1. Sujetos
1.1. Personas físicas
1.1.1. con actividad exclusiva empresarial
1.1.1.1. que enajenen bienes
1.1.1.2. Presten servicios
1.1.1.2.1. que no requieran título profesional
1.1.1.3. RM I.2.5.21?
1.1.1.3.1. además pueden obtener
1.1.1.3.2. que no excedan en conjunto 2mdp
1.1.1.4. Ingresos hasta 2 millones
1.1.1.4.1. por esas actividades
1.1.1.4.2. en el ejercicio inmediato anterior
1.1.2. podrán optar
1.1.2.1. Quienes tributaban como
1.1.2.1.1. Repeco
1.1.2.1.2. Intermedio
1.1.2.2. Presentando aviso hasta marzo 2014
1.1.2.2.1. sexto y décimo transitorio RMF 2014
1.1.2.3. Quienes inicien operaciones
1.1.2.3.1. que estimen menos de 2mdp
1.1.2.3.2. si trabajan un periodo menor a 12 meses
1.1.2.4. Copropietarios
1.1.2.4.1. cuando la suma de ingresos de copropietarios no exceda 2mdp
1.1.2.4.2. en el ej anterior ingresos empresariales más venta de AF no excedan 2mdp
1.1.3. No pueden ser RIF
1.1.3.1. socios de PM
1.1.3.1.1. RMF 2a mod
1.1.3.2. partes relacionadas de otro RIF
1.1.3.2.1. I.3.12.4
1.1.3.3. Quienes se dediquen a negocios inmobiliarios
1.1.3.3.1. excepto quien solo los promueva
1.1.3.4. Auxiliares de comercio
1.1.3.4.1. excepto que Comision y mediacion < a 30% de ingresos
1.1.3.5. Dedicados a espectáculos públicos
1.1.3.6. Franquiciatarios
1.1.3.7. Quienes operen a través de Fideicomisos y A en P
1.1.3.8. Quienes compren la negociacion a un RIF
2. Pago de impuestos
2.1. Bimestral
2.1.1. 17 o último día del mes siguiente
2.1.1.1. I.2.9.3 RMF
2.1.2. 1er bimestre
2.1.2.1. Desde Julio
2.1.2.1.1. Página SAT
2.1.3. 2o y 3o
2.1.3.1. Agosto
2.2. Definitivo
2.3. Mediante sistemas del SAT por internet
2.4. Base
2.4.1. Ingresos obtenidos en efectivo
2.4.2. menos deducciones y erogaciones efectivamente realizadas para adquirir AF, gastos y cargos Diferidos
2.4.3. menos PTU pagada en el ejercicio
2.5. Ingresos < deducciones
2.5.1. Pérdida
2.5.1.1. deducible en periodos siguientes
2.6. Base PTU
2.6.1. suma de utilidades de los bimestres del ejercicio
2.6.2. reduciendo no deducibles del 28 XXX LISR
2.7. Se usa tarifa
2.8. Reducciones del ISR conforme a una tabla
2.8.1. contra la reducción no se puede deducir
2.8.1.1. Créditos
2.8.1.2. Rebaja
2.8.1.3. Exenciones
2.8.1.4. subsidios
2.8.2. 100% exentos en 2014
2.8.2.1. disminuye de 10 en 10% cada año la exención
2.9. IVA
2.9.1. 5E LIVA
2.9.1.1. Bimestral
2.9.1.2. Definitivos
2.9.2. No tienen que presentar DIOT
2.9.2.1. usando Mis cuentas
2.9.3. 7o Transitorio Decreto de 26 dic 2013
2.9.3.1. Estímulo 100%
2.9.3.1.1. siempre que no se traslade
2.9.3.2. sin derecho a acreditar
2.9.3.3. por actividad exclusiva con Público en General
2.10. IEPS
2.10.1. 5D LIEPS
2.10.1.1. Bimestral
2.10.1.2. Definitivos
2.10.2. No tienen que presentar informativas
2.10.2.1. usando Mis cuentas
2.10.3. Deben presentar informe de Tabacos 19 IX
3. Obligaciones
3.1. Inscripción RFC
3.2. Conservar comprobantes con requisitos
3.3. Registrar en medios electrónicos según 28CFF
3.3.1. I.2.8.2
3.3.1.1. opción a Mis cuentas
3.3.2. Ingresos
3.3.3. Egresos
3.3.4. Inversiones
3.3.5. Deducciones
3.4. Expedir CFDI
3.4.1. podrán hacerlo
3.4.1.1. desde www.sat.gob.mx
3.5. Pagar erogaciones >$2,000
3.5.1. con cheque, transferencia, monedero electrónico, TDC, TDD
3.6. Presentar declaraciones bimestrales
3.6.1. Enterar retenciones a trabajadores
3.6.2. además de C y P
3.6.2.1. se exime cuando se usa sistema SAT
3.6.2.1.1. I.2.9.2
3.6.3. No presentarla es salir del régimen
3.6.3.1. 2 veces seguidas
3.6.3.2. o en 5 ocasiones durante 6 años
3.7. Cumplir obligaciones como patrones
3.8. Cuando se deje de tributar en esta sección
3.8.1. se cumple con el otro régimen
3.8.1.1. desde la fecha de cambio
3.8.1.2. desde que se exceden los ingresos límite
3.8.1.3. desde que no se presentan las declaraciones
3.8.2. No se puede volver