GUÍAS Y MECANISMOS DE PROTECCIÓN.

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GUÍAS Y MECANISMOS DE PROTECCIÓN. por Mind Map: GUÍAS Y MECANISMOS DE PROTECCIÓN.

1. Prestaciones de salud.

1.1. La prestación de servicios y tecnologías serán estructurados sobre una concepción integral de la salud, que incluya su promoción, la prevención, la paliación, la atención de la enfermedad y rehabilitación de esta.

1.1.1. NO SE DESTINARA RECURSOS

1.1.1.1. Propósito cosmético.

1.1.1.2. No evidencia científica sobre su eficacia y efectividad clínica.

1.1.1.3. Que se encuentre en fase de experimentación.

1.1.1.4. Que tengan que ser prestados en el exterior.

1.2. El ministerio de salud y protección social podrán desarrollar en un periodo de 2 años, el mecanismo técnico, participativo y transparente para excluir servicios o tecnologías en salud.

1.3. La acción de tutela también procederá para garantizar, entre otros, el derecho a la salud.

2. Participación de los usuarios en las decisiones tomadas por los agentes en salud.

2.1. participar en la formulación de las políticas de salud, así como en su implementación y en la evalaución de este.

2.2. Participar en la revisión de los avances del sistema de salud.

2.3. participar en los programas de promoción y prevención.

2.4. participar en las decisiones de inclusión y exclusión de servicios y tecnologías.

2.5. participar en decisiones que signifiquen una limitación en las condiciones de acceso a establecimientos de salud.

3. Resolución de conflictos por parte de los profesionales de salud.

3.1. Los conflictos en diagnósticos y/o alternativas terapéuticas generadas a partir de la atención, serán solucionadas por las juntas medicas de las EPS o las red de prestadores utilizando criterios de razonabilidad científica.

4. Redes de servicios

4.1. Estas redes de servicios podrán ser publicas, privadas y mixtas.

5. Prohibición de la negación de prestación de servicios.

5.1. Cuando se trate de atención de urgencias, para acceder a los servicios y tecnologías no se requerirá ningún tipo de autorización entre la EPS y la IPS.

5.1.1. En caso de negación de los servicios, el congreso de la república definirá mediante ley las acciones penales y disciplinarias.