TUTELA

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TUTELA por Mind Map: TUTELA

1. FUNCIONES DEL TUTOR

1.1. Debe dar protección y cuidados al niño, niña o adolescente, para lo cual tiene facultades de dirección, de corrección, de exigencia sobre la conducta personal de éste, similares a las de los padres; debe administrar y cuidar sus bienes y es además su representante legítimo.

1.1.1. DEFINICION

2. PRINCIPIOS

2.1. Analogia con la Patria Potestad: Por su armonía con la patria potestad, se tiene que la tutela del menor conlleva la representación, administración y la responsabilidad de crianza de éstos.

2.2. Diferenciación entre tutela de menores y Patria Potestad: Su fundamento es que la tutela no cuenta con el concurso de los padres para la protección del menor.

3. PRCODIMIENTO LEGAL PRACTICO DE LA TUTELA

3.1. En los casos en que ambos progenitores o uno solo de ellos, cuando sólo existe un representante, hayan fallecido o, se desconozca su paradero, y existe Tutor o Tutora nombrado por dicho progenitor o progenitores, el mismo Tutor o Tutora o, cualquier pariente del respectivo niño, niña o adolescente, deberá informar directamente al juez o jueza de mediación y sustanciación del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a fin de que proceda a constituir la correspondiente Tutela, en los términos previstos por la Ley.

4. DEFINICION

4.1. Defender, Proteger, Cuidar

4.2. La tutela es un régimen de protección de los intereses del menor de edad.

4.3. Institución de protección de personas que no están bajo la Patria Potestad de nadie, pero que requiere la representación legal de algún interés.

4.4. Articulo 301: Todo menor de edad que no tenga representante legal sera provisto de tutor y protutor y suplente de este.

5. CLASIFICACION

5.1. Tutela de Menores

5.2. Tutela de Entredicho por Defecto Intelectual

5.3. Tutela de Entredicho por Condena Penal

6. INTERVINIENTES EN LA TUTELA

6.1. Pupilo: Todo menor de edad que no tenga representante. Menores de edad no emancipados.

6.2. Tutor: Es quien a falta de quien ejerza la patria potestad es nombrado para representar al menor de edad y administrar sus bienes.

6.3. Protutor: Es el cargo familiar para intervenir en las funciones de la tutela, fiscalizando e inspeccionando los actos efectuados por el tutor.

6.4. Juez: es quien posee la autoridad para instruir, trasmitir juzgar, sentenciar y ejecutar el procedimiento de tutela.

7. EXTINCION DE LA TUTELA

7.1. Se extingue por la mayoría de edad del ninño, niña o adolescente, por su adopción, por su fallecimiento, por recuperación de la patria potestad del progenitor o progenitores o por resolución judicial que ponga fin a la incapacidad que dio origen a la tutela. La finalización de la tutela exige la rendición de cuentas, ante la autoridad judicial, de la administración de los bienes que realizó el tutor.