RESPONSABILIDAD PARENTAL

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RESPONSABILIDAD PARENTAL por Mind Map: RESPONSABILIDAD PARENTAL

1. CAUSAS DE PERDIDA DE RESPONSABILIDAD PARENTAL

1.1. El padre, la madre o ambos perderán la autoridad parental sobre todos sus hijos, por cualquiera de las causas siguientes: 1a.) Cuando corrompieren a alguno de ellos o promovieren o facilitaren su corrupción; 2a.) Cuando abandonaren a alguno de ellos sin causa justificada; 3a.) Cuando incurrieren en alguna de las conductas indicadas en el artículo 164; y, 4a.) Cuando fueren condenados como autores o cómplices de cualquier delito doloso, cometido en alguno de sus hijo.

2. CONCEPTO

2.1. La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes. Hijo de familia es quien está sujeto a autoridad parental.

3. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

3.1. 1. EL CUIDADO PERSONAL: El padre y la madre deberán criar a sus hijos con esmero; proporcionarles un hogar estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad, hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta las capacidades, aptitudes e inclinaciones del hijo. CUANDO SE TRATARE DE HIJAS E HIJOS CON DISCAPACIDAD Y ÉSTOS ALCANCEN LA MAYORÍA DE EDAD, CONTINUARÁN GOZANDO DEL DERECHO DE ALIMENTOS NECESARIOS ACORDE A SU CONDICIÓN, SIEMPRE QUE DICHA CAPACIDAD ESPECIAL, SEA ACREDITADA ANTE LA AUTORIDAD LEGAL COMPETENTE. Si el hijo llega a su mayoría de edad y continúa estudiando con provecho tanto en tiempo como en rendimiento, deberán proporcionársele los alimentos hasta que concluya sus estudios o haya adquirido profesión o oficio. El padre y la madre, estarán obligados a cuidar de sus hijos desde su concepción.

3.2. 2. LA REPRESENTACIÓN LEGAL: El padre y la madre que ejercieren la autoridad parental, representarán a sus hijos menores o incapaces y velarán por la conservación o defensa de los que hubieren concebido. El padre o la madre a quien se hubiere confiado mediante resolución judicial el cuidado personal del hijo, tendrá exclusivamente la representación legal del mismo.

3.3. 3. ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES: Los padres administrarán y cuidarán los bienes de los hijos que estén bajo su autoridad parental; realizarán todos los actos administrativos ordinarios a fin de conservar y hacer más productivos dichos bienes y serán solidariamente responsables hasta de la culpa leve.

4. FINALIZACION DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

4.1. La autoridad parental se extingue por las siguientes causas:

4.2. 1a) Por la muerte real o presunta de los padres o por la del hijo;

4.3. 2a) Por la adopción del hijo, salvo en el caso del inciso segundo del artículo 170;

4.4. 3a) Por el matrimonio del hijo; y,

4.5. 4a) Por haber cumplido el hijo la mayoría de edad.