Principios de la actividad administrativa en relación con las personas

Principios que forman parte de la regulación y control de la actividad administrativa en relación con las personas.

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Principios de la actividad administrativa en relación con las personas por Mind Map: Principios de la actividad administrativa en relación con las personas

1. Principio de seguridad jurídica y confianza legítima

1.1. Art.22 COA

1.1.1. Posee criterios de certeza y previsibilidad, pues el Estado garantizará la actuacion juridica en los temas o situaciones que afecten al bienestar de la persona

1.1.1.1. Se busca estabilidad en sus normas

1.1.1.2. Proteger la confianza del ciudadano

1.1.1.3. Suprimir toda situación dudosa

1.1.2. El servidor público no debe inducir a errores ante los derechos de las personas

1.1.3. Debe generarse un grado de confianza, seguridad y justicia

2. Principio de Racionalidad

2.1. Art.23 COA

2.1.1. Aqui debe tomarse la decisión más idónea y razonable para la persona

2.1.1.1. Buena interpretación

2.1.1.2. Legalidad

2.1.1.3. Coherencia

2.1.1.4. Hechos debidamente motivados

2.2. Buscar adecuar los medios, para la eficiencia y definición

3. Principio de protección de la intimidad

3.1. Art.24 COA

3.1.1. Se debe respetar y dar privacidad de la integridad personal e íntima de la persona cuando se manejan datos personales de estos.

3.1.1.1. La información debe ser confidencial

3.1.1.2. Debe protegerse y garantizar la intimidad

3.1.1.3. Se prohibe acceso de información a personas ajenas al tema o asunto

4. Referencias Bibliograficas:

4.1. Cedeño Loor, R. (2022). Compendio Unidad 1- Derecho en Línea- UTM. Recuperado de:https://drive.google.com/file/d/1stQAFZh9l8NBZ-hmyX5q1jj_m_hzx3zu/view

4.2. Código Orgánico Administrativo (COA). (2022). Registro Oficial No 31. Recuperado de: https://biblioteca.defensoria.gob.ec/bitstream/37000/3362/1/C%c3%b3digo%20Org%c3%a1nico%20Administrativo%20COA%20%2821-01-2022%29.pdf

4.3. Lifante Vidal, I. 8(s/f). Univerdidad de alicantes. Corteidh.or.cr. Recuperado de:https://www.corteidh.or.cr/tablas/r32119.pdf

4.4. Constitución del Ecuador. (2022).Registro Oficial 449 de 20-oct.-2008. Recuperado de: https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/02/Constitucion-de-la-Republica-del-Ecuador_act_ene-2021.pdf

5. La actividad administrativa es el conjunto de actos , decisiones y normas en la administración pública en el desarrollo de su autoridad.

6. Principio de Control

6.1. Art.20 COA

6.1.1. Sector público y entidades públicas

6.1.1.1. Es el que permite encargarse del cumplimiento de las actividades administrativas

6.1.1.1.1. Corregir políticas

6.1.1.1.2. Vigila que sistema económico sea correcto

6.1.1.1.3. Procesos apropiados y eficaces

6.1.1.1.4. Carácter operativos

7. Principio de ética y providad

7.1. Art.21 COA

7.1.1. El servidor público es orientado a mantener la lealtad, la imparcialidad, la honradez, honestidad y demás valores mediante organismos e instituciones que satisfagan las necesidades de las personas.

7.1.2. El servidor público debe poseer una conducta memorablemente imparcial, libre de prejuicios deshonestos al ejercicio de sus funciones.

8. Principio de interdicción de la arbitrariedad

8.1. Art. 18 COA

8.1.1. Todo organismo que esta en el sector público debe de aplicar principios de

8.1.1.1. Juridicidad

8.1.1.1.1. Es la forma en la que se motiva los actos administrativos a las fuentes de Derecho.

8.1.1.2. Debido Proceso

8.1.1.2.1. Principio que permite al ciudadano ser juzgado por sus actos conforme lo estipula la ley, ante el juez competente.

8.1.1.3. Igualdad

8.1.1.3.1. Aquel que permite tratar a todos por igual, es decir aplicando mismos derechos y justicia ante la ley.

8.1.1.4. Tutela Efectiva

8.1.1.4.1. Permite el refuerzo de otras garantías constitucionales.

8.1.2. La falta de motivación de actos administrativos produce la nulidad absoluta

8.1.3. La arbitrariedad nace del principio de la supremacía constitucional

8.1.3.1. porque

8.1.3.1.1. Se prohibe actos perjudiciales ante la ley

8.1.4. Art. 118 CRP

8.1.4.1. Servidor público

8.1.4.1.1. NO

9. Principio de imparcialidad e independencia

9.1. Art. 19 COA

9.1.1. Jueces y servidores públicos

9.1.1.1. Busca dictamentar o solventar particularidades o conflicto de intereses

9.1.1.2. Solventaciones autónomas

9.1.1.3. Debe gozar de imparcialidad en sus decisiones

9.1.1.4. El juez debe estar libre de prejuicios o influencias nocivas