sexuales o trata de personas, la legislación panameña exige una evaluación de las necesidades de las víctimas.
1.1.1. Refugios para mujeres y niños víctimas de violencia, bajo supervisión del INAMU.
1.1.2. Evaluaciones psicológicas y entrevistas en condiciones protegidas (uso de cámaras de Gesell en casos de menores).
1.1.3. La víctima puede contar con un abogado del Ministerio Público o particular.
2. Legislación nacional
2.1. En Panamá, diversas leyes garantizan los derechos básicos de las víctimas:
2.1.1. La Ley 82 de 2013 protege a las mujeres víctimas de violencia con medidas como albergues y órdenes de alejamiento.
2.1.2. El Código Procesal Penal regula el uso de medidas cautelares para evitar el contacto entre víctima y agresor.
2.1.3. El Sistema Penal Acusatorio exige que las víctimas sean informadas en su idioma, con intérpretes si es necesario.
3. Normativa reguladora de las víctimas
3.1. En Panamá, los derechos de las víctimas están reconocidos en el Código Penal y el Código Procesal Penal, además de leyes específicas para ciertos delitos.
3.1.1. Según el Código Procesal Penal, se considera víctima tanto a la persona directamente afectada como a familiares o terceros afectados por el delito.
3.1.2. En Panamá, se establece la obligación de brindar apoyo psicológico, social y legal a las víctimas a través de instituciones como el Ministerio Público y el Instituto Nacional de la Mujer (INAMU).
3.1.3. Garantías de reparación integral, incluidas indemnizaciones y medidas simbólicas.
4. Aplicación a la realidad legislativa nacional
4.1. Identificación de normativas existentes:
4.1.1. Código Penal y Procesal Penal (derechos de las víctimas).
4.1.2. Ley 82 de 2013 (violencia contra las mujeres).
4.1.3. Ley 285 de 2022 (protección de menores víctimas de abuso sexual)
4.1.4. Ley 31 de 1998 (víctimas de trata de personas).
4.2. Fortalezas del sistema panameño
4.2.1. Marco normativo sólido en temas de violencia de género y protección de menores.
4.2.2. Instituciones especializadas como el INAMU y las Casas de Justicia Comunitaria de Paz.
5. Derechos internacionales de las víctimas
5.1. Panamá ha ratificado diversos tratados internacionales que refuerzan los derechos de las víctimas:
5.1.1. Protege los derechos a la verdad, justicia y reparación.
5.1.2. Contra la violencia hacia la mujer, garantiza protección integral.
5.1.3. Las víctimas de violaciones graves (como desapariciones forzadas o tortura) pueden acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
6. Justicia restaurativa
6.1. Aunque la justicia restaurativa no está completamente desarrollada, existen elementos en la legislación panameña que la promueven:
6.1.1. La Ley 16 de 2016 sobre el Sistema Penal Acusatorio permite la mediación para ciertos delitos no graves.
6.1.2. Existen programas en cárceles panameñas enfocados en la reintegración social de los agresores.
6.1.3. Falta de recursos y capacitación para implementar procesos restaurativos.