1. Politica Penitenciaria.
1.1. Debe preparar a las personas capaces de ser autosuficientes en sociedad, mediante la educación y la capacitación para el trabajo, sin reincidencia.
1.1.1. Se lleva a cabo por:
1.1.1.1. Sistema penitenciario federal.
1.1.1.1.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
1.1.1.2. Sistema penitenciario estatal
1.1.1.2.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
1.1.1.3. Centro de detención municipal.
1.1.1.3.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
2. Administración de la Justicia Penal.
2.1. Determina la respuesta definitiva del Estado al delito, mediante la acreditación: Del autor. De la víctima. Del delito específico. De la sanción.
2.1.1. Se lleva a cabo por:
2.1.1.1. Poder judicial de la federación.
2.1.1.1.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
2.1.1.2. Poder Judicial del Estado de Jalisco.
2.1.1.2.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
3. Procuración de la Justicia Penal.
3.1. Establece si las conductas cometidas presentan un grado de lecividad mayor que las infracciones, si se ajuntan al catálogo penal, la existencia del autor y la victima (ciertos casos) para poner en movimiento la función de justicia penal.
3.2. Se lleva a cabo por:
3.2.1. Procuraduría general de la república.
3.2.1.1. Leyes en los que se basa para llevar a cabo su labor:
3.2.1.1.1. Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
3.2.2. Procuradurías estatales.
3.2.2.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
3.2.2.1.1. Ley orgánica de la Fiscalía General del Estado de Jalisco
3.2.3. Juzgados municipales.
3.2.3.1. Leyes en las que se basa para llevar a cabo su labor:
3.2.3.1.1. Reglamento de policía y buen gobierno de la ciudad de Guadalajara.