Desaparición forzada de personas
por Emanuel Jimenez Torre

1. México
1.1. La desaparición de Radilla ocurrió el 25 de agosto de 1974, por el Ejército mexicano en el Estado de Guerrero, México.
1.1.1. En este caso, el Estado mexicano interpuso diversas excepciones en cuanto a la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
1.1.2. el Estado mexicano no objetó la calidad de delito continuado en la desaparición forzada de Radilla
1.1.3. argumentaron las autoridades mexicanas la inexistencia de un ordenamiento jurídico internacional en el cual se podría adecuar esta conducta al momento en que ocurrieron los hechos
1.1.4. a partir de 1981 comienza la competencia de la Corte ya que se trata de un delito continuado