PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN EL DEERECHO TRIBUTARIOpor Carlos Moreno
1. Este principio está concebido bajo un aforismo penal muy antiguo que contempla que “no hay tributo sin ley que lo establezca”,2 o más conocido como “nullum tributum sine lege
2. PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD TRIBUTARIA
2.1. El artículo 338 c.p. prohíbe que se aumenten las cargas al contribuyente
3. PRINCIPIOS DE EQUIDAD, EFICIENCIA Y PROGRESIVIDAD DEL TRIBUTO
3.1. Estos principios tributarios están contemplados en el artículo 363
4. PRINCIPIO DE GENERALIDAD
4.1. Este principio consagra que si una determinada perso-na se encuentra inmersa en una situación que lo obliga a contribuir
5. PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
5.1. El principio de capacidad contributiva limita de forma material el poder del Estado en cuanto al con-tenido general de la norma,
6. PRINCIPIO DE NO CONFISCATORIEDAD
6.1. la admi-nistración deberá exigir la cancelación de la obligación por vía directa para no violar este precepto constitucio-nal
7. PRIMCIPIO DE LEGALIDAD TRTARIA
8. PRINCIPIO DE ARMONIZACIÓN
8.1. El legislador puede adoptar medidas conducentes a ar-monizar el principio de la unidad económica con el de la autonomía de los entes territoriales
9. PRINCIPIO DE IGUALDAD TRIBUTARIA
9.1. El principio de igualdad exige el mismo trato tanto para los entes como para los hechos que se encuentran amparados bajo un mismo supuesto
10. INTERPRETACION DEL CONSEJO DE ESTADO
10.1. las razones que da el Consejo de Estado es que de hacerlo, se viola el artículo 338 tercer inciso y del artículo 363 segundo inciso constitucionales
11. JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO.
11.1. El Consejo de Estado interpreta los artículos 338 inciso tercero y 363 inciso segundo de la Constitución de forma muy diferente a como a hace la Corte Constitucional. Con respecto de la interpretación de estos dos artículos expone Restrepo (2015)
12. INTERPRETACION DE LAS CORTE CONSTITUCIONAL DEL PRINCIPIO DE FAVORABILIAD DE LAS CARGAS
12.1. En este acápite se expone la posición de la DIAN en relación a la aplicación del principio de favorabilidad de las cargas en el derecho tributario
13. PRINCIPIO DE NO CONFISCATORIEDAD
13.1. El valor que se debe gravar debe estar acorde con el valor real del bien, debe ser proporcional al tiempo, modo y lugar en que se encuentra.