REGIMENES PATRIMONIALES

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REGIMENES PATRIMONIALES por Mind Map: REGIMENES PATRIMONIALES

1. SEPARACION DE BIENES

1.1. CONCEPTO: Consiste en que cada cónyuge conserva la propiedad, la administración y la libre disposición de los bienes que tuviere al contraer matrimonio, de los que adquiera durante él a cualquier título y de los frutos de unos y otros, salvo lo dispuesto en el artículo 46 C.F.

1.1.1. CARACTERÍSTICAS: La administracion. La libre disposicion de los bienes. a cada contrayente le pertenecen sus bienes propios.

1.2. MOMENTO DE CONSTITUCION: a palabras del Art.- 42 del Codigo de familia se podra optar por cualquier regimen patrimonial antes de la celebracion del matrimonio, de igual forma en el acta pre-matrimonial se podra establecer.

1.2.1. LOS BIENES QUE COMPRENDEN LA TITULARIDAD DE LOS MISMOS: Todos aquellos Bienes que correspondan a los conyuges por independencia propia, aquellos que adquieran durante el matrimonio, y todos los frutos de uno u otro. Art .- 48 C.F

1.2.2. LA FORMA DE ADMINISTRACION: En este regimen patrimonial, cada conyuge podra disponer libremente de sus bienes que de una manera independiente hayan adquirido con anstelacion al matrimonio o durante el.

1.3. LA DISOLUCION, SUS FORMAS DE PROCEDENCIA: se puede disolver por la declaracion de nulidad o la disolucion de este por declaracion judicial, por convenio entre los conyuges. en este caso surtira su efecto legal inmediatamente y frente a terceros desde su inscripcion base legal Art.- 45 Codigo de Familia

1.3.1. EFECTOS PERSONALES: efecto directo entre los conyuges, quiere decir que surten efectos al momento del matrimonio y efectos personales frente a terceros que surte efecto al momento de la inscripcion en el registro del estado familiar y los regimenes patrimoniales

1.3.1.1. EFECTOS PATRIMONIALES: la vinculacion economica que resulte entre ambos conyuges no existe, salvo lo referente a las pensiones compensatorias o especiales cuando se decrete el divorcio o la nulidad, y durante el matrimonio la declaratoria de vivienda universal

2. PARTICIPACION EN LAS GANANCIAS

2.1. CONCEPTO: Consiste en que cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su cónyuge, durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente. Art. 52 C.F.

2.1.1. CARACTERISTICAS: En este caso cada uno de los conyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidad por su conyuge, durante el tiempo que dicho regimen haya estado vigente

2.1.2. MOMENTO DE CONSTITUCION: al momento de la celebracion del matrimonio.

2.2. LOS BIENES QUE COMPRENDEN LA TITULARIDAD DE LOS MISMOS: salarios, sueldos, honorarios, pensiones, premios, frutos, rentas, intereses y todos los bienes fungibles.

2.2.1. LA FORMA DE ADMINISTRACION: en este caso cada conyuge tendra de una manera igualitaria participacion en todas las ganancias que se adquieran.

2.2.2. DISOLUCION, SUS FORMAS DE PROCEDENCIA: El regimen patrimonial del matrimonio se disuelve por la declaracion de nulidad o la disolucion de este, por declaracion judicial o por convenio entre los conyuges, surtira efecto legal inmediatamente y frente a terceros desde la inscripcion

2.2.2.1. EFECTOS PERSONALES: efecto directo entre los conyuges, que quiere decir que surte efecto al momento de la celebracion del matrimonio. y efecto frente a terceros que es cuando se inscribe en el registro del estado familiar y regimen del matrimonio

2.2.2.1.1. EFECTOS PATRIMONIALES: los conyuges responden con las ganancias de los bienes afectados que es determinada entre el patrimonio inicial y final, si uno de los conyuges al momento inicial resulto positivo tendra derecho a la mitad de las ganancias o diferencias. y si solo se aumento en uno de los conyuges durante el regimen, tendra derecho a la mitad de las ganancias.

3. COMUNIDAD DIFERIDA

3.1. CONCEPTO: El Régimen de comunidad Diferida consiste en que los bienes adquiridos a título oneroso, los frutos, rentas intereses obtenidos por cualquiera de los cónyuges durante la existencia del Régimen, pertenecen a ambos, y se distribuyen por mitad al disolverse el mismo.

3.1.1. MOMENTO DE CONSTITUCION: La comunidad diferidad se conforma al momento de su disolucion pero se entendera que los conyuges la han tenido desde la celebracion del matrimonio o desde la constitucion del regimen

3.2. CARACTERISTICAS: Los bienes adquiridos a titulo oneroso, los frutos rentas obtenido por cualquiera de los conyuges durante la existencia del regimen pertenecen a ambos y se distribuiran por mitad al momento de disolverse

3.3. LOS BIENES QUE COMPRENDEN LA TITULARIDAD DE LOS MISMOS: Los bienes inmuebles, Los bienes Muebles, y los bienes fungibles.

3.3.1. LA FORMA DE ADMINISTRACION: durante el matrimonio, cada uno de los conyuges tiene la libre administracion y disposicion de los bienes propios y comunes base legal Art.- 70 C.F.

3.3.2. DISOLUCION, SUS FORMAS DE PROCEDENCIA: El regimen patrimonial del matrimonio se disuelve por la declaracion de nulidad o la disolucion de este, por declaracion judicial o por convenio entre los conyuges, surtira efecto legal inmediatamente y frente a terceros desde la inscripcion

3.4. LIQUIDACION: Disuelta la comunidad diferida se procedera a su liquidacion, previo inventario del activo y pasivo: Art.- 74 C.F

3.4.1. ACTIVO: comprendera 1) los bienes en comunidad existentes a la fechade la disolucion 2) el importe actualizadodel valor que tenian los bienes que hubieren sido enajenados ilegal o frandulentamente por uno de los conyuges 3) el importe actualizado de las cantidades que hubieren sido pagadas por la comunidad y que eran a cargo solo de un conyuge

3.4.2. PASIVO: Comprendera 1) las deudas existentes a cargo de la comunidad a la fecha de la disolucion 2) el importe actualizado del valor de los bienes propios o de alguno de los conyuges. 3) el importe actualizado de los deterioros producidos en los bienes. 4) el importe de las cantidades que alguno de los conyuges hubiere aportado a sus propios fondos

3.4.2.1. EFECTOS PERSONALES: efecto directo entre los conyuges que surte efecte al momento de la celebracion del matrimonio, y efectos frente a terceros que surte efecto al momento de la inscripcion en el registro del estado familiar

3.4.2.1.1. EFECTOS PATRIMONIALES: los bienes de la comunidad diferida responden en todo caso de las obligaciones contraidas por los conyuges en este regimen de comunidad diferida son los bienes de lacomunidad los que responden de las obligaciones contraidas por los conyuges, cuando se disuelve el regimen y se liquida despues de pagada las deudas y cargas de la comunidad se abonaran las indemnizaciones y reintegros que se deban a cada conyuge haciendo las compensaciones que correspondan